Un juez acuerda exhumar cinco cadáveres en un pleito para reclamar una herencia de dos millones
El presunto padre era un empresario agrícola que mantuvo una relación sentimental con su empleada del hogar a principio de los años 40, fruto de la cual nació este hijo, que ahora tiene 80 años
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Un juzgado de Morón de la Frontera (Sevilla) ha acordado la exhumación de cinco cadáveres en un pleito para reclamar una herencia de unos dos millones de euros, al considerar que es la única forma de averiguar la filiación de un hijo, según ha informado el abogado Fernando Osuna, que ha recordado que lo normal es que sólo se exhume un cuerpo.
El juez sostiene que el derecho que tiene el presunto hijo, un profesor universitario jubilado de 80 años- para saber quién es su padre prevalece en este caso sobre la intimidad de los familiares de los fallecidos, y esta "drástica medida" se ha adoptado debido a que los féretros no están correctamente ubicados en el cementerio, ha precisado Fernando Osuna.
En este litigio, que se prolonga ya desde hace una década, se plantea el reconocimiento de la paternidad para en el futuro reclamar esa herencia millonaria y el problema radica en los registros del cementerio, que hacen imposible localizar el cadáver, ha señalado el letrado. El presunto padre era un empresario agrícola con mucho patrimonio, que nunca se casó, pero que mantuvo a principios de los años 40 una relación sentimental con su empleada del hogar, la madre del demandante, con la que no llegó a casarse por la diferencia que existía en el estatus economico y social.
Sin embargo, el padre "quería mucho al hijo, con el que tuvo relación hasta que tuvo unos 17 años, cuando lo repudió". El empresario "veía a escondidas" al hijo y le daba dinero para su manuntención y los estudios. Como el padre no tuvo otra descendencia, los cinco cadáveres que van a ser exhumados son de familiares suyos, en concreto, de hermanos y sobrinos, cuyos restos se hallan en el mismo panteón familiar. La última vez se exhumó "por error" a una mujer en lugar de los restos óseos de un hombre y tanto el juzgado como la Fiscalía defienden que hay que averiguar la posible relación de filación a través del ADN de los huesos.
Según Fernando Osuna, al demandante se le está ocasionando un "importante daño moral", dado que ha visto dilatado indebidamente, y por causas no imputables a él, un procedimiento judicial que de media suele durar un año. Al ser el único hijo del empresario, le correspondería la mayor parte de la herencia, "en el peor caso sólo perdería el 33%" de la misma.
En el año 2013 fue presentada demanda de reclamación de filiación no matrimonial, incoándose procedimiento al efecto que, a día de hoy, continúa tramitándose ante el Juzgado de Primera Instancia de Morón de la Frontera.
"Desde su incoación, la prosecución del procedimiento de reclamación de filiación no matrimonial ha venido sufriendo dilaciones indebidas en su tramitación, por sencillas procesalmente que resultasen las actuaciones", ha alegado Fernando Osuna, que ha señalado que "la situación actual del procedimiento resulta claramente vulneradora del derecho a la tutela judicial efectiva del demandante, habiéndose producido un anormal funcionamiento tanto del órgano de la Administración de Justicia, como de la Administración Municipal de Morón de la Frontera".
Para la determinación de la filiación del reclamante la prueba de ADN es de suma importancia. "Hay que tomar ADN de los huesos de familiar cercano en el Cementerio de Morón. La citada diligencia lleva dilatándose en el tiempo, por causas no justificables, desde hace más de tres años, habiéndose procedido entonces a su práctica de forma infructuosa por error en la localización de los restos óseos. Localización que, por otra parte, podría fácilmente ser aclarada por las autoridades locales, y sin que el Juzgado ante el que se sustancia el procedimiento haya ordenado nuevas actuaciones tendentes a la repetición de dicha diligencia, vital para la resolución de un procedimiento tan delicado como una reclamación de filiación".
El letrado concluye que el error, no imputable a las partes, en la práctica de la diligencia de exhumación "está causando grave perjuicio al justiciable, que ve postergado, injustificadamente, el ejercicio de sus legítimos derechos, sin que el Juzgado competente actúe en aras de subsanar dicha situación".
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