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Griñán pide a la Audiencia que suspenda el ingreso en prisión porque tiene cáncer

caso de los ERE

El ex presidente de la Junta José Antonio Griñán llega a la Audiencia de Sevilla para notificarse la condena de inhabilitación. / Antonio Pizarro

El ex presidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán va a solicitar a la Audiencia de Sevilla que suspenda su ingreso en prisión porque recientemente le ha sido diagnosticado un cáncer que requiere tratamiento, según han confirmado fuentes del caso, que han señalado que su defensa va a presentar al tribunal la documentación médica que acredita la enfermedad. Fuentes próximas a la familia han explicado a este periódico que se trata de un cáncer de próstata que se encuentra en un estadio "muy avanzado".

La petición de Griñán, que tiene 76 años y que ha sido condenado a seis años y dos días de prisión, se ha conocido el mismo día en que la Audiencia de Sevilla va a notificar el auto que desestima los recursos de súplica y da diez días al ex presidente andaluz y a otros seis ex altos cargos para ingresar de forma voluntaria en prisión.

La solicitud de paralización del ingreso en la cárcel se fundamenta en el artículo 80.4 del Código Penal, que establece que los jueces y tribunales pueden otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta "sin sujeción a requisito alguno" en el caso de que el penado esté aquejado de una "enfermedad muy grave con padecimientos incurables".

Este mismo argumento es el que planteó la defensa del ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá, que también padece cáncer y a quien de momento el tribunal ha permitido que no entre en prisión. En este caso, la Audiencia desestimó el recurso de súplica presentado por la defensa del ex viceconsejero de Empleo pero suspendió su ingreso en prisión hasta que se tramite la suspensión de la ejecución de la pena solicitada por su defensa en base al artículo 80.4 del Código Penal, al estar pendiente de informe por el médico forense. En este sentido, el abogado de este investigado realizó en su recurso alegaciones respecto al fondo de la resolución recurrida y expuso razones humanitarias por la enfermedad que padece.

Los magistrados de la Sección Primera dictaron ayer un auto en el que desestiman los recursos de súplica presentados por ocho de los condenados a penas de cárcel, contra la resolución en la que rechazó suspender las penas privativas de libertad mientras se tramita el indulto parcial solicitado. De esta forma, la Sala ha requerido a siete de ellos para que en el plazo de diez días naturales ingresen voluntariamente en un centro penitenciario, una cuenta atrás que empezará a contar a partir de hoy viernes, cuando se produzca la notificación efectiva a los procuradores. De esta forma, el plazo para elingreso voluntario vence el próximo 2 de enero de 2023, dado que la ley de Enjuiciamiento Civil establece en su artículo 133.1 establece que los plazos comenzarán a correr desde el día siguiente de la notificación.

Los familiares del ex presidente de la Junta y de los otros ex altos cargos han solicitado al Gobierno el indulto parcial. En concreto, la familia de Griñán señaló en su petición que existen argumentos para su concesión, según defienden la mujer y los hijos del político, para quienes "concurren en este caso circunstancias personales excepcionales que amparan la solicitud".

Así, subrayan que el también expresidente del PSOE y ex ministro en la etapa de Felipe González como presidente del Gobierno es "un ciudadano de 76 años de edad con una intachable trayectoria vital caracterizada por su lucha por la libertad y la democracia, la igualdad, el Estado del Bienestar, y por un profundo respeto a las instituciones del Estado, incluidos, por supuesto, los Tribunales de Justicia, sobre los que siempre ha mantenido un prudente silencio en contraste con la exacerbada exposición mediática sufrida durante estos últimos años".

Los familiares de Griñán destacan, asimismo, que el expresidente de la Junta, "tras más de cuarenta años consagrado al servicio público desde las más altas responsabilidades, jamás ha obtenido remuneración alguna distinta de su sueldo como funcionario, como acredita su patrimonio, que es público y conocido y ha sido objeto de investigación durante el caso, sin que en ningún momento se haya producido en absoluto enriquecimiento personal ni familiar".

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