La Fiscalía rebaja a cinco años la petición de cárcel para Ángel Rodríguez de la Borbolla

Tercer juicio de los ERE / Las ayudas a empresas del corcho

Solicita cuatro años de cárcel para el resto de los acusados, entre ellos el actual alcalde de Cazalla de la Sierra

Anticorrupción aprecia la atenuante de dilaciones indebidas

Más de ocho millones de euros en ayudas para las empresas del ex alcalde de Cazalla de la Sierra

El ex alcalde de Cazalla Ángel Rodríguez de la Borbolla.
El ex alcalde de Cazalla Ángel Rodríguez de la Borbolla. / Raúl Caro / Efe

La Fiscalía ha rebajado en dos años la petición de pena inicial para los acusados en el tercer juicio de la macrocausa de los ERE al aplicar la atenuante de dilaciones indebidas. La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla enfila la recta final del juicio sobre los ocho millones de euros de ayuda que recibieron las empresas del ex alcalde de Cazalla de la Sierra durante los años 2001 a 2007. De este modo, la petición de Anticorrupción queda en cinco años de prisión y ocho de inhabilitación para Ángel Rodríguez de la Borbolla, y cuatro años de cárcel y seis de inhabilitación para los otros cuatro acusados, entre los que está el actual alcalde de Cazalla, Sotero Martín.

En sus conclusiones, la defensa de Rodríguez de la Borbolla, ejercida por Adolfo Cuéllar, solicitó la absolución de su defendido y, de forma subsidaria, que se establezca la pena atendiendo a las dilaciones indebidas muy calificadas. De este modo, si no se aprecia la libre absolucion, la pena sería de cuatro años de inhabilitacion por un delito continuado de prevaricación y un año y dos meses por el de malversación. Tanto Cuéllar como el abogado de Sotero Marín y Rogelio Becerra aludieron a la existencia de dilaciones indebidas muy cualificadas y al error de prohibición invencible para rebajar la posible pena a sus defendidos. Es decir, que estarían exentos de responsabilidad criminal.

Ante esto, la fiscal en su informe explicó que aunque "las piezas separadas " y la instrucción" han determinado que la causa "no haya tenido una tramitación ejemplar" no existen dilaciones indebidas muy cualificadas como solicitan las defensas. Del mismo modo, considera que no hay error de prohibición porque, a pesar de los conocimientos políticos y empresariales de los acusados "mantuvieron una actitud pasiva frente a cualquier justificación del dinero público recibido, que sabían que suelen existir en estos procedimientos". Según el Ministerio Público, cualquier persona "mínimamente diligente en actuaciones con la Administración" conoce los requisitos necesarios y las condiciones para recibir dinero público.

La fiscal insistió en que las ayudas recibidas por las empresas del corcho eran "discrecionales" y puso "en cuarentena" las declaraciones realizadas por los acusados ante el tribunal, a quienes imputó "el mínimo interés en el cumplimiento y la gestión en los trámites de las ayudas".

Por otro lado, la letrada de la Junta de Andalucía recordó que los más de ocho millones de euros de ayuda a estas empresas fueron entregados "sin solicitud formal". Unas subvenciones que, en ocasisas eran "específicas e incondicionales" y otras "irrevocable" según las resoluciones de ayuda firmadas por el entonces director general de Trabajo y que eran utilizadas para negociar en las entidades financieras. La letrada consideró en su informe que los acusados se alejaron de la praxis administrativa de manera "activa y patente" mostrando "un total desprecio a las más elementales normas de los procedimientos administrativos".

La letrada de la Junta de Andalucía solicita siete años menos un día de inhabilitación por un delito de prevaricación y cuatro años de prisión y 10 de inhabilitación por malversación para Ángel Rodriguez de la Borbolla. Respecto a Moreira, Rogelio Becerra y Sotero Martín, la Junta de Andalucía pide siete años menos un día de inhabilitación por un delito de prevaricación y tres años menos un día de cárcel y seis de inhabilitación por malversación. Para Gerardo de la Cruz Elías, la letrada ha solicitado tres años y seis meses de inhabilitación por un delito de prevaricación y dos años de cárcel y cinco de inhabilitación por la presunta malversación.

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