Perdonan 1,7 millones a dos hermanos que se endeudaron con una sociedad de investigación biomédica
Ley de Segunda Oportunidad
Se han podido acoger a la segunda oprotunidad porque no tenían deudas con Hacienda ni la Seguridad Social, ni créditos privilegiados garantizados con una hipoteca
Un juez exonera de una deuda de 9.000 euros a una sevillana que quedó en paro por el Covid-19
Los juzgados de lo Mercantil números 14 y 17 de Madrid han exonerado a dos hermanos madrileños del pago de una deuda que ascendía a 1.743.980 euros (859.724 euros y 884.256 euros cada uno de los heramonos) gracias a la ley de Segunda Oportunidad. Estos hermanos constituyeron hace casi dos décadas una sociedad mercantil para promover la investigación biomédica. Para ello incurrieron en importantes inversiones de maquinaria, formalizando varias operaciones de crédito con entidades financieras a las que prestaron su fianza personal.
La denegación de varias subvenciones, entre otras cuestiones, hicieron que la empresa no pudiera hacer frente al pago de los créditos, lo que se tradujo en varios procedimientos judiciales ejecutivos frente a la sociedad y frente a los hermanos en su condición de avalistas.
Ante esta situación, ambos hermanos decidieron acudir al mecanismo establecido en la ley de Segunda Oportunidad, habiendo conseguido una exoneración total de las deudas que ostentaban como avalistas de la sociedad, tras la finalización de unos procedimientos que se han seguido ante los Juzgados de lo Mercantil de Madrid y que han durado seis meses.
Esta exoneración total se ha conseguido al tratarse de unas deudas calificadas como créditos ordinarios, sin que existieran deudas frente a AEAT ni Seguridad Social, tampoco créditos privilegiados garantizados con hipoteca.
Los abogados Román Cano y Natalia Álvarez, de RZS Abogados, han explicado el caso de la siguiente forma: “Con la exoneración de las deudas conseguidas en ambos procedimientos concursales, han quedado extinguidos los créditos y la responsabilidad de ambos hermanos en su condición de avalistas de la sociedad, con ello han cesado los embargos en nómina y pensión que venían padeciendo desde hace varios años, pudiendo disfrutar de una segunda vida económica libre de cargas financieras. Este caso pone de manifiesto la utilidad de la Ley de la Segunda Oportunidad para las personas físicas que se encuentran en una situación de insolvencia. La ley ofrece la posibilidad de cancelar total o parcialmente las deudas y poder empezar de nuevo”.
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