La Audiencia ordena procesar a dos ex alcaldes socialistas de Huévar por la supuesta compra de votos

DELITO DE PREVARICACIÓN

Estima el recurso de la acusación del PP en un caso denunciado por la alcaldesa de Huévar, María Eugenia Moreno

La Fiscalía inició la investigación por la presunta compra de votos en Huévar

La alcaldesa de Huévar, María Eugenia Moreno, en el centro, con Toni Martín y Virginia Pérez, en la Aaudiencia de Sevilla. / M. G.

Giro importante en el caso de la presunta compra de votos en Huévar. La Audiencia de Sevilla ha ordenado reabrir la causa por las presuntas contrataciones irregulares y que sean procesados dos ex alcaldes socialistas de la localidad hervense, Rafael Moreno y Aurea Moreno, quienes figuraban como investigados.

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Sanlúcar la Mayor acordó en mayo de 2022, el sobreseimiento de la causa contra ambos ex regidores del PSOE, pero ahora la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha dictado un auto, al que ha tenido acceso este periódico, en el que estima el recurso de apelación presentado por el PP en este caso que fue denunciado en 2019 por la alcaldesa de Huéva, Maria Eugenia Moreno.

La Audiencia considera, en contra del criterio del instructor, que de las diligencias practicadas se "desprenden indicios de la presunta comisión de un delito de prevaricación en la actuación de los investigados Rafael Moreno Segura y Aurea Moreno Borego", una conducta tipificada en el artículo 404 del Código Penal, que castiga a "la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo".

El recurso del PP consideraba que los dos investigados, en su condición de alcaldes de la localidad de Huevar del Aljarafe, durante los años 2014 a 2019, procedieron a contratar a diversos vecinos de la localidad "sin ningún tipo de expediente ni de procedimiento de selección, relacionando hasta un total de 21 personas contratadas de forma irregular".

De los distintos contratos suscritos por los dos ex regidores socialistas, de las declaraciones prestadas por algunos de estos vecinos ante la Guardia Civil y fundamentalmente del informe emitido por la secretaria interventora del Ayuntamiento de la localidad "no se puede descartar la existencia de delito en la conducta de los citados investigados".

Contrataciones "absolutamente irregulares"

Dice el tribunal que las referidas contrataciones "se llevaron a efecto de forma absolutamente irregular, sin tramitar expediente alguno, incumpliendo los principios de concurrencia, igualdad, mérito y capacidad; de hecho la secretaria interventora así lo confirma en el informe relacionado al señalar que no existía una bolsa de empleo municipal, que no se hacía una valoración de méritos de los candidatos, que no se daba publicidad de las ofertas de empleo y que ni siquiera se incoaban expedientes".

En consecuencia, prosigue el tribunal, "no parece que pueda descartarse que las resoluciones administrativas dictadas por los alcaldes investigados acordando las referidas contrataciones pudieran ser manifiestamente ilegalesal faltar los requisitos necesarios para llevar a efecto las mismas y, por tanto, pudieron contravenir los principios de concurrencisa, igualdad, mérito y capacidad consagrados en los artículos 103 CE y 91,3 y 103 Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local".

La acusación popular alegaba en su recurso que secretaria interventora del Ayuntamiento efectuó los correspondientes reparos a dichas contrataciones, aportando los correspondientes escritos, y aún cuando los documentos en los que constan dichos reparos se han aportado fuera del plazo de instrucción, "ello no se entiende relevante en esta fase procesal en la que nos encontramos, al entender que existen indicios de delito en la conducta de los dos alcaldes investigados a la vista del informe emitido por la secretaria interventora, sin que, por otra parte su falta de aportación en plazo de los referidos documentos impida su presentación como prueba para el acto del plenario de seguir adelante".

Por todo ello, concluye la Audiencia, procede estimar el recurso de apelación del PP, en el sentido de "dejar sin efecto el auto de sobreseimiento provisional respecto a Rafael Moreno Segura y Aurea Moreno Borrego, respecto a los cuales deberá seguirse las actuaciones por el trámite del procedimiento abreviado", es decir, que sean procesados.

La "trituradora de papel casi quemada por el uso"

Esta denuncia fue llevada a la Fiscalía en 2019 por la alcaldesa de Huévar, María Eugenia Moreno (PP), que solictó expresamente que se investigaran posibles delitos electorales por la “compra de votos y malversación continuada con dinero público” en el Ayuntamiento hervense por parte de los anteriores gobiernos municipales socialistas.

La denuncia relataba que a la alcaldesa se le negó la llave del Ayuntamiento después de ser investida y tuvo que pedir una copia, y al acceder a las dependencias municipales comprobó como los “antiguos regidores municipales habían procedido a almacenar e intentar destruir toda una serie de documentos” que se desconocen.

En el despacho de la Alcaldía y, en concreto, detrás de la silla del alcalde, había una “trituradora de papel, inservible y casi quemada por el uso”, mientras que en el despacho del teniente de alcalde se localizaron una serie de cajas con documentos algunos “transcritos de puño y letra del anterior ex alcalde”.

El PP aseguró entonces que había “claros indicios de la existencia de un entramado para la captación de votos mediante el ofrecimiento de trabajos municipales”. También denunció una serie de facturas “presuntamente pagadas con fondos municipales, entre las que se encuentran una serie de cargos por carteles e invitaciones a un mitin del PSOE”.

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