El parqué
Jaime Sicilia
Quinta sesión en verde
Altercado en el Pumarejo
La ex concejal de Participa Sevilla en el Ayuntamiento de Sevilla Cristina Honorato, que fue condenada a pagar una multa total de 720 euros por los incidentes ocurridos el 26 de noviembre de 2021 en la Plaza del Pumarejo durante un acto de Vox, ha acusado al vicesecretario jurídico de Vox, Fernando Rodríguez Galisteo, de "mentir" en su declaración en el juicio, ya que, según asegura su defensa en el recurso presentado contra la condena, el representante de Vox declaró que aunque no estuvo presente en los hechos los vídeos grabados muestran que tanto la ex concejal Cristina Honorato como la activista Paqui Maqueda se llevaron la lona de la carpa.
En el recurso de apelación presentado contra la sentencia, el letrado Francisco Tejado Vaca, que representa a la ex concejal de Participa Sevilla, asegura que ésta ha sido condenada "sin pruebas" porque los vídeos avalan que no intervino en los destrozos y, en cambio, el testigo de Vox declaró que las personas que estaban aquel día en la Plaza del Pumarejo le contaron lo que había ocurrido y le mandaron vídeos y fotografías, y además perosnalmente hicieron una gestión con la Policía Nacional, "que también eran lo que habían dado los nombres de estas personas".
La defensa aporta, sin embargo pruebas que demuestran que es "falso" que la Policía les comunicara nada por la "sencilla razón de que no levantaron ni atestado" sobre los incidentes courridos en la Plaza del Pumarejo, y como prueba de esto incluyen en el recurso una respuesta del Ministerio del Interior ante una consulta sobre la actuación de la comisaría de la Policía Nacional de la Alameda, en la que se asegura que "en esta Comisaría no consta que se haya instruido atestado policial por los hechos que nos hizo referencia sobre el incidente el día 26/11/2021 en la Plaza del Pumarejo, en el que participaba el partido político Vox".
Por todo ello, la defensa subraya que la ex concejal ha sido condenadas "sin pruebas adecuadas, suficientes y que se ajustasen a las exigencias para que una prueba de cargo pueda generar la destrucción de la presunción de inocencia", al tiempo que considera que en la sentencia recurrida existe una "evidente, grosera y patente falta de motivación de la prueba, ya que toda sentencia debe contener la suficiente motivación no sólo en lo referente a la calificación jurídica central o nuclear a que se contraiga el objeto del proceso, sino también en lo relativo a cualquier punto jurídico del debaste y de las peticiones de las partes".
Así, defiende que en los vídeos aportados a la causa "no aparece" Cristina Honorato en la actitud que dice la juez de actuar las otras personas "bajo la coordinación y órdenes" suyas y que se marchara del lugar "llevándose la lona que cubría la estructura y dejando ésta destrozada". La defensa insist een que en esa grabación "ni en las demás" aparece la ex concejal "ordenando, ni coordinando, ni liderando, ni golpeando la carpa, que ni la tocó, ni llevándose la lona, ni intimidando, ni dirigiéndose siquiera a los militantes de la organización denunciante amenazándolos, ni incitándoles al odio, ni nada de lo que consideró".
Añade el abogado que en las grabaciones se observa como son "otras personas" las que cogen y tiran la lona de la carpa, y "son las otras personas las que gritaron fuera y fascista". En contra de lo que señala la sentencia, la ex concejal aparte de intentar "calmar los ánimos", se limitó a afirmar "aquí, aquí, aquí mataron a Isabel Atienza".
Es más, en el recurso la defensa señala que la sentencia "no valora la animadversión que evidentemente existió en la denuncia y posterior acusación", porque a pesar de que este extremo fuese negado por Vox y los testigos, esa animadversión "evidentemente existía dada la separación ideológica que entre las partes denunciante y denunciada existe. Máxime si como se puede ver y oír en las grabaciones, la señora Honorato ni tocó la carpa, ni la lona, ni les llamó fascistas, ni les dijo fuera de aquí. Y finalmente no se llevó la loca como se puede ver en las grabaciones", concluye.
En este sentido, insiste el recurso en que los testigos de la parte denunciante "mintieron", ya que afirmaron que tanto Cristina Honorato como Paqui Maqueda -que fue absuelta porque estaba en Pontevedra- participadon en los hechos cuando en las grabaciones "se ve de forma clara que Cristina Honorato ni zarandeó, ni golpeó, ni siquiera tocó ni la carpa, ni la lona, ni se la llevó, ni les llamó fascistas, ni les dijo fuera de aquí, sino sólo informaba de la muerte de Isabel Atienza, como consta en dichos soportes y ella declaró, y debido a la animadversión que se le tiene al estar en las antípodas ideológica de la denunciantes y sus testigos, se le debió, en aplicación de la presunción de inocencia, y de la Doctrina
Jurisprudencial que la interpreta, haber absuelto con todos los pronunciamientos favorables".
La sentencia condenó a la ex edil por un delito leve de coacciones en el que el magistrado aprecia la circunstancia agravante de actuar motivada por una "discriminación ideológica" y de otro delito leve de daños, al tiempo que le impuso una indemnización a Vox con 185 euros por los daños causados y la restitución de la lona de la carpa informativa que esta formación política había instalado en dicha plaza.
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