La Fiscalía de Huelva ratifica que la periodista condenada incurrió en un delito de revelación de secretos
El derecho a la información, en juego
Recurre la sentencia de la Audiencia para se le aprecie una "eximente incompleta" de actuar en el ejercicio de la profesión periodística y plantea que se mantenga la misma condena de dos años o se rebaje a nueve meses
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La Fiscalía de Huelva ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la sentencia de la Audiencia onubense que ha condenado a dos años de cárcel a una periodista por un delito de revelación de secretos, por haber publicado informaciones recopiladas del sumario de la maestra de Zamora Laura Luelmo en El Campillo (Huelva), pero lo ha hecho únicamente para que se le aprecie una "circunstancia eximente incompleta" de actuar en el ejercicio de la profesión periodística. El fiscal jefe de Huelva, Alfredo Flores Prada, no pide la absolución de la informadora, sino que ratifica que, a su juicio, ésta incurrió en un delito de revelación de secretos.
En el recurso presentado -que por cierto ha sido facilitado por el Ministerio Público cuando el mismo aún no ha sido trasladado a las partes personadas en la causa-, el fiscal jefe de Huelva pide a la Sala de Apelación Penal del TSJA que revoque la sentencia y "condene" a la periodista por un delito de revelación de secretos del artículo 197 del Código Penal concurriendo la "eximente incompleta de actuar en el ejercicio de la profesión periodística en relación el drecho a la información" a las penas solicitadas en sus conclusiones definitivas, es decir, a los dos años de cárcel que la Fiscalía pidió y que la Audiencia onubense impuso.
No obstante, el fiscal plantea de manera subsidiaria la condena por el delito de revelación de secretos a nueve meses de prisión y al pago de una multa de 1.620 euros.
Es decir, la Fiscalía ratifica que la informadora incurrió en el delito, pero considera que el tribunal debió aplicar una circunstancia eximente incompleta que tampoco varía a efectos prácticos la pena de prisión para la periodista. El fiscal Alfredo Flores opina que la "clave del caso" es "un conflicto entre la intimidad y dignidad de la víctima y su familia por un lado y la información periodística veraz y contrastada en un tema de claro interés público pero con un origen ilícito en la obtención de datos reservados y un claro exceso en los detalles publicados por otro. Son desgraciadamente frecuentes los casos de publicación de los detalles de una investigación secreta y en este caso fue muy intenso e invasivo el tratamiento en medios escritos y televisivos de la muerte violenta de la víctima".
Se reitera de esta forma el supuesto "origen ilícito" de la obtención del periodista de la información, cosa que no ha quedado probada en ningún momento a lo largo del proceso.
El fiscal añade que "es evidente y así lo reconoce la sentencia, cuyos hechos probados parten de la condición de periodista de la condenada y que reproducen las noticias objeto de acusación que la información es veraz y de interés público (caso de asesinato y violación seguido en toda España) y al mismo tiempo que se dan detalles ilícitamente obtenidos al proceder de una investigación judicial reservada que nada aporta a la opinión pública y que atacan gravemente la intimidad de la víctima y su familia".
De esta forma, el representante del Ministerio Público insiste en que se trata de un supuesto donde "partiendo de que la acusada es periodista, cubre una noticia de clara relevancia e interés público nacional, obtiene de forma no concretada pero ilícita las actuaciones sumariales y las publica sin omitir datos que afectando gravemente a la intimidad de la víctima y de su familia, nada aportaban al derecho constitucional de la opinión pública de estar informados del crimen y su investigación", sigue opinando el fiscal.
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