La Audiencia juzgará en octubre el cuarto juicio de Invercaria, por las ayudas a Fumapa
Macrocausa de Invercaria
Se celebrará a partir del día 6 de octubre, fecha en la que teóricamente otra Sala de la Audiencia finalizará el juicio de la tercera pieza de la macrocausa, la denominada "pieza de personal".
El cuarto juicio que se celebrará de la macrocausa de Invercaria ya tiene fecha. Arrancará el próximo 6 de octubre de este año para juzgar el préstamo que por importe de 359.581,6 euros concedió la sociedad pública de capital riesgo a la empresa Fumapa y por el que se sentarán en el banquillo seis acusados, el ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, los que fueran miembros del consejo de Administración Isabel de Haro Aramberri, Jacinto Cañete y Ramón Martínez López, así como los empresarios Fulgencio Canales Rodríguez y Francisco Gutiérrez Cañizares.
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha establecido un calendario de 14 sesiones para esta vista oral que arrancará el 6 de octubre de 2021 y está previsto que finalice el 27 de octubre. Este juicio es el cuarto de Invercaria que llega a juicio y lo hará casi sin solución de continuidad con respecto a la tercera pieza de la macrocausa, la denominada pieza de "personal", cuyo juicio se celebrará entre los días 13 de septiembre y 6 de octubre.
Esta cuarta pieza de Invercaria llega finalmente a juicio después de diversos avatares, puesto que inicialmente la vista oral se vio suspendida sine día por la celebración del juicio por el procedimiento específico de los ERE, dado que uno de los acusados, el ex director de IDEA Jacinto Cañete también estaba procesado en la pieza política de los ERE, a pesar de que la instrucción de la pieza de Fumapa había finalizado en el año 2017.
Como curiosidad, el juicio será presidido por el magistrado Juan Antonio Calle Peña, que ya presidió el primer juicio de los ERE y que puede ser uno de sus últimos juicio dado que se jubila anticipadamente en el mes de noviembre y la ponente de esta pieza es la magistrada Encarnación Gómez Caselles, que también formó parte del tribunal que condenó a los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán.
La ponente ha propuesto la celebración del juicio en tres sesiones semanales, con una duración de cuatro horras cada una, todo ello para "aprovechar de forma óptima los escasos recursos de los que disponemos para llevar a cabo el desarrollo del acto del juicio", según explica la magistrada en el auto en el que fija este juicio.
La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado una condena de seis años de prisión y 25 años de inhabilitación para el ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo por delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, en relación con los préstamos que por importe de 359.581,6 euros concedió esta sociedad pública andaluza de capital riesgo a la empresa Fumapa.
El Ministerio Público solicita las mismas penas de seis años de prisión y 25 de inhabilitación para los miembros del consejo de Administración de Invercaria Isabel de Haro Aramberri, Jacinto Cañete, y Ramón Martín López; mientras que a los administradores de Fumapa, los empresarios Fulgencio Canales Rodríguez y Francisco Gutiérrez Cañizares, les ha pedido dos años y medio de cárcel y seis inhabilitación para cada uno. A estos dos últimos acusados, los fiscales los consideran inductores de los delitos de prevaricación y malversación, apreciándoles además una circunstancia atenuante en su conducta prevista en el artículo 65.3 del Código Penal, para “cuando en el inductor o en el cooperador necesario no concurran las condiciones, cualidades o relaciones personales que fundamentan la culpabilidad del autor”, lo que permite imponer la pena inferior en un grado.
Además de las penas de cárcel y de inhabilitación, el Ministerio Público reclama que los seis acusados indemnicen conjunta y solidariamente a la agencia Idea con 300.000 euros, puesto que, según apunta en el escrito de conclusiones provisionales, “el perjuicio total a la mercantil Invercaria y a la agencia Idea asciende a 359.581,60 euros, cantidad que puesta en relación con los fondos propios del año 2008 destinados a inversiones, suponen un daño relevante en las propias cuentas de la entidad y en los posibles fondos destinados a otros proyectos en fase semilla o arranque”.
En su escrito de conclusiones provisionales, el fiscal relata que Fumapa es una sociedad limitada constituida el 13 de diciembre de 1988, cuyo objeto social es entre otras la fabricación y venta de carpintería metálica y aluminio y cristal, cuyo capital social es de 45.436,52 euros. En fechas no determinada, los socios de Fumapa, Fulgencio Canales Rodríguez y Francisco Gutiérrez Cañizares, lograron una reunión en La Carolina (Jaén) con el presidente de Invercaria, Tomás Pérez-Sauquillo.
Después, el 8 de abril de 2008, los empresarios se reunieron con Pérez-Sauquillo y personal de Invercaria, para la concreción de la petición de inversión. En esa reunión en la sede de Invercaria, no entregaron “más de dos folios manuscritos, en los que se contenía una serie de gastos entre 2005 y 2008, así como un inventario de inmovilizado de Fumapa y Fumafra”, mercantil esta última constituida por los mismos socios.
El fiscal explica que a finales de 2006 tanto Fumapa como Fumafra presentaban fondos propios negativos por 27.644 y 165.037 euros, respectivamente, y ambas se encontraban en una situación “comprometida” desde el punto de vista económico a todos los niveles.
El entonces presidente de Invercaria, Tomás Pérez-Sauquillo, a pesar de ser “consciente de la irregularidad del inicio del trámite y de la inviabilidad en todos los sentidos de tal ayuda, con estos datos y documentos, hizo llegar a través de su secretaria el interés del mismo en que se analizara la inversión, dándose traslado de estos documentos a personal del departamento de Promoción, cuyo director era en esas fechas Cristóbal Cantos”.
No pasó por el departamento de análisis e inversiones
El proyecto no pasó por el departamento de análisis e inversiones de Invercaria ni por el comité de dirección, y en el informe se constató un “deficiente análisis de la inversión propuesta y siempre de manera fragmentaria y parcial que consistió en una ficha informativa incompleta, y de apenas unos párrafos de medio folio y un informe, meramente informativo”. El documento, de “medio folio”, concluía que ambas empresas mostraban “problemas de liquidez a corto plazo y que se carecían de datos que indicasen la operación a realizar, inversión, y que financiación se pedía a Invercaria”.
Posteriormente, el propio Cristóbal Cantos elaboró un informe el 19 de mayo de 2008 y “sin formato oficial”, en el cual decía que carecía de datos que se han requerido y se hablaba de la “alta consideración e importancia del proyecto”, aunque también se advertía de la “deficiente situación de liquidez, con fondos propios negativos y fuerte dependencia de un solo cliente” y se apuntaba la necesidad de hacer una auditoría de cuentas para el ejercicio 2007, así como diversificar la cartera de clientes y hacer un informe sobre la gestión de la empresa. “Ninguno de estos tres aspectos señalados como necesarios se realizó posteriormente ni el presidente dio orden en tal sentido”, precisa el fiscal, que recuerda que el 23 de julio de 2008, el consejo de administración de Invercaria acordó por unanimidad la concesión de un préstamo participativo por importe de 300.000 euros, y se votó “a pesar de no presentar plan de negocios, ni análisis de inversión”.
Según la Fiscalía, Invercaria el 1 de octubre de 2009 era “consciente de la comprometida situación económica de Fumapa, de sus problemas con Hacienda y la Seguridad Social a través de una reunión mantenida con personal de la misma y donde hasta entonces no se habían afrontado los pagos de principal e intereses del préstamo”.
En esta causa, el juez acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones con respecto a Cristóbal Cantos, el denunciante del caso Invercaria, al considerar que “no queda debidamente acreditada que por parte de este investigado hubiese existido colaboración o participación de ningún género en la perpetración de delito alguno, valorándose ello así ponderadamente en relación a los hechos descritos” en la resolución. Cantos ha sido citado como testigo a este juicio.
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