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Los detenidos con 1.282 kilos de cocaína entre plátanos seguirán en prisión

Narcotráfico

Fue el mayor alijo incautado en Sevilla y su responsable está huido

Pueden ser condenados a 18 años y medio de prisión

Las cajas de fruta se acumularon durante varios días junto a la Jefatura policial de Blas Infante / Juan Carlos Vázquez
Amanda Glez. De Aledo

06 de enero 2020 - 05:05

La juez de instrucción 1 de Utrera ha denegado la petición de libertad cursada por algunos de los cinco detenidos durante la descarga de un alijo de 1.282 kilos de cocaína escondida entre plátanos en El Palmar de Troya. Fue el mayor alijo incautado en Sevilla.

La droga había sido enviada por una conocida empresa de Ecuador y descargó en el puerto de Algeciras. La UDYCO de la Policía Nacional permitió una entrega controlada y detuvo a los acusados de madrugada cuando descargaban la droga en una nave de El Palmar de Troya.

El acusado Jesús B.A. está huido y los restantes (José Luis M.C., Germán L.P., Mario G:L., Pedro Pablo C.B. y Carolina S.D.) ingresaron en prisión el pasado 24 de mayo de 2019.

Ahora, un auto al que tuvo acceso este periódico deniega de nuevo la libertad solicitada por Pedro Pablo C.B. porque estaba en las inmediaciones de la nave donde Jesús B.A. descargó el camión que transportaba el contenedor con los 1.282 kilos de droga.

Recuerda la juez que se le imputan delitos de pertenencia a organización criminal, con una pena de dos a cinco años de prisión, y un delito contra la salud pública en notoria importancia y de sustancias que causan grave daño a la salud, que “en su límite mínimo iría de los 9 a los 13 años y medio de prisión.

La cantidad de 1.282 kilos de cocaína “exceden notablemente de la considerada como de notoria importancia”, añade.

Pedro Pablo fue visto al lado del camión e incluso en el vehículo en el que viajaba se encontró un detector de metales. La versión dada por el investigado “carece de toda lógica, por cuanto es inverosímil que se desplace a altas horas de la noche a acompañar a un amigo a la localidad de El Palmar de Troya, en la que no había estado previamente, a recoger un vehículo”.

En respuesta a otro recurso de Mario G.L. en términos similares, la juez dice que no tiene sentido que se desplace de madrugada a recoger -según su declaración- un vehículo de un sujeto “que no se dedica a actividades de mecánica y del que ni siquiera conocía los apellidos o algún dato personal”.

Según los razonamientos de la Fiscalía recogidos por el auto, en este caso concurren todos los requisitos de la prisión preventiva de evitar el riesgo de fuga y la reiteración delictiva: las elevadas penas aparejadas “permiten dudar de que la puesta en libertad con medidas alternativas a la prisión garantizasen la presencia del acusado durante todo el procedimiento”, como se demuestra por el hecho de que el acusado Jesús B.A. se encuentre en busca y captura.

Uno de los investigados “ni siquiera demuestra arraigo pues solamente acredita tener una familia, no un trabajo estable ni otras circunstancias que aminorarían el riesgo de fuga”.

Las medidas alternativas que propone la defensa para evitar el riesgo de fuga, como la retirada del pasaporte o la imposición de fianza “no ofrecen la garantía suficiente” pues la existencia del territorio Schengen le permitiría “abandonar España hacia cualquiera de los otros países que lo conforman sin necesidad de contar con pasaporte”.

Este alijo fue, hasta la fecha, el mayor aprehendido en Sevilla. Se han intervenido alijos más importantes en alta mar, pero no es habitual que esta cantidad se incaute en tierra firme.

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