La aldaba
Carlos Navarro Antolín
Objetivo, el Rey
Andalucía
La Audiencia de Sevilla ha confirmado el procesamiento del empresario Manuel Muñoz Medina por acometer a la líder de Podemos en Andalucía, Teresa Rodríguez, sobre la que se abalanzó, empujó, sujetó una de las manos por la espalda y simuló besar en la boca interponiendo su propia mano.
La Audiencia, en un auto al que ha tenido acceso este periódico, rechaza el archivo pedido por el empresario, que redujo los hechos a un acto “de mal gusto, reprobable socialmente”, y por el contrario considera que existen indicios suficientes de que se trató de un delito contra el orden público, al ser Teresa Rodríguez parlamentaria andaluza y estar participando en un acto como tal. De manera alternativa o complementaria, aprecia un delito contra la integridad moral.
El archivo “resulta manifiestamente improcedente”, según los magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia.
Dicen en su auto que han visto el vídeo del incidente y en él “se observa y constata el cabal y puntual comportamiento” del empresario contra la líder de Podemos, que asistía como diputada andaluza y por tanto “ostentando el carácter de autoridad” a una exposición fotográfica de la agencia Efe en la Cámara de Comercio de Sevilla, el 20 de diciembre de 2016.
Se trataba de un acto público y, al salir del despacho del presidente, la diputada “fue abordada, acometida de forma inopinada y sorpresiva por el investigado” en presencia del presidente de la Cámara, la Jefa de Protocolo y otras personas.
Muñoz Medina, entonces vocal de la Cámara, “se abalanzó sobre ella, empujándola, la sujetó con una de sus manos por la espalda y posando la otra mano en la boca de la denunciante, besó su propia mano”.
La Audiencia resume entre los fundamentos de su auto que Teresa Rodríguez, según su propia declaración, se sintió “indignada, paralizada, extrañada, incrédula, sintió miedo y vergüenza” y se vio “en un clima de desamparo, ha sentido que se ha atacado su integridad moral, se ha sentido como un objeto y, como cargo público, desprovisto de toda autoridad”.
Los magistrados rechazan el archivo pedido por el abogado del empresario alegando falta de dolo o voluntad de delinquir. En su recurso, redujo los hechos a una “broma de mal gusto” cuando estaba borracho.
En su recurso, la defensa del empresario argumentó que Rodríguez "no se mostró aturdida ni impactada ni ofendida, sino todo lo contrario, toda vez que participó del ambiente distendido e informal que allí existía, del que se hicieron eco los presentes, hasta el punto de que el propio presidente realizó a la denunciante comentarios en tono jocoso, delante de quienes participaban de ese breve encuentro". El abogado señala que la líder de Podemos se marchó "con toda normalidad" y, por tanto, "no huyó despavorida, humillada, ultrajada ni tampoco mostró síntomas de nerviosismo, ofensa o miedo”.
Este razonamiento de que “se trató lisa y llanamente de una broma de mal gusto” le parece a la Audiencia “un lógico y comprensible descargo” que deberá dilucidarse en el juicio.
Tampoco lo ve así la Fiscalía de Sevilla, que ya ha solicitado una condena de un año y nueve meses de prisión para el empresario por un delito de atentado a la autoridad y otro contra la integridad moral, así como una multa de 1.200 euros.
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