Condenada una mujer a 19 meses por herir a martillazos a su marido
San Juan de Aznalfarache
No ingresará en prisión porque el tribunal ha suspendido la ejecución de la pena de dos años
Una mujer que agredió a su marido a martillazos en San Juan de Aznalfarache ha sido condenada a 19 meses de cárcel por un delito de lesiones, aunque no entrará en prisión después de que el tribunal que la juzgó haya suspendido la ejecución de la pena durante dos años.
En la sentencia, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla castiga a G.L.M. con un año y siete meses de cárcel por un delito de lesiones agravadas por el uso de instrumento peligroso, con la agravante de parentesco y la atenuante muy cualificada analógica de anomalía psíquica.
En el momento de los hechos, según la Sala, la acusada presentaba "un trastorno de adaptación con ansiedad y algunos componentes depresivos", así como "rasgos anómalos de personalidad que mermaban sus facultades intelectivas levemente y las volitivas de forma moderada".
Tras el suceso, además, fue ingresada en el Hospital Virgen del Rocío por una "ingesta voluntaria" de benzodiacepinas y alcohol que tomó con la finalidad de autolesionarse.
El tribunal también prohíbe a la mujer aproximarse a menos de 300 metros de su esposo y su domicilio y comunicarse con él por cualquier medio durante dos años y siete meses.
La sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, considera probado que G.L.M. y su marido se encontraban en el domicilio familiar sobre las 4:00 horas del 26 de noviembre de 2015 y entre ambos comenzó una discusión en el curso de la cual la acusada, "con ánimo de menoscabar la integridad física" de su cónyuge, "lo golpeó repetidamente en la cara y en la cabeza con un martillo".
Como consecuencia del suceso, el marido sufrió "múltiples heridas complejas" y una fractura "panfacial" de las que curó en cuarenta días y que le han dejado como secuela, entre otras, una cicatriz de 3x33 centímetros en la nariz.
"A pesar de la gravedad de los hechos", la víctima y los dos hijos que tiene el matrimonio renunciaron a "toda acción civil y penal que pudiera corresponderles", por lo que no fueron parte en el proceso.
La vista oral por esta causa iba a celebrarse el pasado 4 de diciembre, pero la Fiscalía y la defensa alcanzaron un acuerdo antes del juicio y la encausada aceptó la petición de pena realizada por el Ministerio Público, por lo que la Sección Cuarta dictó sentencia firme en la misma sala.
En cuanto a la suspensión de la ejecución de la condena, los jueces valoraron el informe favorable del fiscal, el tiempo transcurrido desde los hechos, la inexistencia de antecedentes penales de la encausada y su conformidad con el castigo.
La mujer, que estuvo en prisión provisional desde el 4 de diciembre de 2015 al 20 de abril de 2016, no volverá a la cárcel siempre que no cometa ningún delito durante el plazo suspensivo de dos años.
También te puede interesar
el caso de la copa de Navidad
La Audiencia obliga al juez a revisar el archivo de la denuncia por la copa de Navidad de Urbanismo
Lo último
Antonio R. de la Borbolla | Presidente de la Asociación Nacional de Soldados Españoles
“El soldado español se hace querer en todas partes”
ESPECIAL MATADORES (IV)
Roca Rey: ¿Estadística o regusto?
ENSEMBLE DIDEROT | CRÍTICA
Guerra y música en Berlín