Magrudis pide apartar a la Junta de la causa y recuerda el caso de la colza
Magrudis
Considera que la Administración puede ser “responsable directo o subsidiario” de los daños
Magrudis pasa al contraataque. La defensa del dueño de la empresa responsable del mayor brote de listeriosis de España, que ejerce el letrado Hilario Aranda, ha pedido a la juez que investiga el caso que aparte a la Junta de Andalucía de la causa, al entender que la Administración autonómica puede ser responsable “directo o subsidiario” de los daños causados y, en este sentido, recuerda el caso de la intoxicación por el aceite de colza, en el que el Estado fue finalmente responsable civil de las indemnizaciones a las víctimas.
El abogado del dueño de Magrudis ha presentado un escrito en el juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla recurriendo la decisión de la instructora, Pilar Ordóñez, de admitir la querella presentada por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. En el escrito, el letrado que representa a José Antonio Marín Ponce y a sus familiares recuerda que la Junta de Andalucía es la administración competente y responsable de realizar los controles sobre los operadores del sector cárnico, desde el origen de la materia prima, hasta el transporte, fabricación, elaboración, distribución y venta. Y también es competente, añade, del sistema de alerta sanitaria previsto en los hospitales públicos.
La defensa de Magrudis considera que en el brote de listeriosis se han producido “graves irregularidades en los sistemas de autocontrol y control de los establecimientos de producción cárnica –granjas– y de sacrificio –mataderos– hasta llegar la bacteria de listeriosis a la fábrica de Magrudis”. Así, señala que a pesar del aumento de casos de listeria detectados en los meses de julio y agosto, la alerta sanitaria “se dilató al menos hasta el día 16 de agosto, sin producirse ninguna intervención hasta el día 18”.
Dice el abogado del dueño que Magrudis debió ser inspeccionada antes de enero de 2019 por los organismos de control, pero no se hizo, por lo que concluye que estas circunstancias “podrían dar lugar a responsabilidades directas o compartidas en cuanto a la deficiente regulación del plan de autocontrol de puntos críticos o de riesgo, y al sometimiento de inspección técnica obligatoria de los órganos de control sobre la situación de idoneidad sanitaria de las instalaciones y al control de éste por la Junta de Andalucía”.
De esta forma, mientras se produce la investigación de estos extremos, la defensa cree que “cabe la posibilidad de que la Administración autonómica resulte responsable directo o subsidiario de los daños causados”, al igual que ocurrió en el caso del aceite de colza, por lo que pide a la juez que revoque la admisión de la querella de la Junta y acuerde en su lugar “no tener como parte a la Junta de Andalucía en el presente proceso penal”.
Varios afectados creen que el Ayuntamiento es responsable civil
Varios afectados por el brote de listeriosis han presentado sendas querellas en las que consideran que el Ayuntamiento de Sevilla y la Junta de Andalucía son “responsables civiles subsidiarios” de los perjuicios causados por el contagio de esta bacteria.
Estos afectados –una vecina de Madrid, una mujer de una localidad onubense, y un vecino de Jerez de la Frontera– recuerdan que la alerta sanitaria no se produjo hasta el 15 de agosto, “días después” de que se confirmaran los primeros casos, por lo que entienden que este periodo se podría “haber acortado si se hubiera llevado a cabo una buena coordinación entre los servicios dependientes de la Junta y los del Ayuntamiento, evitando así numerosos casos y la propagación de la infección entre los ciudadanos, retirando la carne contaminada, recabando la información y avisando a las empresas comercializadoras de marcas blancas de que debían retirar de inmediato la carne y proporcionar la información a las autoridades competentes y a la población para paliar el brote de manera inmediata”.
El abogado Germán Grima explica en las querellas que en Magrudis no se realizaba ninguna inspección desde el año 2017, y añade que tanto el Ayuntamiento como la Junta serían responsables civiles subsidiarios de acuerdo con el artículo 121 del Código Penal, según el cual, las administraciones responden subsidiariamente de los daños “siempre que la lesión sea consecuencia directa del funcionamiento de los servicios públicos”.
La responsabilidad de las administraciones en este caso, continúa el letrado, deriva de la “mala gestión y coordinación entre ambos entes, lo que ha provocado que el brote de listeriosis se extienda en mayor medida que si no se hubieran cometido los distintos fallos” relatados.
Hechos como el "fallo en el etiquetado" de las distintas muestras llevado a cabo por el distrito sanitario Aljarafe Sevilla Norte, así como que el Ayuntamiento de Sevilla no realizara "ninguna inspección" en las instalaciones de Magrudis "al entender que no existía riesgo de peligro ninguno, al igual también que la tardanza en decretar la alerta sanitaria por parte de la Junta", entre otros, son acciones que han hecho que esta situación "se agrave sobremanera, derivando éstas en la consecuencia de que muchos ciudadanos hayan sido infectados por la listeriosis al ingerir la carne mechada producida" por Magrudis.
Uno de los afectados es un vecino de Jerez que los días 6 y 8 de agosto compró unos bocadillos en una tienda de alimentación de San Juan de Aznalfarache, en concreto, de carne mechada, y al día siguiente de ingerir la carne sufrió diversas molestias abdominales que se prolongaron en los días posteriores, así como náuseas, fiebre, y agarrotamiento de brazos y piernas. Al ver en el informativo de televisión informaciones sobre el brote de listeriosis acudió al hospital de Jerez, donde se confirmó su contagio por listeria.
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