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El Jurado considera probado que el acusado de matar al ladrón de marihuana lo hizo en legítima defensa

Juicio con Jurado

La fiscal ha solicitado la apertura de procedimiento por falso testimonio a las dos testigos que declararon que no fueron a buscar la escopeta que portaban los asaltantes

La sala donde se ha celebrado el juicio con jurado / Belén Vargas

El veredicto del jurado que durante toda la semana pasada siguió el caso del joven acusado de matar a otro que intentaba acceder a una parcela para robar marihuana, ha considerado probada la legítima defensa del procesado por homicidio, J. L. F. G. Según el Jurado ha considerado por unanimidad, el acusado "se encontraba dormido en el interior de la casa cuando le despertaron las voces de la pareja sentimental de A. M. G., dueño de la parcela, diciendo que había entrado alguien. Ante esto, y sabiendo que había una carabina detrás de la puerta, cargada, llegó hasta el muro donde estaba el más tarde fallecido con una escopeta en la mano y A. M. G. tirado en el suelo. Creyendo que probablemente su amigo había sido alcanzado, disparó en dirección al muro, donde la víctima fue alcanzada en tórax, mano y cabeza".

Asimismo, el Jurado afirmó que esta acción se debió a "no sólo a repeler la posible entrada de los asaltantes, sino a que no existía otro medio para poner fin a la situación". En este sentido, el Jurado se ha adherido a la tesis de la fiscal, que pedía la eximente completa de legítima defensa para J. F. L. G. Respecto a la petición del delito de tenencia ilícita de armas que realizó la acusación particular para este procesado, el Jurado considera no probado este extremo y, por tanto, no culpable.

Asimismo, ha decalarado cierto, por unanimidad, que los también acusados J. S. C. y A. F. L., que acompañaban en el intento de robo al fallecido, "tenían intención de entrar a robar en la parcela, y que no lo consiguieron al encontrarse con la resistencia" de las cuatro personas que estaban en ella. De este modo, considera probado que el acusado A. M.G., poseía la carabina con la que J. L. F. G. disparó el tiro mortal, y que además estaba modificada. También por unanimidad, aconseja, si se dan las circunstancias, "suspender la pena que se le imponga y la petición al Gobierno del indulto total o absoluto".

La fiscal ha solicitado para A. M. G. la pena de 1 año y 6 meses, con las accesorias legales correspondientes, aunque ha añadido que no se opondría a la suspensión de la pena por ser la primera vez que es condenado. Por su parte, la acusación particular insistió en la petición para este acuasado de 1 año y 9 meses por el "resultado lesivo final" y porque no ha dicho quién manipuló el arma. Este último punto fue rebatido por el abogado defensor, que recordó que en su primera declaración, su representado dijo cómo adquirió el arma y quién pudo manipularla. Además de por reo primario, solicitó la suspensión de la condena por el probado "arraigo familiar y social" de su patrocinado.

Respecto al acusado A. F. L., para quien el Ministerio Fiscal solicita 3 años y 6 meses por un delito de robo con violencia en grado de tentativa, el Jurado ha declarado probado por unanimidad, que la noche de los hechos se dirigieron a la zona de Las Minillas de Utrera "decididos a robar una o dos plantas de marihuana" de la parcela de A. M. G. y que "conocía que tanto él como el fallecido y F. S. C. llevaban una escopeta y bolsas con municiones y bridas".

Antecedentes de robo con violencia

Asimismo, el Jurado argumenta que dadas los antecedentes penales de A. F. L., condenado a 6 meses por robo con fuerza, aunque se le suspendió la pena, "no aconseja ni la suspensión de pena ni la solicitud del indulto al Gobierno". En términos parecidos se refiere a la actuación del acusado F. S. C., para quien la fiscal pide 3 años y 6 meses, dado que también tiene antecedentes penales por robo con fuerza. En concreto, una ejecutoria arhivada en maro de 2015 de un año de prisión por unos hechos ocurridos en Huelva, y una suspensión de pena de 6 meses en Sevilla también por robo con fuerza. Ambas defensas solicitaron para sus representados la pena mínima legal exigible para A. F. L. y F. S. C.

La escopeta y el falso testimonio

En este sentido, y aunque la escopeta no ha aparecido, dado que tanto las declaraciones de la Guardia Civil como de las parejas de los acusados J. L. F. G. y A. M. G., que estaban en la parcela la noche del intento de asalto, confirman la existencia de un arma en manos de la víctima con la que encañonó a a A. M, G., la Fiscal ha decidio deducir testimonio de dos de las testigos. Se trata de la pareja de A. F. L. y de una amiga, que aunque varios testigos e incluso la propia investigación señalaban como las personas que recuperaron la escopeta que llevaban las asaltantes, durante la vista oral, negaron su participación en la entrega del arma. El Ministerio Público ha solicitado el inicio de un procedimiento de falso testimonio contra las dos mujeres.

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