La juez archiva la causa del accidente del microbús de Tussam al caducar el plazo de instrucción

El siniestro provocó diez heridos pero en tres años no se ha tomado declaración a ningún investigado ni se ha realizado el informe pericial que se encargó sobre las causas

La juez dice que en el estado actual de la causa no está "debidamente justificada" la posible comisión de ningún delito

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La Policía investigó si el autobús sufrió una aceleración espontánea

Imágenes del accidente de un microbús de Tussam en la Campana
Imágenes del accidente de un microbús de Tussam en la Campana / Juan Carlos Vázquez

Cierre a la investigación penal del accidente del microbús de Tussam en La Campana, que provocó diez heridos, dos de ellos de gravedad. La juez de Instrucción número 20 de Sevilla, Adelaida Maroto, ha dictado un auto en el que acuerda el archivo de la causa tres años después, al estimar que la investigación ha caducado sin que se haya investigado la responsabilidad de ninguna persona y todo ello a petición de la Fiscalía de Sevilla.

En el auto, al que ha tenido acceso este periódico, la instructora señala que una vez examinadas las actuaciones practicadas, "se advierte que el procedimiento se incoa por auto de fecha 17 de diciembre de 2019 [en realidad el suceso se produjo el 7 de diciembre, por lo que debe ser un error], acordando el sobreseimiento provisional de las actuaciones" y, prosigue, el "10 de diciembre de 2019 se reapertura el procedimiento y no es sino hasta el 9 de julio de 2021 cuando se dicta un auto de prórroga" de la investigación.

De esta forma, la instructora concluye que teniendo en cuenta estos plazos "debe declararse la instrucción concluida, de conformidad con el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tal y como interesa el Ministerio Fiscal", asevera. Este artículo establece un plazo máximo de la investigación de un año, salvo que se acuerde la prórroga del mismo.

La juez argumenta que, una vez que se ha declarado conclusa la investigación, procede resolver sobre la continuación del procedimiento, pero advierte que "debe tenerse en cuenta que visto el estado de la causa, procede el sobreseimiento provisional de la misma, conforme al art. 641.1 en relación con el citado art. 779.1, ambos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al no existir motivos para la continuación del procedimiento por no considerar debidamente justificada la posible comisión de delito alguno en relación con el accidente ocurrido".

Y todo ello a pesar que, al inicio de la instrucción se encargó y nombró por el juzgado un perito para la realización de un informe sobre las causas del accidente, pero según han explicado a este periódico fuentes del caso, el experto ni siquiera ha podido revisar en estos tres años el vehículo siniestrado, a pesar de que fue convenientemente precintado.

"En relación con la pericial pendiente y aun cuando fue acordada en plazo, se acuerda dejar sin efecto su práctica, dado que sea cual fuere su resultado, el procedimiento penal no podría continuar puesto que no se ha tomado declaración como investigado a persona alguna y todas las diligencias que se pudieran practicar tras el término del plazo previsto para la instrucción serían nulas", añade la juez.

A la vista de estas circunstancias, la juez ha acordado en el auto, que todavía puede ser recurrido, declarar la "instrucción concluida, sin efecto la práctica de la pericial pendiente, así como el sobreseimiento provisional de las actuaciones y archivo de las mismas. En relación con el precinto acordado, se mantiene el mismo, hasta la firmeza, en su caso de la presente resolución".

Traslado de los heridos del accidente en la Campana

Sin informe pericial tres años después

Algunas fuentes consultadas por este periódico no se explican cómo esta investigación ha acabado de esta forma y, sobre todo, que no se haya elaborado el informe pericial tres años después del suceso, si bien es cierto que en los meses siguientes al suceso se produjo el parón de las actividades con motivo del confinamiento general que ocasionó la crisis sanitaria del coronavirus. El informe pericial resultaba clave para determinar las causas del accidente y de esta forma determinar si hubo alguna responsabilidad penal en el mismo, ya que inicialmente todas las hipótesis estaban abiertas y no se descartó ni el fallo mecánico ni el humano.

El accidente del microbús de la línea C-5 de Sevilla se produjo sobre las 15:15 horas de la tarde del 7 de diciembre de 2019, cuando el vehículo se empotró contra el escaparate de la tienda de Zara y provocó heridas a diez personas. Entre los heridos hubo varias personas que viajaban en el autobús y también otras que estaban en ese momento paseando por la calle y podrían haber sido alcanzadas por el vehículo. El Ayuntamiento de Sevilla he emitido un escueto comunicado informando de que la Policía Local y Tussam investigan las causas del accidente, que se ha registrado a las tres y cuarto de la tarde de este sábado.

Otro accidente previo

El microbús implicado en este suceso es un Mercedes que forma parte de una remesa que compró el Ayuntamiento de Sevilla un año y medio antes para incorporarlos a la línea C5, que da servicio al centro de Sevilla. Estaba todavía en garantía y del mantenimiento se encargaba aún el fabricante. Otro vehículo idéntico a éste había sufrido un accidente parecido en la misma plaza del Duque, cuando se llevó por delante una farola que cayó sobre un taxi que estaba detenido en un semáforo. Aquel siniestro ocurrió a las doce del mediodía del martes 3 de diciembre de 2019 y no causó heridas a ninguna persona. Los dos accidentes ocurrieron después de un cambio de turno y en ambos casos los conductores eran experimentados.

El accidente de Tussam en la Campana. Fuente: elaboración propia.
El accidente de Tussam en la Campana. Fuente: elaboración propia. / Dpto. de Infografía

Tras el siniestro, la Policía Local y Tussam abrieron sendas investigaciones en las que inicialmente no se descartaba nada, ni el fallo mecánico ni el humano. Una de las hipótesis más barajadas consistía en que el autobús pudo sufrir una aceleración espontánea o sobrevenida, ya que se han dado varios casos anteriores en los que los vehículos han acelerado solos, sin que el conductor haya pisado el pedal y teniendo después muchas dificultades para poder frenar a tiempo.

En cualquier caso, el archivo de la causa penal y el hecho de que no se haya imputado a ninguna persona por el accidente, aboca a los heridos a acudir a la vía civil para reclamar sus indemnizaciones, aunque muchos de ellos ya han sido compensados por la compañía aseguradora de Tussam. Todo ello, a la espera de que el auto de archivo adquiera firmeza si no es recurrido por ninguna de las partes personadas en la causa.

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