El Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía, condenado a indemnizar con 109.146 euros a una empresaria

Fuentes de Andalucía

En 2020 el TSJA condenó al consistorio por denegar la licencia para una Sala de Duelos en la localidad

El Juzgado de lo Contencioso Adminsitrativo número 12 de Sevilla considera correcta la indemnización que el Ayuntamiento le negó

La Sala de Duelos objeto de las sentencias
La Sala de Duelos objeto de las sentencias

La intención de poner en marcha una Sala de Duelos en Fuentes de Andalucía se convirtió en un escarpado camino para una empresaria local que ahora empieza a ver la cima. Si en mayo de 2020 el TSJA le daba la razón y consideraba no ajustada a derecho, por desviación de poder, la denegación de licencia del Ayuntamiento para abrir una Sala de Duelos en la localidad, ahora el Juzgado de lo Contencioso Administrativo númetro 12 de Sevilla ha condenado al consistorio a indemnizarla con 109.146 euros por los años en que no pudo ejercer su actividad empresarial. Una compensación que le fue denegada por vía administrativa por la entidad municipal, por lo que ha tenido que acudir a la Justicia, que una vez más le ha dado la razón.

La lucha de Ana Rosa Villar por poner en marcha la Sala de Duelos María Auxiliadora comenzó en agosto de 2013 cuando presentó la Memoria del Proyecto y la Solicitud de Licencia de Obras que son denegadas en noviembre de ese año tras anunciar al consistoria que iba a comenzar los trabajos. El motivo: no haber incluido en el proyecto la dotación de 17 plazas de aparcamiento. Ella impugna esta decisión judicialmente y reclama al Ayuntamiento en concepto de daños por los gastos incurridos hasta aquél momento en concepto de alquiler de local y varios gastos más. Finamente, no pudo abrir la Sala de Duelos hasta 2018.

La empresaria, representada por la abogada Mercedes León, fundamentaba su petición de indemnización en que el Ayuntamiento "vino denegando de forma contumaz e injustificada la licencia de actividad a la actora, a pesar de que su proyecto reunía todos los requisitos para ello, con el único objetivo de que el proyecto municipal de tanatorio y crematorio no tuviera ninguna competencia privada, en clara desviación de poder, como reconocen las sentencias que obligan al Ayuntamiento a otorgar la licencia". Por su parte, el consistorio de Fuentes de Andalucía alegaba prescripción de la responsabilidad patrimonial para no satistacer la indemnización.

Esta sentencia -la quinta que la empresaria obtiene a su favor-, contra la que cabe recurso de apelación, señala que durante cinco años la empresaria ha tenido que sufragar los gastos del alquiler de local, luz y agua, "facturas que puntualmente abonaba al propietario del local", lo que supone un total de 23.136,59 euros. Por otro lado, al no haber podido abrir su establecimiento, no ha podido obtener en esos cinco años ningún beneficio por su actividad empresarial. Para calcular este dinero se ha tomado como referencia los resultados de la dos primeros años de funcionamiento de la Sala de Duelos (2018 y 2019), 86.009,85 euros en total.

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