Una aseguradora del Ayuntamiento alega que su póliza "no cubre los daños" del caso Magrudis
Listeriosis
AIG argumenta ante el Juzgado de Instrucción número 10 que el documento firmado con el Consistorio no incluye la cobertura de "todas aquellas reclamaciones por daños personales y materiales"
El juzgado declara la "solvencia" de la aseguradora del Ayuntamiento tras avalar los 5,1 millones de la fianza
La Fiscalía pide 10 años de cárcel para los dueños de Magrudis y que el Ayuntamiento sea responsable civil subsidiario
La compañía aseguradora AIG ha elevado un escrito de defensa al Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla, que investiga el brote de listeriosis surgido en 2019 por la carne mechada distribuida por la empresa Magrudis, en el que expone que la póliza de seguros suscrita por el Ayuntamiento hispalense, incluido en el procedimiento judicial como responsable civil subsidiario, "no cubre la naturaleza de los daños que se reclaman", por lo que solicita su absolución en materia de responsabilidad civil.
En su escrito de defensa, recogido por Europa Press, AIG detalla pormenorizadamente los motivos por los que la póliza de seguros suscrita por el Ayuntamiento con esta entidad "no habrá de asumir indemnización alguna por responsabilidad civil en relación a la reclamación de referencia". Según la compañía aseguradora, la póliza EA19AP1123, en la que el Consistorio figura como tomador, "no cubre la naturaleza de los daños que se reclaman". "Viene destacado en el contrato de seguro que no encontrarán cobertura todas aquellas reclamaciones por daños personales y materiales. Dicha exclusión viene referida en la página 14 de la póliza y se encuentra dentro de las condiciones especiales en el apartado de exclusiones", explica.
"Es palmario que la reclamación de referencia tiene su origen en los daños corporales sufridos por los numerosos perjudicados, por lo que no pueden caber dudas acerca de la perfecta aplicabilidad a la reclamación de la exclusión de daños personales y materiales", explica AIG, que insiste en que "la póliza, por su propio objeto, excluye expresamente la cobertura de los daños personales, que son precisamente aquellos que han sido ocasionados a los perjudicados en el presente procedimiento".
Es más, defiende que el Ayuntamiento "no solo aceptó expresamente a través de su firma que quedaban excluidas de cobertura reclamaciones por este tipo de daños, sino que en el propio pliego elaborado" para contratar una póliza "ya asumía que estas quedarían fuera de cobertura", por lo que AIG reclama su absolución por serle "ajenos los hechos investigados" en esta causa.
Los acusados en este procedimiento son José Antonio Marín Ponce, administrador de hecho de Magrudis; su mujer, Encarnación Rodríguez, responsable de producción y puesta en marcha del sistema de autocontrol de la empresa; sus hijos Sandro José, administrador único de la citada mercantil, y Mario, administrador único de Elaborados Cárnicos Mario; Sergio L.G., arquitecto técnico; y una inspectora veterinaria municipal, María José O.B.
Esta empleada está incluida en la causa al apreciar el juzgado indicios de "una conducta negligente en su actuación profesional en el necesario control sanitario que le correspondía de la actividad alimentaria de la empresa Magrudis y que constituía una garantía de la salud pública ante la eventualidad de malas prácticas sanitarias".
En el auto de apertura de apertura de juicio oral contra ellos, la magistrada achaca a Sandro José Marín Rodríguez, José Antonio Marín Ponce, Mario Marín Rodríguez, Encarnación Rodríguez, María José O.B., Magrudis y Elaborados Cárnicos Mario un presunto delito contra la salud pública en concurso ideal con cuatro delitos de homicidio imprudente, siete delitos de lesiones al feto por imprudencia grave con resultado de aborto y 245 delitos de lesiones por imprudencia grave. También declara responsables civiles a las compañías de seguros Axa, AIG Europe (sucursal España) y Zurich España.
De igual modo, la juez abrió juicio oral contra el administrador de Magrudis, su hijo Sandro José y el arquitecto técnico por un presunto delito de falsedad en documento oficial, así como contra la familia al cargo de las empresas por un delito leve de defraudación del fluido eléctrico.
En materia de fianzas, la juez instructora reclamaba cuantías de más de cinco millones de euros a las personas acusadas, salvo el caso del arquitecto Sergio L.G., al que solicitaba 1.440 euros.
Asimismo, la magistrada reclamaba a Axa 5.166.688,50 euros, "si bien responderá hasta donde alcance el límite de garantía establecido en la póliza de seguro" contratada por Magrudis; constaban ingresados 300.000 euros. También requería a AIG Europe y Zurich España para que prestasen fianza solidaria en cantidad de 5.166.688,50 euros, y al Ayuntamiento para que hiciese lo mismo en una cantidad de 5.025.648,40 euros por "homicidios, abortos, lesionados e indemnización a la Junta de Andalucía".
Y todo ello, según la juez, "para asegurar las responsabilidades pecuniarias que, en definitiva, pudieran imponerse". En caso de no prestar las distintas fianzas establecidas en el auto, advertía la instructora, "se le embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada".
Posteriormente, la juez aclaraba que no era necesario exigir al Ayuntamiento el pago de esos más de cinco millones de euros al "no existir riesgo de que no pueda hacer frente a sus responsabilidades que en un futuro pudieran recaerle".
Zurich, por su parte, depositó una fianza de 5,16 millones de euros reclamada en materia de responsabilidad civil "exigible" a la veterinaria municipal "con cargo a las pólizas de responsabilidad civil de la que es tomador el Ayuntamiento".
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