El CGPJ responde que la juez en excedencia tiene la "obligación" de participar en el dictado de las nuevas sentencias de los ERE
caso de los ERE
La Comisión Permanente avala que la magistrada Encarnación Gómez intervenga pese a que se encuentra en excedencia para el cuidado de un familiar
La nueva sentencia de los ERE se convierte en una misión imposible
La magistrada de la Audiencia de Alicante Encarnación Gómez, que está actualmente en excedencia por el cuidado de un familiar, tendrá que volver a Sevilla para participar en el dictado de las nuevas sentencias del "procedimiento específico" de los ERE, después de que el Tribunal Constitucional haya amparado a diez ex altos cargos de la Junta, entre ellos los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, según ha informado este martes el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha dado hoy respuesta a la consulta urgente que le fue remitida el pasado día 8 por la Sala de Gobierno del TSJA respecto a la conformación del tribunal que deberá dictar una nueva sentencia en el conocido como “caso ERE” para dar cumplimiento a una decisión del Tribunal Constitucional. En concreto, la Sala de Gobierno había preguntado sobre la posibilidad de que la magistrada Encarnación Gómez, actualmente destinada en la Audiencia Provincial de Alicante y en la situación administrativa de excedencia voluntaria, se incorpore a la Sala para el dictado de la nueva resolución.
Teniendo en cuenta que el objeto de la consulta es de naturalezajurisdiccional y que la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) prohíbe al CGPJ dictar instrucciones sobre la aplicación e interpretación del ordenamiento jurídico, la Comisión Permanente responde a la Sala de Gobierno informando de que “subsiste para la magistrada la obligación de concurrir a formar Sala para el dictado de la nueva sentencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 194.2.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil”.
Este precepto sólo permite eludir esa obligación de participar en el dictado de las sentencias a aquellos magistrados que, después de la vista o del juicio, "hubiesen accedido a cargo público o profesión incompatible con el ejercicio de la función jurisdiccional o pasado a la situación de excedencia voluntaria para presentarse como candidatos a cargos de elección popular".
La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acordó recientemente elevar consulta urgente al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre la constitución de la Sala que dictará nueva sentencia y, en concreto, preguntó al máximo órgano de gobierno de los jueces sobre si la situación de excedencia voluntaria de la magistrada Encarnación Gómez Caselles excluye la autorización de actuación concedida para formar parte del tribunal que debe poner la nueva sentencia.
El "procedimiento específico" o "pieza política" de los ERE fue juzgado por tres magistrados de la sección Primera de la Audiencia de Sevilla. El presidente y ponente de la sentencia, Juan Antonio Calle Peña, se encuentra en situación de jubilación, otra magistrada continúa en la Audiencia de Sevilla, Pilar Llorente, y la tercera magistrada solicitó un traslado a la Audiencia Provincial de Alicante.
Tras las sentencias del Tribunal Constitucional que ampararon a los ex altos cargos de la Junta condenados por el caso de los ERE, el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Lorenzo del Río, acordó el pasado 8 de julio que, ante la imposibilidad del ponente de participar en la redacción de las nuevas sentencias, se decidiera el asunto por las otras dos magistradas que asistieron a la vista. Para ello, se autorizó a la magistrada destinada en la Audiencia de Alicante para formar parte del tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla que debe emitir el nuevo fallo. Pero el Presidente de la Audiencia provincial de Alicante remitió un escrito, fechado el pasado 3 de octubre, donde refería que la magistrada se encuentra en situación de excedencia voluntaria en la carrera judicial desde el 22 de julio.
Excedencia por un año para el cuidado de un familiar
En septiembre pasado, la Comisión Permanente del CGPJ acordó una medida para cubrir la ausencia temporal de Encarnación Gómez Caselles, por "excedencia voluntaria por el cuidado de un familiar por el periodo de un año desde el 22 de julio de 2024", según explicaba el acuerdo, consultado por este periódico.
Por este motivo, la Sala de Gobierno realizó esta consulta urgente al Consejo General del Poder Judicial para conocer si esta situación de excedencia voluntaria excluye la autorización ya concedida o, por el contrario, debe formar parte del tribunal en virtud de la aplicación del artículo 194 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En concreto, la Sala de Gobierno indica que “se acuerda elevar consulta urgente al Consejo General del Poder Judicial en el sentido de si esta circunstancia no excluye la habilitación y autorización de actuación ya concedida para integrar el tribunal o, por el contrario, es aplicable a dicha magistrada la excepción establecida en el artículo 194.2.3ª, en relación con la norma general del 194.1, todos ellos de la ley de Enjuiciamiento Civil referentes a los ‘Jueces y Magistrados a quienes corresponde fallar los asuntos’”.
Lo que no aclara el acuerdo de la Sala de Gobierno es si la magistrada en excedencia solicitó esa "autorización de actuación" al Alto Tribunal andaluz, dado que el acuerdo del presidente del TSJA del 8 de julio ya señalaba que era la propia juez la que debía solicitar dicha autorización.
Temas relacionados
No hay comentarios