Prisión para el condenado por el ‘crimen del desatascador’ ante el riesgo de fuga
El acusado de asesinar a un anciano de 82 años haciéndole ingerir líquido desatascador se encontraba en libertad provisional, tras haber sido condenado a 22 años de cárcel hace cinco días
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La Audiencia Provincial ha dictado este martes un auto ordenando el ingreso en prisión provisional ante el riesgo de fuga del autor del conocido como 'crimen del desatascador'. El pasado 18 de abril fue condenado a 22 años de prisión por el asesinato de un anciano de 82 años haciéndole ingerir líquido desatascador en 2020. El condenado desempeñaba labores de cuidado de la víctima, quien poco antes de su muerte había cambiado su testamento a favor del acusado.
Este caso se juzgó por el procedimiento del Tribunal del Jurado, que emitió por unanimidad un veredicto de culpabilidad el pasado 14 de marzo. Tras el veredicto se acordó que el acusado continuara en libertad provisional con la obligación de comparecer dos días a la semana antes la Audiencia y la prohibición de abandonar el país, para lo que ya en su día se le retiró el pasaporte. Medidas cautelares que venía cumpliendo desde su detención el 18 de septiembre de 2020.
El Fiscal, un día después de la sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial, solicitó el ingreso en prisión del condenado. Hoy se ha dictado el auto de prisión y se ordena a la Policía Nacional la detención y conducción del acusado al centro penitenciario de Logroño.
La Audiencia Provincial fundamenta en su resolución que la imposición de una pena de 22 años de cárcel “intensifica, objetivamente, el estímulo para que un acusado pueda sustraerse a la acción de la Justicia; y, a su vez, la imposición de esa grave pena, también intensifica el interés público en que la eventual condena firme, que pudiera recaer, pueda ser ejecutada”.
El Tribunal pone en relación este argumento con las circunstancias personales, familiares y sociales del condenado. Es de origen rumano cuenta con 46 años y sólo ha pasado en España una parte de su vida y en la que no tiene arraigo familiar, ya que no cuenta con familiares ascendientes ni hijos menores en nuestro país.
Por último, el Tribunal argumenta para acordar su ingreso en prisión que “el momento en el que la sentencia sea definitivamente firme o revocada está más próximo, lo cual incrementa la proporcionalidad de la medida solicitada”. Su abogado ya ha anunciado recurso contra la sentencia de la Audiencia Provincial ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.
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