Anticorrupción mantiene los 6 años de cárcel para cuatro acusados por las ayudas de Invercaria a Fumapa
El cuarto juicio de Invercaria / las ayudas a Fumapa
La Fiscalía retira los cargos contra uno de los empresarios y rebaja la pena a un año y seis meses de cárcel para el otro.
El fiscal sostiene que Invercaria sustituyó un sistema de incentivos por un "sistema de ayudas encubiertas"
La Fiscalía Anticorrupción ha mantenido este lunes la pena de prisión de seis años para el ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo y los miembros del consejo de Administración de esta sociedad Isabel de Haro Aramberri, Jacinto Cañete y Ramón Martín López, aunque ha retirado la acusación contra uno de los empresarios de Fumpa, la empresa de La Carolina (Jaén) que recibió un préstamo por importe de 359.581,6 euros.
Al inicio de la novena y última sesión del juicio que se sigue en la Audiencia de Sevilla por las ayudas a Fumapa, el fiscal delegado de Anticorrupción Fernando Soto Patiño ha retirado los cargos contra el empresario Francisco Gutiérrez Cañizares, aunque ha mantenido su intervención en los hechos como partícipe a título lucrativo, y ha rebajado la petición de condena de dos años y medio a un año y medio de cárcel en el caso del otro empresario, Fulgencio Canales Rodríguez, que al igual que el anterior estaban considerados como inductores de los delitos de prevaricación y malversación que atribuye a los otros cuatro acusados en este cuarto juicio de la macrocausa de Invercaria.
El Ministerio Público reclama que los acusados indemnicen conjunta y solidariamente a la agencia Idea con 300.000 euros, puesto que considera que el "perjuicio total a la mercantil Invercaria y a la agencia Idea asciende a 359.581,60 euros, cantidad que puesta en relación con los fondos propios del año 2008 destinados a inversiones, suponen un daño relevante en las propias cuentas de la entidad y en los posibles fondos destinados a otros proyectos en fase semilla o arranque”.
Por su parte, las defensas de los acusados han elevado a definitivas sus conclusiones provisionales, en las que piden la absolución y algunos de los letrados han planteado asimismo la aplicación en caso de condena de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada, por el tiempo que ha transcurrido entre la investigación de esta pieza y su enjuiciamiento.
En su informe ante el tribunal, el fiscal ha comenzado por describir el contexto en el que a su juicio operaba la sociedad de capital riesgo Invercaria, una sociedad anónima privada pero "de derecho público", por lo que ha hecho hincapié en que en modo alguno puede considerarse como una entidad exclusivamente privada, denunciando en este sentido que Invercaria "sustrajo el único control de legalidad" y "nunca ha estado controlada" hasta la fiscalización realizada por la Cámara de Cuentas en el año 2009 y posteriormente por el informe de Control Financiero Permanente de 2012.
La importancia del Plan Director
El fiscal ha destacado también la importancia del "plan director" de Invercaria -que regulaba una serie pasos para realizar la inversión como pasar por un departamento de Promoción, otro de Inversiones y un Comité de Inversiones- como instrumento que recoge los pasos que debían seguir los proyectos de inversión y en este sentido ha dicho que no era un plan "orientativo", como declaró el ex secretario del consejo de administración de Invercaria, sino que era un plan "aprobado" por dicho consejo y debía seguirse en cuanto al procedimiento que establecía. Sin embargo, ha señalado que lo acusados decidieron la inversión "saltándose todos los procedimientos", convirtiendo un sistema de concesión de incentivos en un "sistema de ayudas encubiertas".
Por todo ello, el fiscal ha criticado el "proceder negligente" tanto del consejero delegado, el ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, como de los miembros del consejo de Administración enjuiciados, añadiendo la "absoluta arbitrariedad, descontrol y negligencia" en la concesión de las ayudas. Sobre la actuación de los miembros del consejo ha insistido en que intervinieron en la concesión de la ayuda "con una dejación consciente y deliberada, omitiendo las más elementales normas de control y aprobando una ayuda sin ni un papel".
El fiscal ha recordado que en este caso concreto no existía plan de negocios ni propuesta de inversión por parte de Invercaria, y ha afirmado que la empresa Fumapa presentó una "documentación insuficiente, incompleta y que en algún caso no responde a la realidad", señalando que en el año 2008 Fumapa estaba en "quiebra técnica y no se encontraba en condiciones de devolver un préstamo".
También ha criticado la "indolencia" con la que posteriormente a la concesión de la ayuda se desarrolló el "seguimiento" de la inversión realizada por parte de Invercaria, algo que ha tildado de "sorprendente", y así ha afirmado que Invercaria tardó cuatro meses en reclamar el crédito a la administración concursal que se hizo cargo de la empresa cuando ésta entró en concurso de acreedores.
El juicio quedará visto para sentencia este lunes, cuando las defensas de los acusados expongan sus informes definitivos. En la sesión anterior, dos peritos que analizaron la situación económica de la empresa Fumapa confirmaron esta mercantil, ubicada en La Carolina (Jaén) y que tenía como uno de sus principales clientes a Santana Motor, se hallaba en "causa de disolución" cuando recibió el crédito, dado que contaba con un patrimonio negativo en el último ejercicio, y además no había presentado un "plan de negocios" para solicitar dicha ayuda por parte de la sociedad pública de capital riesgo andaluza.
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