Fitonovo: Todas las claves del caso
El juicio de la operación Madeja
La conformidad alcanzada por los dueños de la empresa con la Fiscalía desinfla el caso.
Un juicio anterior sobre otra de las piezas acabó igualmente con condenas mínimas de entre seis meses y los tres años.
La pieza principal de la macrocausa de la operación Madeja, en la que se enjuicia el pago de mordidas por parte de la empresa sevillana Fitonovo, va a finalizar con condenas mínimas y con 12 absoluciones, algo que pone en cuestión la instrucción realizada por la que fuera juez de Instrucción número 6 de Sevilla Mercedes Alaya, ahora magistrada de la Audiencia de Sevilla.
A estas 12 nuevas absoluciones, hay que sumar las seis que se produjeron en el primer juicio de esta macrocusa.
En el juicio que ha arrancado este martes en la Sección Primera de la Audiencia Nacional, la Fiscalía ha dado cuenta del pacto alcanzado con los principales acusados, los dueños de Fitonovo, Rafael González Palomo, y su hijo, José Antonio González Baró, que han visto reducir considerablemente las peticiones de condena, desde los nueve años y medio de cárcel a los que se enfrentaban inicialmente hasta los 28 y 30 meses de prisión, unas penas para las que el Ministerio Público ya ha solicitado su suspensión dado que consideradas individualmente por cada delito ninguna supera los dos años de cárcel.
¿Cómo se ha producido esta importante reducción de las peticiones del Ministerio Público?
El fiscal de la Audiencia Nacional ha aplicado hasta tres circunstancias atenuantes en la conducta de los principales acusados: las dilaciones indebidas del procedimiento -que se inició en el año 2015-, la confesión de los acusados, y la de reparación del daño. El fiscal ha dicho que en este caso existe interés de la Administración de Justicia en que se pueda dictar una sentencia "sin necesidad de llegar a un juicio largo, complejo y susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo".
De los delitos que inicialmente se les imputaban, el fiscal ha llegado incluso a retirar uno de ellos, el de blanqueo de capitales porque entiende que lo que se hizo en este caso por parte de los responsables de la empresa sevillana es "justificar de un dinero legal la salida de fondos mediante facturación falsa para el pago de comisiones y, por tanto, lejos de ser un blanqueo es justo lo contrario, se ennegreció el dinero".
Así ha dicho que se creó un asiento en la contabilidad de Fitonovo para poder pagar "lo que no se puede justificar".
¿Cómo actuaba Fitonovo para hacerse con los contratos públicos?
La Fiscalía destaca la "multitud de funcionarios que tenía en nómina la dirección de Fitonovo" y concluye que estos cuatro principales acusados "crearon y dirigieron una trama criminal cuyo propósito consistía en obtener un enriquecimiento ilícito procedente de la contratación pública mediante la adjudicación irregular y/o la ejecución no ajustada a lo comprometido en los procedimientos públicos de adjudicación en que habían resultado adjudicatarios".
De esta manera, Fitonovo creó una infraestructura, “tanto operativa como contable, destinada a obtener contratos públicos irregulares, habilitando la estructura comercial de la empresa para conformar una red de contactos con funcionarios corruptos que les facilitaban dicha contratación, y creando una contabilidad paralela que se nutría de facturación falsa para, entre otros fines, financiar el pago de sobornos a funcionarios públicos”.
La prolongación en el tiempo de las “prácticas de corrupción (desde 1995 hasta 2013), el amplio ámbito territorial afectado y la multitud de administraciones y funcionarios implicados”, prosigue el fiscal de la Audiencia Nacional, “llevan a concluir que las prácticas delictivas vinculadas a la obtención fraudulenta de contratos, tanto administrativos como privados, eran un elemento nuclear de la actividad de la empresa, hasta tal punto que ésta puede entenderse como un velo societario de dicha actividad criminal”, precisa el Ministerio Público.
Continúa relatando que la entrega de comisiones se ha prolongado durante al menos quince años, afectando a múltiples Administraciones tanto estatales, como autonómicas y locales, e involucrando a un elevado número de funcionarios y autoridades. De hecho, apunta, “esta organización criminal desarrolló su actividad a través de semejantes prácticas corruptas al menos desde el año 1995, y por un amplio ámbito geográfico: Sevilla, Córdoba, Jaén, Cádiz, Huelva, Algeciras, Zaragoza, Valencia, Barcelona, Extremadura y Canarias”.
La dirección de la trama criminal creó otras empresas (Fiverde, Agropombo, Angoro, Grantalis, etc.), ya como sociedades patrimoniales donde residenciar sus ganancias, ya como sociedades pretendidamente comerciales, pero que se empleaban para “articular concurrencias ficticias en procedimientos públicos” de contratación o para adjudicaciones públicas cuando no era deseable que apareciera como tal la sociedad Fitonovo.
La caja B de Fitonovo y las mordidas: dinero, regalos, viajes, obras en sus casas, etc.
Dentro de esta operativa y dado que el pago de comisiones a funcionarios como compensación de las conductas anteriores no podía justificarse de forma lícita, recoge el fiscal, “el mecanismo establecido para el pago de los sobornos constituía otro importante engranaje de la trama criminal”. Para ello, la empresa Fitonovo tenía constituida una caja B que se nutría de “facturación falsa” con un gran número de empresas suministradoras o proveedoras de aquella, operaciones que se registraban en la contabilidad oficial aparentando compras de suministros o de servicios.
La Caja B servía además para otros fines, como generar gastos que disminuían los beneficios de la sociedad, "con la consiguiente reducción de los tributos a pagar a la Hacienda Pública"; el pago de salarios en B de trabajadores; la constitución de nuevas sociedades: la adquisición de diferentes bienes y realización de inversiones; así como para el pago de dividendos, fundamentalmente a favor de Rafael González Palomo. Dice el fiscal que, mediante esta última vía, entre los años 2003 y 2010, se reintegraron al tráfico económico 2.483.936 euros como "reparto de dividendos, procedente de la Caja B de Fitonovo".
El fiscal afirma que la trama criminal "se sustentaba fundamentalmente en la contratación pública corrupta con diferentes administraciones públicas", para lo cual acudía "sistemáticamente a prácticas corruptas con autoridades y funcionarios públicos que pudieran favorecer la adjudicación de contratos público o la obtención de ventajas ilícitas en su ejecución, permitiendo en este último caso que se realizaran menos trabajos de los facturados o que se ejecutaran de forma distinta de la contratada". Y como contraprestación, entregaban periódicamente "dinero, regalos, pago de viajes, servicios, obras en sus casas, etc".
Condenas de hasta tres años en la primera pieza
Con anterioridad a este juicio la Audiencia Nacional celebró otra vista por la primera pieza de las seis en las que se dividió la macrocausa de la operación Madeja, que acabó con el dictado de sentencia en noviembre de 2020 que incluía igualmente con penas mínimas. En este caso, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a penas que van de los 6 meses a los 3 años de cárcel a tres de los nueve acusados en el juicio de la primera pieza del conocido como caso Madeja, macrocausa que investigó la juez Mercedes Alaya, en relación con los pagos de mordidas a funcionarios a cambio de contratos de obras públicas en torno a la empresa sevillana Fitonovo.
La Sección Cuarta de la Audiencia Nacional dictó sentencia en el marco de la pieza separada 1 denominada “Administraciones Autonómicas e Insulares”, que abarcó actuaciones en las que intervino Fitonovo en las Islas Canarias, fundamentalmente relacionadas con el Cabildo de Lanzarote, en la Comunidad de Extremadura, relacionadas con la zona de Plasencia y Mérida, y la Comunidad de Andalucía, en las zonas de Sevilla y Huelva.
La Sala impuso una pena de 3 años de cárcel por un delito continuado de cohecho a José María Pizarro Gómez, Jefe de Sección de Explotación de carreteras de Mérida (Badajoz), si bien le absuelve del delito de prevaricación por estar prescrito.
Además, el tribunal condenó por cohecho a seis meses de prisión a José Francisco Cazorla, jefe de Servicio de Conservación y Dominio Público Viario, de la Junta de Andalucía, y a José María López Torrego, jefe de Servicio de Carreteras de la Consejería de Fomento de la Junta de Andalucía en la delegación de Huelva. La sentencia aplicó a los tres condenados la atenuante de dilaciones indebidas, por lo que impone las penas en el mínimo de su mitad inferior.
El fallo absolvió a los otros seis acusados. En concreto, la Audiencia absuelve a José Ulises González, Rubens Coba y Gustavo Aldolfo Gómez del delito de cohecho al haber retirado la Fiscalía su acusación, mientras que por prescripción de ese mismo delito absuelve también al delegado de Fitonovo Adolfo de la Torre García, al ex consejero de Obras Públicas del Cabildo de Lanzarote Sergio Machín de León y al funcionario de la Agencia Andaluza del Agua Carlos Francisco Irigoyen.
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