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La juez acuerda la libertad del Dioni bajo fianza de 300.000 euros

desfalco en el sector f de Almensilla

La instructora cree que aunque el riesgo de fuga sigue "estando latente", tras haber tenido que dictar una orden de detención internacional, se puede atenuar con otras medidas menos gravosas para la libertad.

El ex tesorero lleva en la cárcel casi la mitad de la máxima condena que podría imponérsele por el delito continuado de apropiación indebida por el que está procesado

El Dioni, cuando fue enviado a prisión. / José Manuel Vidal / Efe

El jugado de Coria Del Río ha acordado la puesta en libertad provisional, bajo fianza de 300.000 euros, de Julio Mateos Palacios, conocido como el Dioni de Almensilla, que lleva casi tres años en prisión provisional y acaba de ser procesado por el desfalco de varios millones de euros durante el tiempo que fue tesorero de la junta de compensación del Sector F y que lleva en la cárcel casi la mitad de la máxima condena que podría imponérsele por el delito continuado de apropiación indebida por el que está procesado.

La juez ha dictado un auto en el que acuerda la libertad del acusado, siempre y cuando abone previamente esa fianza y llegado ese caso le impone además la obligación de comparecer semanalmente en el juzgado, así como la prohibición de salir del territorio nacional, para lo cual prevé la retirada del pasaporte.

En el auto, al que tuvo acceso este periódico, la juez Miriam López considera no obstante que en la actualidad "persisten los presupuestos" que llevaron a adoptar la medida de prisión en agosto de 2016, por cuanto existen "suficientes indicios de la comisión" por parte de Julio Mateos de un delito continuado de apropiación indebida, pues consta que "cobró individualmente y a través de Asema más de un millón de euros, mediante cheques con cargo a la cuenta de la junta de compensación, cantidad que incorporó a su patrimonio, sin que dichas cantidades estén justificadas ni respondan a una verdadera prestación de servicios de la misma".

La instructora entiende que si bien a la vista de las actuaciones "resulta procedente en principio mantener la situación de prisión provisional, ésta no debe tener el carácter incondicional establecido desde su inicio", y así señala que aunque el riesgo de fuga, tras haberse tenido que dictar una orden de detención internacional, sigue "estando latente se considera que puede atenuarse con otras medidas menos gravosas para la libertad, no habiéndose cuestionado durante la instrucción de la causa el arraigo del mismo y su carencia de antecedentes penales".

Y tampoco aprecia riesgo de reiteración delictiva ni de ocultación, alteración o destrucción de las fuentes de prueba relevantes, dado que la instrucción ya ha finalizado.

La juez no sabe si tiene dinero en República Dominicana

La juez justifica la cuantía de la fianza impuesta porque considera que es "razonable y moderada, atendiendo a las circunstancias favorables y los factores desfavorables de la gravedad de los hechos supuestamente perpetrados", junto al hecho de que "no ha contribuido a esclarecer el destino del dinero y no consta si conserva o no parte del importe presuntamente apropiado en República Dominicana, país al que huyó y el cual no ha atendido la comisión rogatoria formulada por este juzgado".

La defensa de Julio Mateos Palacios pidió recientemente de nuevo la puesta en libertad provisional del ex tesorero de la junta de compensación, con la imposición de comparecencias a diario en el juzgado o incluso la colocación de una pulsera telemática.

La Fiscalía de Sevilla presentó, por su parte, un escrito en el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Coria del Río, que investiga el caso, en el que apoyaba la petición de la defensa de Julio Mateos Palacios, siempre y cuando se le imponga una fianza de 300.000 euros, algo que en principio podría resultarle complicado reunir al acusado puesto que tiene todos los bienes embargados.

El Ministerio Público ya no aprecia el riesgo de fuga, a pesar de que el ex tesorero estuvo huido en República Dominicana, ni de destrucción de pruebas, puesto que la instrucción de la causa ha finalizado. Además, en el mes de agosto se cumplirán tres años de su ingreso en prisión preventiva y, aunque tiene prorrogada dicha medida por un tiempo de cuatro años, el tiempo que ya lleva encarcelado se aproxima a la mitad de la condena máxima que podría imponérsele, que es seis años. Según las mismas fuentes, por el delito continuado de apropiación indebida la condena que podría solicitarse oscila entre los tres años y medio y los seis años de cárcel, dado que Julio Mateos se fugó en mayo de 2015 y no le afecta la reforma que agrava las penas para el subtipo agravado de este delito, con lo que las penas que se pueden reclamar tras esta modificación legal oscila entre los cuatro y los ocho años de cárcel.

Hasta ahora, Julio Mateos sólo ha declarado en una ocasión ante la juez y para acusar a otro de los miembros de la junta de compensación, pero no ha explicado dónde está el dinero del que se apoderó o qué hizo con él.

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Coria del Río procesó en febrero pasado a Julio Mateos Palacios, y a otras 12 personas, en su mayoría miembros de la junta de compensación del sector F, por delitos de apropiación indebida, delito societario y de administración desleal, en relación con el desfalco de varios millones de euros que se atribuye a Julio Mateos durante el tiempo que fue tesorero de esta entidad y que le llevó a fugarse durante más de un año a la República Dominicana, donde fue capturado.

La juez Miriam López Moreno dictó un auto, al que tuvo acceso este periódico, en el que puso fin a la instrucción y transformó las diligencias previas en un procedimiento abreviado que se sigue contra 13 personas. La instructora considera que los hechos pueden ser constitutivos de un delito de apropiación indebida que atribuye presuntamente al ex tesorero de la junta de compensación Julio Mateos Palacios, al ex presidente Ismael Antonio P. F., al apoderado de un bufete Juan Carlos N. H. y a Manuel L. S., gerente de una empresa proveedora de la junta de compensación.

A Julio Mateos y a otros ocho vocales le atribuye también un delito societario, y por último considera que los hechos pueden ser constitutivos de un delito de administración desleal, en el que implica a otros nueve vocales de la junta.

En el auto, la juez acuerda el sobreseimiento de la causa contra David L. T., apoderado de la gestoría Asema, al estimar que no constan datos objetivos de que “percibiera cantidad alguna con cargo a los fondos de la junta” y tampoco hay indicios objetivos de su presunta participación en la comisión del delito de apropiación indebida que se imputa a Julio Mateos Palacios por el hecho de “ser apoderado de la entidad de la que se sirvió Julio Mateos para descapitalizar la junta de compensación y de la que era administrador, ni que tuviese conocimiento del uso indebido de los fondos de la junta que se estaba realizando”.

De las diligencias practicadas, la magistrada considera que hay “indicios racionales de criminalidad” para imputar al ex tesorero Julio Mateos Palacios y a otros 12 miembros de la junta de compensación del Sector F de Almensilla -Ismael Antonio P. F., Juan Carlos N. H., Francisco C. M., Juan Carlos A. H., José Carlos L. R., Carlos U. M., Jorge H. O., Antonio G. S., Mariano G. R., Antonio B. R., José L. M. y Manuel L. S.

La instructora recuerda en el auto que la junta de compensación concertó el 25 de marzo de 2004 un préstamo hipotecario por importe de 10,5 millones con el banco de Santander que resultó impagado a su vencimiento, en marzo de 2007, momento en que “empezó a cuestionarse por parte de algunos propietarios asociados la gestión económica que se venía realizando”.


Dice la juez que toda entidad bancaria tiene la obligación de identificar por sus datos personales a toda persona que realice operaciones de cobro de efectivo por importe de 3.000 euros o cobre en efectivo cheques bancarios de cualquier importe, así como la obligación de conservar los documentos exigibles en aplicación de las medidas de diligencia debida durante un máximo de 10 años, pero en este caso la entidad bancaria no ha localizado en sus archivos la copia de numerosos cheques y consta la emisión de 46 cheques por importe de 309.459,69 euros de los que “no se ha podido identificar a las personas que los cobraron por ausencia de datos en el reverso del cheque o porque aun siendo nominativos es ilegible su lectura”.

El correo electrónico y la huida

Julio Mateos fue nombrado tesorero de la junta de compensación en 2006, ejerciendo dicho cargo hasta el 27 de mayo de 2015, fecha en la que envió un correo electrónico al presidente y secretario de la entidad “reconociendo haberse apropiado dinero de la misma y huyó del país, siendo así que tenían acordada una reunión con el Banco de Santander para la firma de un acuerdo de resolución de deuda aplicando una quita y diseñando un calendario de pagos”.

La gestión económica se realizaba a través de la asesoría Asema y durante el periodo en fue fue tesorero Julio Mateos el cargo de presidente lo ocupó hasta el año 2012 Ismael Antonio P. F. y a partir de esa fecha Francisco C. M., mientras que los otros procesados ocuparon puestos de vocales de la misma.

Durante el periodo de tiempo en que Julio Mateos Palacios ostentó el cargo de tesorero, prosigue el auto, con “incumplimiento de las obligaciones que le correspondían (tales como ausencia de información contable proporcionada a los miembros de la Junta, ausencia de auditorías de cuentas, no realización de presupuestos de gastos e inversiones...) prevaliéndose de su cargo, de la confianza depositada en el mismo por los parcelistas asociados por su condición de asesor fiscal, al estar autorizado en las cuentas en las que la entidad era titular y guiado con el ánimo de enriquecerse en perjuicio de los parcelistas asociados se apropió o desvió durante todo este periodo, cuantiosas sumas de dinero, mediante cheques con cargo a la cuenta de la junta de compensación, incorporándolo a su propio patrimonio, en concreto percibió cheques por importe total de 1.632.544,44 euros a través de la entidad Asema, y en su propio nombre percibió cheques por importe de 282.102,04 euros, siendo consciente que no realizaba ningún trabajo remunerado para la junta de compensación”.

Todo ello causó un “grave perjuicio a los propietarios asociados que han visto como el espacio físico delimitado por el sector F no ha experimentado mejoras o cambios desde el año 2009 y se vieron abocados a un procedimiento de ejecución hipotecaria respondiendo todos ellos como fiadores solidarios”.

En el periodo de tiempo en que Ismael Antonio P. F. fue presidente de la junta de compensación, “prevaliéndose de su cargo y al estar asimismo autorizado en las cuentas de la junta, retiró cheques con cargo a la cuenta de la junta de compensación todos ellos librados al portador por importe total de 301.695,32 euros”, existiendo un desfase entre los fondos retirados y los aplicados al pago de facturas de proveedores de 156.766,06 euros, cantidad que “con ánimo de ilícito enriquecimiento retiró Ismael de la cuenta de la junta para fines personales, actuando de común acuerdo con el tesorero de la entidad”.

Apoderado de un bufete

Por su parte, Juan Carlos N. H., apoderado del bufete Torrens Abogados, encargado del asesoramiento jurídico de la junta, entidad de la que era administradora su mujer, la abogada Concepción Torrens, emitió para junta de compensación entre 2008 y 2014, excepto en 2012, certificados de ingresos y gastos en su condición de auditor censor jurado de cuentas por encargo de Julio Mateos y elaborados a partir de las facturas que le eran aportadas por el tesorero. Dice la juez que este investigado, “en connivencia con Julio Mateos, en numerosas ocasiones cobró cheques en nombre propio y como apoderado de Torrens Abogados” por importe de 313.775,4 euros, que ingresó en Asema, contribuyendo a que esta empresa obtuviera “en su propio beneficio fondos procedentes de la junta de compensación”.

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