El asesino de El Rubio se librará de la prisión permanente revisable por un mes
Asesinato machista en El Rubio
En Sevilla sólo se han impuesto dos penas de cadena perpetua, una de ellas al Pollino tras el triple crimen de Dos Hermanas
Germán C. V. disparó a Elia a la cabeza y "a quemarropa"
El presunto asesino de El Rubio, Germán C. V., que mató a su novia de un un disparo en la cabeza y "a quemarropa", se librará de una petición de prisión permanente revisable por sólo un mes. Su novia, Elia B., había cumplido los 17 años el pasado 25 de enero y el crimen tuvo lugar el 27 de febrero. De no haber cumplido los 17 años, el presunto asesino se podría haber enfrentado a la cadena perpetua, dado que el Código Penal contempla este tipo de condenas para los asesinatos de una persona menor de 16 años.
En concreto, el artículo 140 del Código Penal establece precisamente que el delito de asesinato será castigado con la pena de prisión permanente revisable cuando concurran algunas circunstancias, la primera de ellas, que la víctima sea menor de 16 años, o se trate de una persona especialmente vulnerable "por razón de su edad, enfermedad o discapacidad".
También se puede castigar con la cadena perpetua cuando el asesinato se produce tras un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima y en tercer lugar cuando el delito lo cometa una persona que pertenece a un grupo u organización criminal, según tipifica el precepto del Código Penal.
En el caso de Germán C. V., el juez de Osuna que investiga la muerte de Elia B. lo ha enviado a prisión provisional como presunto autor de un delito de asesinato -que puede castigarse con una pena de hasta 25 años de cárcel- porque considera que hay indicios suficientes para afirmar que se trató de este delito y no de un homicidio, que conlleva una pena de entre 10 y 15 años de prisión.
"Germán ejecutó voluntariamente a Elia, mediante un disparo con un arma de fuego efectuado a escasos centímetros, o a cañón tocante, en la cabeza, actuando con la clara voluntad de causarle la muerte, asegurando el resultado de la misma, sin riesgo para su persona e imposibilitando la defensa por parte de la víctima", asevera el instructor en el auto de prisión, en el que descarta la versión exculpatoria que hasta ahora ha ofrecido el investigado respecto a que se trató de un disparo accidental.
Desde que se introdujo la pena de prisión permanente revisable, con la reforma del Código Penal del año 2015, se han impuesto ya dos condenas de prisión permanente revisable. El primer caso es el de Enrique Romay Reina, el hombre acusado de asesinar e intentar violar a una mujer en marzo del año 2017 en la localidad de Pilas, cuya condena a la pena de prisión permanente revisable fue confirmada por el Tribunal Supremo.
El Supremo ratificó la pena de prisión permanente revisable para Enrique Romay por asesinar de varias puñaladas en el cuello a una mujer el 12 de marzo de 2017, inmediatamente después de intentar agredirla sexualmente. El Alto Tribunal le impuso la cadena perpetua como autor de un delito de asesinato cometido para evitar que se descubriera el intento de violación con la agravante de abuso de superioridad. Además, ratificó otra pena de 8 años de prisión por el delito de agresión sexual en grado de tentativa.
El segundo caso de prisión permanente en Sevilla se produjo con el triple crimen de Dos Hermanas. En este caso fue el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el que condenó a prisión permanente revisable a Ricardo García, el Pollino, y a su padre, Ricardo García Gutiérrez, el Cabo, pero absolvió a su mujer, Elisa Fernández Heredia, de los crímenes de Sandra Capitán, su hija Lucía Begines, y el ciudadano turco Yilmaz Giraz en Dos Hermanas el 16 de septiembre de 2017.
La sentencia absolvió a Elisa Fernández de todos los delitos e impuso al Pollino y a su padre la pena de prisión permanente revisable por el asesinato de Lucía Begines, pero no accede a la petición de la Fiscalía y de las acusaciones particulares de imponerle una segunda prisión permanente revisable por el asesinato del ciudadano turco.
Posteriormente, el Supremo confirmó esta sentencia y rechazó igualmente imponer al Pollino una segunda cadena perpetua.
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