CSIF Prisiones critica que "hay presos de primera y de segunda" por el caso de Griñán
El caso de los ERE
El sindicato dice que se crea un "agravio con el resto de presos" porque "si tienes dinero o un currículum político tienes más prefernecia que el resto"
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El sindicato CSIF de Prisiones ha señalado que la decisión de la Audiencia de aplazar el ingreso en prisión del ex presidente de la Junta José Antonio Griñán por el cáncer de próstata que padece "crea un agravio con el resto de presos" y se traduce en que "hay presos de primera y de segunda".
En un tuit publicado en la cuenta oficial, el sindicato critica que el ex presidente pueda librarse de la cárcel debido a su enfermad. "El caso de Griñán se traduce en que hay presos de primera y de segunda. Que si tienes dinero o un currículum político tienes más preferencia que el resto", aseguran.
Y añade que "la población reclusa al final se entera, no es tonta y sabe perfectamente lo que ocurre".
El sindicato se ha pronunciado en este sentido después de que este periódico publicase los datos del informe general de Instituciones Penitenciarias, en el que se recoge que en el año 2021 se realizaron en los centros sanitarios públicos un total de 576 consultas oncológicas y en 2016 fallecieron 13 presos debido a tumores.
Según los datos que recoge el Informe General de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias correspondiente al año 2021, en las cárceles españolas se realizaron ese año 91.860 consultas de atención especializada, de las cuales 62.823 se atendieron en el interior de los centros penitenciarios, 1.507 se efectuaron por el procedimiento de telemedicina y 27.530 se llevaron a cabo en el exterior en centros sanitarios de la red pública, lo que precisó de la excarcelación del paciente para asistir a la consulta.
La Audiencia de Sevilla decidió la semana pasada aplazar el ingreso en prisión de Griñán para cumplir la pena de seis años de cárcel impuesta por el caso ERE hasta que éste concluya las sesiones de radioterapia, de forma que, una vez finalicen dichas sesiones, su representación letrada deberá comunicarlo "inmediatamente" a la Sala, acompañando documentación médica, a fin de que se emita nuevo informe por el médico forense.
El abogado del ex presidente de la Junta de Andalucía presentó a finales del pasado mes de diciembre un escrito solicitando la suspensión del ingreso en prisión al amparo del artículo 80.4 del Código Penal, artículo que dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables. De manera subsidiaria, pidió el aplazamiento del ingreso en prisión, en tanto que considera que el tratamiento prescrito para la enfermedad que padece no puede ser desarrollado convenientemente por los servicios médicos del centro penitenciario.
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