La aldaba
Carlos Navarro Antolín
La lección de Manu Sánchez
Caso Magrudis
La declaración del estado de alarma por el coronavirus y el obligado confinamiento de la población no reduce el riesgo de fuga de los dueños de Magrudis, sino que lo incrementa. Esto es lo que considera la asociación de consumidores Facua, que ejerce la acusación particular en la causa en la que se investiga el mayor brote de listeriosis detectado en España y que ha recurrido la decisión de la instructora de dejar en libertad a los propietarios de la empresa, José Antonio Marín Ponce y su hijo Sandro José Marín Rodríguez.
En el recurso presentado contra el auto de libertad dictado por el juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla el pasado 17 de marzo, Facua argumenta que no existen "elementos nuevos que inviten a pensar que el riesgo de fuga ha desaparecido", sino que dicho riesgo se ha incluso "acrecentado" porque desde que los propietarios fueron encarcelados -el 26 de septiembre de 2019- se han "incrementado considerablemente el número de víctimas, así como la previsión de responsabilidad civil por la que se ha llegado a establecer una fianza de cinco millones".
De esta forma, la acusación particular entiende que la potencial pena que pudiera recaer a estos investigados resultaría "superior a la previsible en el momento del decreto de prisión provisional a la vista de los datos actuales".
La juez Pilar Ordóñez aseguró en el auto de prisión que el riesgo de fuga había disminuido, "dadas las circunstancias que concurren" y también una vez decretado "el estado de alarma y limitada por tanto la libertad de circulación de las personas, que únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las actividades que indica" el artículo 7 del Real Decreto mencionado.
Sin embargo, Facua considera que el estado de alarma "podría asemejarse a la retirada del pasaporte, en cuanto a que el investigado ha de superar especiales dificultades para su sustracción ante la Justicia, hechos que fueron debidamente tenidos en cuenta en el auto de 26 de septiembre de 2019". Una persona sin pasaporte, prosigue la acusación particular, también se encontraría con "serias dificultades para darse a la fuga, sin embargo, no existe un impedimento físico insuperable que le obligue a mantenerse a disposición judicial, no siendo ello desconocido por el legislador, el cual decidió crear la figura de la prisión provisional a fin de desarrollar un auténtico impedimento físico que, de otra manera, no existiría".
Facua añade que, aceptando a efectos dialécticos una disminución del riesgo de fuga por el estado de alarma, "no es objeto alguno de justificación el porqué no se procede al reingreso en prisión provisional una vez superado dicho estado de alarma. En vez de ello se opta por la retirada de pasaporte y comparecencias apud acta, pese a que, como hemos dicho, los motivos que fundamentan un temor al riesgo de fuga, lejos de verse disminuidos, han sido agravados".
En este sentido, destaca que la puesta en libertad provisional de los dueños de Magrudis junto con la suspensión de realizar comparecencias apud acta hasta que se supere el estado de alarmaapud acta "no hace más que aumentar el riesgo de fuga de los investigados, toda vez que de materializarse la fuga, el juzgado tendría conocimiento de ello días, semanas, e incluso meses después, dificultando o imposibilitando cualquier labor de localización y detención". Y a estos efectos, Facua hace hincapié en la "omisión a la hora de implantar otras medidas cautelares, tales como el control de localización mediante sistemas GPS, control policial domiciliario, etc."
Además del riesgo de fuga, Facua considera igualmente que hay riesgo de reiteración delictiva por parte de los dos investigados, puesto que "no existe argumento (ni elementos materiales) alguno que justifique la desaparición de tal posibilidad de reiteración criminal. Es más, de la instrucción sí podemos concluir que los investigados son plenamente capaces de reiterar tal actividad".
Así, la acusación particular dice que el dueño de Magrudis cuenta con "amplios antecedentes mercantiles, habiendo gestionado diferentes empresas del sector alimentario, empresas que, pese a que resultaron deudoras de créditos incobrables, no fue impedimento para crear nuevas empresas mediante el uso de testaferros con los que evitar los problemas legales o económicos que su persona podría suponer en caso de exponer como administrador de derecho". Es decir, los investigados tienen los conocimientos y experiencia más que suficientes para llevar a cabo "la creación de nuevas empresas y llevar la administración de hecho de las mismas bajo la pantalla de testaferros que harían las veces de administradores de derecho, teniendo en cuenta que tales actos parecen que hay habrían sido cometidos previamente para eludir responsabilidades civiles".
Facua señala que no desconoce que existen dificultades para iniciar una nueva actividad delictiva durante el estado de alarma, pero "nada impide que tras una vuelta a la normalidad no puedan llevar a cabo las mismas", y es coherente pensar que cuando se levante el confinamiento "se agilizarán por parte del Gobierno los mecanismos para que los autónomos puedan iniciar una nueva actividad profesional, lo que podría repercutir en una mayor agilidad procesal para llevar a cabo la susodicha reiteración".
Por último, la asociación de consumidores discrepa "profundamente" con la afirmación por parte de la juez respecto a que la instrucción está "prácticamente terminada", dado que, según recoge, queda por recibir testimonio de las personas que tuvieron una implicación directa con el desarrollo del documento de autocontrol realizado por la empresa Tecoal, así como aquellas que visitaron las instalaciones para poder realizar el mismo.
Pero además, Facua no descarta que haya nuevas imputaciones porque "resulta imprescindible llevar a cabo una investigación encaminada a identifica a aquellas personas, pertenecientes al Ayuntamiento de Sevilla o a la Junta de Andalucía que fuesen responsables de coordinar y ordenar las inspecciones e investigaciones exigidas por la legislación vigente y que no fueron llevadas a cabo" -tal y como expresó la inspectora veterinaria municipal en su declaración en febrero pasado- con la finalidad de "depurar posibles responsabilidades penales contra éstas por coadyuvar a la generación del brote de listeriosis y, con ello, el delito de salud pública objeto del presente procedimiento".
Por todo ello, Facua ha presentado un recurso de reforma y subsidiario de apelación ante la Audiencia de Sevilla para que que se deje sin efecto el auto de libertad provisional de los dueños de Magrudis y, en su lugar, se ordene el "reingreso en prisión" de José Antonio Marín y de su hijo Sandro.
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