Experto en Derecho Internacional recomienda planear una correcta planificación sucesoria para los británicos residentes en España
Notarios
Alfonso Ybarra Bores analizó la sucesión de los británicos residentes en España en una nueva ponencia de la Cátedra de Derecho Notarial Internacional y Comparado impulsado por la UPO y el Colegio Notarial de Andalucía
El profeso de Derecho Internacional Privado de la Universidad Pablo de Olavide, Alfonso Ybarra Bores, analizó la sucesión de los ciudadanos británicos residentes en España, actualmente más de 300.00, sobre todo en Málaga y Comunidad Valenciana, y la diferente problemática que puede generarse al fallecer sin realizar testamento. La intervención de Ybarra se realizó durante una nueva ponencia perteneciente a la Cátedra de Derecho Notarial Internacional y Comparado, impulsado por el Colegio Notarial de Andalucía y la Universidad Pablo de Olavide y dirigida por Andrés Rodríguez Benot, Catedrático de Derecho Internacional Privado. En esta ocasión, la conferencia se realizó íntegramente por Zoom.
Alfonso Ybarra señaló que las amplias diferencias de los sistemas sucesorios español y británico podrían haber quedado en buena parte minimizadas si el Reglamento Europeo 650/2012 fuera aplicable en el Reino Unido, pero este país no firmó finalmente dicho instrumento; eso genera diferentes situaciones complicadas a nivel jurídico, porque el Reglamento, aunque no aplicable en el Reino Unido, sí afecta a los británicos residentes en España.
"El sistema británico ofrece una amplia libertad a la hora de testar, en principio puede dejarse heredero a quien se estime conveniente, no existen las legítimas propias del derecho español que asegura una parte del patrimonio del causante a hijos o parientes".
En este sentido, son muy comunes los casos de ciudadanos casados, con hijos y propiedades en el Reino Unido, que se traslada a vivir a España. Aquí se separan, tienen nuevos hijos y adquieren nuevo patrimonio. "Siempre es aconsejable otorgar testamento, pero en estos casos aún más. Para evitar que el heredero se encuentre con situaciones sorpresivas y desagradables, que finalicen en largos litigios, es recomendable acudir a un profesional especializado, conocedor de la materia y formado. En este sentido el notario es el profesional que mejor le va a asesorar, para realizar una adecuada planificación sucesoria y dejar claro qué ordenamiento conviene que se aplique a la sucesión, si el español o el británico, haciendo un traje a la medida de cada caso", indicó el profesor.
Asimismo, el ponente analizó las más recientes resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en relación a la sucesión de británicos en España. "Las resoluciones de la Dirección General están poniendo en duda, por ejemplo, los testamentos parciales o simpliciter, esto es, aquellos que se hacen en España por los británicos para regular únicamente la sucesión de sus bienes aquí, y donde se elige que la sucesión sea regulada por el Derecho inglés. Personalmente los considero una herramienta y una alternativa muy útil que ha ayudado mucho a solucionar problemas en relación a este tipo de sucesiones. Su erradicación podría retrotraernos a situaciones del siglo pasado", finalizó Alfonso Ybarra.
Con esta nueva Cátedra de Derecho Notarial Internacional y Comparado, tanto el Colegio Notarial de Andalucía como la Universidad Pablo de Olavide tienen el objetivo fundamental de promover en el alumnado un conocimiento más práctico y cercano de esta disciplina, basado en los ejemplos y casos concretos que se ven en los despachos notariales. Asimismo, también se pretende acercar la institución notarial a los universitarios, promoviendo una “cantera de notarios” entre los futuros graduados y contempla la realización de sesiones prácticas por parte de notarios y en la organización de al menos dos seminarios anuales con cuestiones específicas de Derecho Internacional Privado y Comparado.
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