El TSJA ya advirtió a la Junta de Andalucía sobre la necesidad de acotar las medidas restrictivas
Pasaporte Covid
No es la primera vez que el TSJA recuerda la necesidad de acotar temporalmente las medidas con respecto a la pandemia. En agosto, los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía negaron el pasaporte Covid como requisito para entrar en el interior de las discotecas y el resto de locales de ocio nocturno, una medida que la Junta pretendía poner en marcha para atajar los contagios de la quinta ola.
Como ocurre ahora, cuando uno de los argumentos del alto tribunal ha sido la falta de limitación temporal de la medida, los magistrados del TSJA argumentaban entonces, entre otras razones, que en la medida "no se establece un plazo de efectividad ", con lo cual "se impone la medida con carácter indefinido y con vocación de permanencia, sin que se sepa qué criterio se seguirá para dejarla sin efecto o modificarla". Las limitaciones a los derechos fundamentales, señalaban en agosto y recuerdan ahora, "han de ser puntuales".
La falta de una legislación nacional concreta sobre los requisitos para afrontar la pandemia ha hecho que los confinamientos, las diferentes restricciones a la movilidad y medidas como el pasaporte Covid estén en manos de los Tribunales Superiores de Justicia y, como último recurso, al Supremo. Una decisión que, en el caso de Andalucía, se encontró con decisiones opuestas dependiendo si la resolución era de la sede de Granada o la de Sevilla.
El pasado 30 de noviembre, la Sala III del Tribunal Supremo acordó autorizar la decisión del Gobierno vasco de exigir el pasaporte COVID para la entrada en restaurantes y establecimientos de ocio nocturno y restaurantes. Una demanda que el alto tribunal vasco había desestimado. Actualmente, Cataluña, Galicia, País Vasco, Murcia, Canarias, Comunidad Valenciana, Aragón, Baleares y Navarra tienen como obligatorio el uso del pasaporte Covid para acceder a determinados espacios.
Aragón
En Aragón es necesario disponer del certificado Covid para acceder a locales de ocio nocturno, celebraciones en establecimientos de hostelería y restauración y eventos multitudinarios
Baleares
Desde el mes de octbre, la petición del certificado Covid en Baleares está avalado por el tribunal autonómico.
Cataluña
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado ampliar su uso en la hostelería, centros deportivos y residencias de ancianos ante el repunte de casos.
País Vasco
El uso en esta comunidad ha sido el primero en ser avalado por el Tribunal Supremo. De este modo será necesario para acceder a locales de ocio nocturno y restaurantes de más de 50 comensales.
Galicia
Los gallegos necesitarán este certificado para permanecer en el interior de restaurantes y bares -en este caso a partir de las 21:00 horas. Además será obligatorio en todo el ocio nocturno, en los albergues (para la ocupación del 100 por cien de las camas en habitaciones compartidas) y para los acompañantes y visitantes de los pacientes ingresados en hospitales.
Murcia
El Tribunal Superior de Justicia avaló la exigencia del pasaporte COVID para locales que alcancen el 100% de aforo. La medida estará en vigor hasta el próximo 17 de diciembre.
Navarra
En Navarra la Justicia ha autorizado que se aplique el certificado Covid para acceder a restaurantes de más de 60 comensales, establecimientos con licencia de discoteca o salas de fiesta.
Comunidad Valenciana
Será necesario para acceder a establecimientos de hostelería, restauración y ocio con aforo superior a 50 personas, festivales de música y eventos y celebraciones con más de 500 asistentes, así como para visitar a pacientes e internos en hospitales y residencias, entre otras actividades.
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