La auditora de la Cámara de Cuentas asegura que “observaron claramente” riesgo de menoscabo en las ayudas

Juicio de los ERE

Sostiene que el uso de las transferencias de financiación habría sido correcto si la agencia IDEA hubiera tenido la "competencia plena" sobre las subvenciones

La auditora de la Cámara de Cuentas, Nuria Mendoza, durante su declaración.
La auditora de la Cámara de Cuentas, Nuria Mendoza, durante su declaración. / EFE

La auditora de la Cámara de Cuentas de Andalucía Nuria Mendoza Domínguez ha asegurado este martes en el juicio por el denominado “procedimiento específico” de los ERE que tras realizar el informe de fiscalización de las ayudas concedidas por la Consejería de Empleo en el periodo 2001-2010 “observaron claramente” riesgo de menoscabo de fondos públicos, por lo que dicho dictamen se elevó al Tribunal de Cuentas, que es el que debe determinar la posible “responsabilidad contable”.

A preguntas del abogado del ex director de Trabajo Javier Guerrero, la testigo ha afirmado que en su opinión el análisis de las ayudas concedidas “a diez años vista observó claramente riesgo de menoscabo de fondos público”, por lo que se dio traslado al gabinete jurídico y el informe de fiscalización se elevó al Tribunal de Cuentas, que “es el único que tiene jurisdicción para determinar si hubo o no menoscabo”.

De hecho, el Tribunal de Cuentas ha dictado ya seis sentencias condenatorias relacionadas con el pago de ayudas de los ERE. En la última, fechada en mayo pasado, el Alto Tribunal ha condenado a Astilleros de Sevilla y a los ex directores general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez y Daniel Alberto Rivera a devolver 5.684.074,50 euros correspondientes al "menoscabo de fondos públicos" relacionados con las nueve ayudas que se concedieron a esta empresa "prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido".

Con anterioridad, la Sección de Enjuiciamiento de dicho tribunal dictó otra sentencia en la que condenó a Daniel Alberto Rivera y a la empresa Consyproan a devolver a la Junta 286.952,6 euros de una ayuda. En las otras cuatro resoluciones restantes, ha sido condenado el ex director de Trabajo Juan Márquez a reintegrar a la Junta 1,2 millones por las ayudas concedidas en su día a las empresas Calderinox, Saldauto, Nueva Lima y Valeo Iluminación.

La auditora de la Cámara de Cuentas ha defendido que las transferencias son un instrumento legal y necesario para la financiación de las empresas, y ha insistido en que en este caso hubo un “uso inadecuado” del instrumento porque el “único cometido” de las transferencias es equilibrar la cuenta de pérdidas y ganancias -una aseveración sobre la que otros testigos han expresado opiniones diferentes-, y en caso de que hubiera excedentes debían reintegrarse a la tesorería.

A su juicio, en la ley de Presupuestos iba “bien clasificada” como transferencia de financiación, pero debería haberse promovido una modificación presupuestaria “en función del destino que la Consejería quería dar” a dichas transferencias para el pago de las subvenciones. Por ello, considera que “hay un error” en función del destino que Empleo pretendía dar a esos créditos, a lo que ha añadido que las ayudas habrían sido objeto de fiscalización previa si no hubiesen sido tramitadas “inadecuadamente”.

En cualquier caso, ha indicado que si IDEA hubiera tenido "competencia plena" para conceder las subvenciones, las transferencias de financiación sí habrían sido adecuadas, porque en realidad la agencia estaba actuando como entidad colaboradora cuando no podía hacerlo porque “no había una orden de subvenciones”, y ha remarcado que las transferencias tienen un destino general y las subvenciones específico, por lo que “el mecanismo adecuado eran las subvenciones, no las transferencias de financiación”.

La auditoria ha añadido que el “marco normativo” para conceder las subvenciones estaba fijado en la ley general de la Hacienda Pública y en el reglamento de subvenciones, y al ser interrogada sobre si las ayudas se emplearon al fin para el que habían sido destinadas ha dicho que no lo sabe. “No podíamos saberlo porque no había justificación de los expedientes, no había nada para saber que se habían utilizado para el fin para el que se habían concedido”, ha argumentado, al tiempo que ha puntualizado que “valoraron la documentación que había en los expedientes y en los expedientes no había documentación”.

También ha defendido que el informe definitivo de fiscalización en es el que tiene validez. “Podemos tener 1.000 documentos de trabajo, pero lo que se aprueba es el informe definitivo, que es el único instrumento de trabajo”, ha sentenciado.

La testigo ha explicado, a preguntas del letrado Adolfo Cuéllar, que actualmente trabaja como coordinadora de una consejera de la Cámara nombrada a propuesta del Partido Popular y el hecho de que el PP esté personado como acusación popular en este proceso, ha indicado que no le influye “ni en este acto ni en ningún otro”.

Otro auditor niega que el "marco referencial" fuese la orden estatal de 1995

Santos Rodríguez Huertos, otro auditor que ha comenzado a rendir testimonio ante el tribunal, ha indicado que no considera que las ayudas que durante una década concedió la Consejería de Empleo de la Junta pudieran acogerse al "marco referencial" de la orden del Ministerio de Trabajo de 1995, una de las líneas de defensa que se han planteado en el juicio por el denominado "procedimiento específico" de los ERE.

Este auditor formó parte del equipo de fiscalización que en 2011 examinó 102 expedientes de ayudas y que redactó el informe de fiscalización de la ayudas en el periodo 2001-2010, y en su declaración ha destacado que fue la propia Consejería de Empleo la que introdujo que el marco legal que amparaba las ayudas era precisamente el de la orden ministerial de 1995, una afirmación con la que el auditor ha mostrado su desacuerdo.

El testigo ha explicado que cuando acudieron a la Consejería de Empleo para realizar los trabajos de campo y descubrieron "el monstruo al que se enfrentaban", tuvieron que fijar unos criterios de análisis. Sobre el informe definitivo de fiscalización aprobado por la Cámara de Cuentas ha señalado que el documento es un "punto de partida, no suple la instrucción" que debe realizar el Tribunal de Cuentas para determinar si se ha producido algún supuesto de "responsabilidad contable".

Cuando se creó la Consejería de Innovación, en el año 2004, fue ésta la que asumió las competencias de ayudas en materia de empresas, y desde Empleo planteaban que desde esa fecha no tenían competencia para dar las ayudas a empresas, sólo las sociolaborales.

El informe de la Cámara de Cuentas concluyó que la Junta "se subrogaba las obligaciones de las empresas" en materia de las ayudas, eso según ha sostenido "técnicamente era así". El informe definitivo también recoge entre sus conclusiones que los trabajos de fiscalización de la Cámara de Cuentas han permitido comprobar que "los gastos por subvenciones han sido tramitados y fiscalizados presupuestariamente como transferencias de financiación durante todo el periodo 2001/2010, sin que se adoptaran las medidas necesarias para solventar los incumplimientos que de manera reiterada habían sido manifestados en los informes de control financiero realizados al IFA/IDEA".

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