El Betis tendrá que abonar ahora 4 millones de euros a Lopera una vez que es firme la sentencia
Tras once años de batalla judicial
Los abogados del ex mandatario confían en que el club verdiblanco abonen "de manera inmediata" la cantidad y así se eviten "nuevos incumplimientos del acuerdo"
El Supremo desestima el recurso de Lopera contra la sentencia por la compra del 31% de las acciones del Betis
Farusa presentó recurso de casación y por infracción procesal contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla que confirmó el fallo del juzgado de lo Mercantil número 1
La representación jurídica de Manuel Ruiz de Lopera ha lamentado la sentencia del Tribunal Supremo que ha desestimado el recurso de casación presentado contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla que confirmó otra sentencia del juzgado de lo Mercantil número 1 por la que se determinó que Lopera no había adquirido el 31,38% del capital social del club con su dinero en 1992 y declaró la nulidad de la suscripción del paquete de 36.869 acciones durante el proceso de conversión del club en Sociedad Anónima Deportiva. Y aunque no están satisfechos con la resolución del Alto Tribunal, recuerdan que el recurso no iba a tener "ningún resultado práctico" y en este sentido han señalado que ahora el Real Betis tendrá que abonar cuatro millones a Lopera, un pago que estaba pendiente precisamente de la firmeza de esta sentencia.
El abogado Pablo Amores, del bufete Montero-Aramburu, ha considerado en declaraciones a este periódico que la sentencia Tribunal Supremo, "dicho con los máximos respetos, es decepcionante en la medida en que no entra a resolver el fondo del asunto, esto es, si hubo un desembolso efectivo de una parte de las acciones que en el año 1992 suscribió Farusa mediante la asunción por esta sociedad del denominado 'Préstamo de las Cajas' que adeudaba el Real Betis en aquel momento, remitiéndose a estos efectos, exclusivamente, a lo sentenciado en instancias anteriores, las cuales, por otro lado, ni siquiera entraron a valorar esta cuestión".
El letrado insiste en que se refiere a “una parte de las acciones” porque "no debe olvidarse que, aparte de las acciones discutidas, Farusa suscribió y desembolsó, en el año 1992, 514 millones de pesetas en acciones del Real Betis, lo que en ningún caso se ha puesto en duda en éste ni en ningún otro procedimiento".
El recurso de casación planteado, recuerda el letrado, "no iba a tener, en ningún caso, ningún resultado práctico para Farusa ni el señor Ruiz de Lopera, pues el acuerdo transaccional del año 2017 ya preveía una transmisión de este paquete de acciones cuestionadas al Real Betis".
"Nuestro cliente interpuso el recurso de casación con el objetivo de evitar que quedara como hecho probado que no hubo un desembolso de este número limitado de acciones y ello a pesar de que, por razón de este recurso de casación planteado, ha pospuesto durante varios años el cobro de 4.000.000 euros que ahora, con la sentencia firme del Tribunal Supremo, debe abonar el Real Betis".
En este sentido, la resolución judicial notificada "no es satisfactoria, pero nos consuela la convicción de que a lo largo de estos once años de batalla judicial se han aportado pruebas diversas que acreditan que, efectivamente, Farusa sí asumió y pagó un préstamo del Real Betis por importe de 308 millones de pesetas, equivalente al valor de estas acciones cuestionadas", ha añadido Pablo Amores.
En todo caso, los abogados de Lopera confían en que, una vez cerrado este asunto, "el Real Betis cumpla con el acuerdo transaccional firmado en su día y abone la citada cantidad de 4.000.000 euros de manera inmediata, evitándose así nuevos incumplimientos del acuerdo como ocurrió al no levantar el Real Betis los avales otorgados por Manuel Ruiz de Lopera en favor del Benfica por el traspaso del jugador Nelson; asunto por el que el Real Betis ya ha sido condenado", ha concluido el letrado.
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