Torrijos plantea la prescripción de los delitos de cohecho por las supuestas dádivas de 155.000 euros a IU
Juicio por las mordidas de Fitonovo
La Fiscalía se opone a la prescripción alegando que se trata de diferentes contratos que impiden aplicarla
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Tres ex concejales se sientan en el banquillo de los acusados
La defensa del ex portavoz municipal de IU Antonio Rodrigo Torrijos, que está siendo juzgado en la Audiencia Nacional desde este lunes en relación con las mordidas de Fitonovo, ha planteado como cuestión previa a la Sala la prescripción de los delitos de cohecho por las supuestas dádivas de 155.000 euros que habría recibido IU por favorecer a Fitonovo en la adjudicación de los contratos municipales.
La abogada Encarnación Molino, que representa a Torrijos, ha recordado en su intervención que los hechos que se están juzgando consisten en que Fitonovo habría pagado 155.000 euros a la formación de izquierdas en dos pagos de 70.000 y 85.000 euros, realizados los días 30 de marzo de 2010 y 18 de febrero de 2011, en relación con los expedientes relativos a la instalación de césped en 11 campos de fútbol (por importe de 6.966.320,8 euros).
La letrada ha dicho que la última adjudicación de estos contratos se produjo en julio de 2011 y ha añadido que en este caso habría que aplicar el Código Penal de 1995, más favorable para los reos, en cuanto al delito de cohecho, que contempla penas de multa y no de prisión. Así, ha defendido que de acuerdo con el Código Penal de 1995 y no con la revisión del Código Penal que se hizo en el año 2010 -que es por el que acusa la Fiscalía-, se trataría de un delito "menos grave" que prescribiría a los tres años, con lo que en febrero y julio de 2014 se habría producido dicha prescripción, teniendo en cuenta que no fue hasta el 20 de noviembre de 2014 cuando Torrijos fue citado a declarar por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, mientras que declaró ante la juez Mercedes Alaya el 24 de noviembre de ese mismo año.
Encarnación Molino ha precisado igualmente que esta misma Sala que hoy juzga los contratos en el Ayuntamiento de Sevilla acordó la absolución de varios acusados por la prescripción de los delitos en cuanto a los hechos investigados en la pieza sobre los contratos de Fitonovo en Extremaduras y Canarias, según la sentencia dictada en noviembre de 2020.
La defensa del ex concejal de IU José Manuel García Martínez, que ejerce el letrado José María Núñez, también ha alegado la prescripción del cohecho, distinguiendo dos bloques presuntamente delictivos relacionados con la adjudicación de los contratos de la instalación de césped en 11 campos de fútbol, de un lado, y otros contratos menores que en su día se adjudicaron a Fitonovo, de otro.
Por su parte, el fiscal se ha opuesto a la apreciación como cuestión previa de la prescripción de los delitos, al afirmar que el contrato puede estar adjudicado en una fecha, en 2009, pero hay que desarrollarlo y ejecutarlo, no está agotado, sobre todo teniendo en cuenta que la empresa Fitonotovo se ha dedicado "a engrasar a la Administración para resultar favorecida" en la adjudicación de los contratos municipales, por lo que ha dicho que no puede compartir el criterio de la prescripción.
Y todo ello a pesar de que, ha explicado, no se recurrió la sentencia de la otra pieza de Fitonovo que ha sido aludida por la defensa. Por ello sostiene que en este caso no se está ayate adjudicaciones anteriores a 2010, sino ante diferente contratación que "impide como cuestión previa estimar la prescripción", ha dicho el fiscal, que ha añadido que no se puede decir que haya un diferente tratamiento procesal con respecto a la otra pieza de Fitonovo en la que, según ha recordado, el Ministerio Público mantuvo que los hechos no habían prescrito.
La Sala resolverá la cuestión en la sentencia
El tribunal ha rechazado pronunciarse sobre la posible prescripción alegada por las defensas en la fase de cuestiones previas, al afirmar que el tema "se analizará en la sentencia" y en este momento "no hay pronunciamiento de fondo" sobre el mismo.
La presidenta de la Sala ha "alabado" el análisis efectuado por las defensas sobre la posible prescripción y el Código Penal aplicable a estos hechos, pero ha dicho que el tribunal suele ser "cauto" y salvo que la prescripción estuviera "clarísimo" lo procedente es que se analice la cuestión en la sentencia.
La defensa de Torrijos no ha formulado protesta contra la decisión del tribunal porque, según ha destacado, la Sala no ha rechazado la prescripción sino que ha aplazado el pronunciamiento sobre la misma para el momento en que se dicte la sentencia.
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