La sentencia dictada sobre el Impuesto de Actos Juridícos Documentados “es firme y no susceptible de revisión”
Impuesto Hipotecas
El Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que examinará los recursos pendientes sobre este impuesto de las hipotecas se celebrará el 5 de noviembre
El cambio de criterio por parte del Tribunal Supremo en cuanto al pago del impuesto de Actos Jurdícos Documentados en relación a las hipotecas creó un gran revuelo el pasado jueves que se vio acrecentado tras la nota emitida por el Pleno del Alto Tribunal donde se convocaba hoy a los magistrados de la Sala Tercera a una reunión con el presidente del órgano, Carlos Lesmes.
El presidente del Tribunal Supremo, tras mantener una reunión con el vicepresidente del Tribunal, con el presidente de la Sala Tercera y los magistrados Nicolás Maurandi Guillén, presidente de la sección segunda de la Sala, Ángel Aguallo Avilés, José Diaz Delgado, Francisco José Navarro Sanchís, Jesús Cudero Blas y Dimitry Berberoff Ayuda ha emitido una nota donde se indica que la sentencia donde se indicaba que el impuesto de Actos Jurídicos Documentados que, hasta ahora pagaba el cliente, debía ser abonado por el banco es "firme y o susceptible de revisión".
Asimimo, en la nota se indica que , simultáneamente a esta sentenica se deliberaron, votaron y fallaron otras dos sentencias entre las mismas partes y con similar objeto, que están pendientes únicamente de notificación. "Estas sentencias tampoco son susceptibles de revisión alguna", advierte el Pleno.
Repecto a los asuntos pendientes y no resueltos sobres esta materia "por parte del presidente de la Sala forma parte de sus atribuciones legales cuando lo estime necesario para la Administración de Justicia, sin perjuicio de las facultades del Pleno para resolver lo que en Derecho proceda".
En este sentido, el pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que examinará los recursos pendientes sobre este impuesto de las hipotecas se celebrará el 5 de noviembre.
El pasado jueves 18, el Supremo decidió que sea la entidad financiera, y no el cliente, el que se haga cargo del impuesto de actos jurídicos documentados, en contra de su propio criterio de febrero de este año, cuando una sentencia estimó que el pago debía recaer en el cliente. Ante la avalancha de críticas y el desplome de la cotización de los bancos, al día siguiente, el viernes, el Alto Tribunal anunció que paralizaba con carácter urgente todos los recursos planteados y que estudiaría si confirmaba o no la decisión.
Este vaivén de informaciones ha propiciado que a asociación Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) exige la "inmediata dimisión" de Luis María Díez-Picazo, presidente de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, al considerar que es el "único y exclusivo" responsable de haber generado un "desconcierto en la ciudadanía", después de que convocase un Pleno para resolver si mantiene la última decisión de los miembros del tribunal sobre el impuesto de las hipotecas.
En esta misma línea también se ha manifestado la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), que pide explicaciones ante la nota lanzada por el presidente de la Sala. A su entender, "no aclara" qué va a ocurrir tras la reunión del pleno, sino, al contrario, "crea confusión y no contribuye a la imagen de la independencia del Poder Judicial".
"La labor diaria que los jueces y tribunales españoles desarrollan respetando escrupulosamente este principio, merece el máximo respeto y protección de todos y, especialmente, de los cargos orgánicos", dice en un comunicado.
Según fuentes jurídicas, el Pleno de la Sala "no es una especie de tribunal de apelación para rechazar o ratificar una sentencia". El artículo 197 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dice que "podrán ser llamados , para formar Sala, todos los magistrados que la componen, aunque la ley no lo exija, cuando el presidente o la mayoría de aquéllos, lo estime necesario para la administración de justicia", no a posteriori, como así ha ocurrido según explican estas fuentes.
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