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El perito vuelve a pedir al juez los códigos para desbloquear las tarjetas del hermano de Carcaño y el Cuco

Caso Marta del Castillo

Manuel Huerta le dice al juez que si considera "desproporcionada" la petición se dará por "satisfecho" con tener acceso al móvil de Carcaño intervenido en prisión y al de Marta

El juez sólo autorizó en principio la clonación de los móviles de Miguel Carcaño y Marta del Castillo

El teléfono de Carcaño: La clave que puede dar nuevas pistas del paradero de Marta / D. S.

El perito Manuel Huerta, CEO de la empresa Lazarus, que está realizando un informe para clonar los móviles utilizados por los implicados en el caso Marta del Castillo, con el objetivo de tratar de reconstruir la geolocalización de estos aparatos y conocer los movimientos realizados la noche del 24 de enero de 2009, ha vuelto a pedir al juez de Instrucción número 4 de Sevilla que autorice la entrega por parte de las compañías telefónicas de los códigos PIN y PUK para poder desbloquear las tarjetas SIM de los terminales usados por estas personas, entre los que se encuentran los del hermano de Miguel Carcaño, su novia, María García Mendaro, así como los de Samuel Benítez y Javier García Marín, el Cuco.

En el escrito, el perito identifica, como había pedido el juez, cinco tarjetas SIM de las que se habían solicitado con anterioridad los códigos PIN y PUK, pero precisa que en el supuesto de que el juzgado "considere desproporcionada" esta solicitud, se dará "por satisfecho si el juzgado concede el permiso de solicitar a las compañías telefónicas los códigos PIN y PUK" de dos terminales móviles vinculados a Miguel Carcaño y a Marta del Castillo, según el escrito remitido por el perito al juzgado el pasado 6 de mayo y al que ha tenido acceso este periódico.

En el caso de Carcaño, el perito se refiere precisamente a la tarjeta SIM de un Motorola U9, de los antiguos móviles con forma de concha, que permaneció todos estos años retenido en la cárcel de Sevilla-II hasta mayo de 2021, cuando la dirección de la prisión se lo entregó a la Policía Nacional una vez autorizada la práctica de esta prueba por el juez. Fue el propio Miguel Carcaño, quien en una carta remitida a la abogada de la familia de Marta el 2 de agosto de 2020 ofrecía su colaboración para esclarecer la “verdad de lo ocurrido” y para ello autorizaba incluso la “revisión de su móvil”.

En marzo pasado, el juez Álvaro Martín acordó en un auto dar acceso al perito exclusivamente a los teléfonos de Miguel Carcaño y de Marta del Castillo, pero no a los del resto de los implicados en el caso. En esa resolución, el juez lanzó un mensaje al perito, señalándole que las diligencias que se desarrollan en esta pieza separada para la búsqueda del cuerpo de Marta "no tienen por objeto el esclarecimiento de la autoría de los hechos, como parece que el perito viene a entender en su solicitud de identificación de número PUK. Esta pieza separada se ciñe a la comprobación del lugar en el que pueda encontrarse el cuerpo de Marta del Castillo, siendo ésta la perspectiva que debe seguir en la pericial", decía el magistrado.

Sobre los límites de la pieza separada, el juez indicaba que en la misma se estableció como objeto del procedimiento que no puede se otro que la "comprobación, si ello fuese posible, del lugar en el que se encuentra el cuerpo de la víctima Marta del Castillo Casanueva, lo cual integra la única razón del mantenimiento de la presente pieza, sin que a través de ella pueda alcanzarse a una revisión de lo ya enjuiciado, ni a la ampliación de la instrucción lo cual excede el marco de este procedimiento".

Este límite, prosigue el juez, es "trascendente en el caso que nos ocupa y respecto a lo interesado por el perito, pues el mismo se centra en investigaciones que abarcan al penado por aquella muerte de Marta del Castillo Casanueva y a terceros respecto a los cuales se acordó la absolución y que no consta hayan autorizado la práctica de diligencia alguna de esta naturaleza", manifiesta.

Tras esta aclaración, el juez señalaba que debe tenerse en cuenta el "propio límite subjetivo de esta investigación" ha de quedar "limitado a los terminales de los que era titular o usuario Miguel Carcaño o la propia Marta del Castillo". El juez pidió no obstante al perito que ampliara su solicitud "indicando la titularidad de las tarjetas SIM" respecto a las cuales solicita que se le aporten los número PUK para proceder a su desbloqueo, una petición que justificaba porque en la solicitud del experto se refieren sólo los número IMEI "pero no se identifican los teléfonos a los que estarían vinculados, ni la titularidad de esas tarjetas, por lo que, previo a resolver, procede requerir al perito para que concrete estos extremos".

Esta investigación parta clonar los teléfonos móviles se enmarca en la pieza separada para la búsqueda de Marta del Castillo que este juzgado mantiene abierta desde el año 2009, cuando se produjo el asesinato, y en el mismo el magistrado subraya que "es cierto" que Miguel Carcaño ha autorizado la práctica de las diligencias interesadas respecto del teléfono o teléfonos de los que es titular -lo hizo en una carta en la que aseguraba que "ya se terminó el tiempo de mentir para encubrir" a su hermano-, por lo que el juez concluye que "cabe, para él y sólo para él, así como para los terminales de la propia víctima acordar lo interesado".

En cualquier caso, el instructor asevera que no puede extenderse "el análisis de la información a número distintos a éstos limitándose la pericia al análisis de datos telefónicos crudos referentes a los terminales telefónicos de los que aparece como titular o usuario Miguel Carcaño,del que era titular o usuaria Marta del Castillo, quedando excluidos de la pericia el resto de terminales telefónicos, por referirse a personas para los que no existe una causa que justifique dicho estudio, no constando que consientan al mismo". Es decir, deja fuera del análisis los teléfonos y datos de Javier Delgado, hermano de Carcaño, de su novia, María García, y de los amigos de Carcaño Samuel Benítez y Javier García Marín, el Cuco.

La familia de Marta ha pedido a la Audiencia que permita analizar los móviles del hermano de Carcaño y el Cuco

La familia de Marta del Castillo presentó en marzo pasado un recurso contra la decisión del juez de Instrucción número 4 de Sevilla de autorizar sólo el desbloqueo y análisis de los datos crudos de los móviles de Miguel Carcaño y de la propia Marta, y no de los otros implicados en el caso, como el hermano de Miguel, su novia, el Cuco y Samuel Benítez.

En el recurso, la abogada Inmaculada Torres, que ejerce la acusación particular en representación de los padres de Marta, destaca la relevancia de esta prueba en la búsqueda del cuerpo por cuanto Miguel Carcaño "se pudo servir de los terminales de su hermano Francisco Javier Delgado y de María García para transmitir o recibir información, y Francisco Javier García Marín [el Cuco] quedó acreditado que colaboró con Miguel Carcaño en sus fines ilícitos".

La letrada presentó un recurso de apelación -directo ante la Audiencia de Sevilla- contra el auto dictado por el juez Álvaro Martín el pasado 18 de febrero, al estimar que la resolución vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva por cuanto modifica el criterio que el propio instructor había plasmado en una anterior resolución dictada el 14 de abril de 2021, cuando solicitó a la compañías telefónicas los datos crudos de los seis implicados.

La acusación entiende que el nuevo auto modifica el criterio establecido bajo el argumento de que, excepto Miguel Carcaño, el resto de personas cuya información telefónica fue concedida, "fueron absueltos y no han autorizado que se facilite dicha información, vulnerándose todos los derechos y garantías procesales y constitucionales que ostenta, como todos los ciudadanos, mi representado, en su único afán, repetimos, de encontrar a su hija, después de 13 años de su desaparición".

"Con todos los respetos que a esta parte merecen todas las instituciones, no deja de sorprender que ante la posibilidad que nos ofrecen las nuevas técnicas,se impida a una familia poder conocer el paradero de su hija, amparándose en que dichas personas fueron absueltas, cuando lo cierto es que, al amparo de lo dispuesto en el art. 588 ter c de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es posible la intervención judicial de las comunicaciones emitidas desde terminales o medios de comunicación telemática pertenecientes a una tercera persona".

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