La ventana
Luis Carlos Peris
Perdidos por la ruta de los belenes
Macrocausa de Invercaria
El juez de Instrucción número 16 de Sevilla, Juan Gutiérrez Casillas, que investiga la macrocausa de Invercaria, ha remitido a la Audiencia para su enjuiciamiento la pieza separada de personal, en la que está procesado Juan María González Mejías, sobrino del ex presidente del Gobierno Felipe González. Con esta instrucción finalizada, son ya 13 las piezas que el magistrado ha elevado a la Audiencia para la celebración del correspondiente juicio oral, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
En una providencia, el instructor ha acordado remitir a la Audiencia Provincial de Sevilla dicha pieza separada de personal de Invercaria, en la que están acusados el ex presidente y ex consejero delegado de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, el ex director financiero Antonio Nieto Garrido y los ex directores de Promoción Juan María González Mejías y Cristóbal Cantos.
Así, se trata de la decimotercera pieza separada del caso que el juez remite a la Audiencia Provincial para su enjuiciamiento, tras las correspondientes a las ayudas a Fumapa, Juana Martín, Lolita Canalla, Ferias Internacionales Virtuales de Andalucía (FIVA), Own Spa, Operadores Aéreos Andalus, Servivation, Aceitunas Tatis -cuyo juicio se celebrará a partir del próximo día 16 de septiembre en la Sección Primera de la Audiencia-, Electronics Devices Manufacturer (EDM), CEDS S.A., Med & Check y Keepfresh.
Una vez en la Audiencia, esta pieza separada ha sido repartida entre las secciones penales en virtud del turno específico de reparto establecido para las causas de especial complejidad, que son aquellas que superan los 3.000 folios -sin contar los anexos documentales- o que tienen ocho o más intervinientes personados, sin incluir a la Fiscalía. En este sentido, el enjuiciamiento de la pieza separada de personal ha correspondido por reparto a la Sección Cuarta de la Audiencia.
En su escrito de conclusiones provisionales, la Fiscalía Anticorrupción ha pedido seis años de prisión y nueve de inhabilitación para el ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo; la misma pena de cárcel para Antonio Nieto Garrido; y tres años y medio de prisión para los ex directores de Promoción Cristóbal Cantos y Juan María González Mejías. Además, en concepto de responsabilidad civil reclama que Juan María González abone 29.928,25 euros; 12.960 euros en el caso de Cristóbal Cantos; 232.446,32 euros Antonio Nieto; y 90.224,16 euros a Tomás Pérez-Sauquillo.
El juez de Instrucción número 16 de Sevilla, Juan Gutiérrez Casillas, había procesado a estos cuatro ex directivos de Invercaria en la denominada pieza de "personal" de este macroproceso. En un auto dictado el día 29 de marzo, el magistrado tomó esta decisión al entender que los cuatro investigados podrían haber participado en un delito continuado de prevaricación del artículo 404 del Código Penal en concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos del artículo 432 del Código Penal.
El auto se produjo después de que el juez rechazara la petición de archivo planteada por la defensa del sobrino de Felipe González, que recuerda que tres informes avalan que no hay ningún delito en la conducta que se atribuye a este ex directivo en relación con el finiquito que percibió en octubre de 2007.
Según el juez, el 1 de julio de 2005, el investigado Juan María González suscribió un contrato de trabajo por tiempo indefinido con Invercaria para desempeñar el cargo de director de Promoción en el centro de trabajo de Sevilla, de modo que, cuando comenzó a trabajar en Invercaria, esta sociedad de capital riesgo, “a petición” de este investigado, “se subrogó en el préstamo personal que la agencia IDEA le había hecho a Juan María González durante el tiempo que desarrolló su trabajo para la referida agencia IDEA”, una operación con la que Juan María González “pasó a contraer una deuda con Invercaria” por una cuantía de 17.468,75 euros “en concepto de préstamo que debía devolver en 60 meses mediante detracciones mensuales de las retribuciones que fuera percibiendo como trabajador de Invercaria”.
El juez precisó en el auto que terminó la instrucción que, a la finalización de la relación laboral de Juan María González con Invercaria, “tenía pendiente de devolver 27.406,25 euros de los que Invercaria le había prestado”, y señaló que el ex presidente y el ex director financiero de la sociedad pública “decidieron condonarle esa cantidad pendiente de devolución”, con lo que “permitieron que obtuviera un lucro indebido con esos fondos públicos en perjuicio para el patrimonio de Invercaria”, siendo estos tres investigados “conscientes y sabedores de la manifiesta irregularidad de esta condonación”.
El 31 de mayo de 2010, este último investigado fue nombrado consejero delegado de Invercaria y, al día siguiente de su nombramiento, “concertó con Invercaria la concesión de un préstamo personal de 30.000 euros a devolver en 60 mesesmediante detracciones de las retribuciones que fuera percibiendo como trabajador”, pero a la fecha del cese de la relación laboral “tenía pendiente de devolver 29.000 euros” que “no devolvió” en ese momento “con el consentimiento” del director financiero. Finalmente, el procesado repuso dicha cantidad en marzo de 2012.
El juez consideró que “existenindicios racionales de la concurrencia y presupuestos, al menos indiciariamente”, de los delitos de prevaricación y malversación, y centrándose en este último delito precisó que “existen indicios racionales claros” del mismo “al existir disposiciones de fondos públicos a los que tenían acceso” los cuatro investigados en su relación laboral con Invercaria, “prevaliéndose de las facultades que ostentaban en los cargos que ocupaban para así realizar actos indebidos ilícitos y antijurídicos en detrimento del patrimonio público y en orden a obtener un lucro ilícito e indebido”.
En el auto, el juez explicaba que esta pieza separada procede del ramo principal de Invercaria y se abrió “por las actuaciones manifiestamente contrarias a derecho en materia de retribuciones del personal y finiquitos en dicha entidad, actuaciones que supusieron” la “disposición de importantes cantidades de dinero a favor de los investigados”.
De este modo, el magistrado señala que, como consejero delegado de Invercaria, Tomás Pérez-Sauquillo “asumió, entre otras, las facultades de contratar y separar empleados y señalarles las correspondientes retribuciones y puestos de trabajo”, de forma que “decidía qué personas eran contratadas para trabajar en la entidad Invercaria, así como los sueldos que le correspondían”.
Según indica el instructor, “esta decisión la adoptaba Tomás Pérez-Sauquillo sin adaptarse a ningún procedimiento legalmente establecido y por su propia voluntad”. Así, “nunca recabó el preceptivo informe previo de la Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía y Hacienda, ni respetó los límites salariales que le imponían las distintas leyes de Presupuestos de la Comunidad Autónoma”.
“Prevaliéndose de sus facultades como consejero delegado de Invercaria, Pérez-Saquillo, en los años 2007 a 2009, decidió incrementar las retribuciones que iba a percibir personalmente de Invercaria y ello con el único propósito de enriquecerse a costa de los fondos de Invercaria” y “sin que existiera causa justificada” de dichas subidas salariales, asevera el magistrado.
El juez añadía que, el 17 de abril de 2006, el investigado Antonio Nieto suscribió un contrato de trabajo por tiempo indefinido con Invercaria para prestar sus servicios como director financiero, y añade que el presidente, “concertado” con Nieto, “sin que existiera fundamento objetivo que lo justificara, decidió retribuir al investigado en el periodo de los años 2007 a 2010 unas cifras salariales muy superiores a las que le correspondían según su contrato de trabajo y la legislación vigente sin causa legal justificada”, y todo ello “sin que existiera otra causa de esas subidas salariales que el propósito de ambos de obtención de lucro por parte de Antonio Nieto en perjuicio de Invercaria”.
El 1 de noviembre de 2005, el investigado Cristóbal Cantos suscribió un contrato de trabajo por tiempo indefinido con Invercaria a fin de que ostentara el cargo de director de Promoción en el centro de trabajo de Sevilla, agregando que, en julio de 2007, Invercaria concedió a Cristóbal Cantos un préstamo personal de 30.000 euros a devolver en sin intereses en 60 mensualidades mediante un descuento en la nómina. Según el auto, a la fecha de la extinción de la relación laboral, Cristóbal Cantos “tenía pendiente de devolver a Invercaria la suma de 17.962,53 euros” de ese préstamo personal.
El juez asevera que el ex presidente y el ex director financiero de esta sociedad de capital riesgo, “manejando los fondos públicos de Invercaria, decidieron condonarle la cantidad pendiente de devolución del préstamo personal”, con lo que “permitieron que obtuviera un lucro indebido en detrimento de Invercaria”. El instructor considera que estos tres investigados “eran conscientes y sabedores de lo irregular e ilegal de la condonación de la cuantía todavía adeudada”.
En otro auto dictado el día 25 de abril, el magistrado abrió juicio oral contra el ex presidente de Invercaria por supuestos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, mientras que también abrió juicio oral contra los otros tres acusados en esta pieza separada por un presunto delito de malversación. El juez instructor dictó este auto después de que presentaran sus respectivos escritos de acusación la Fiscalía Anticorrupción, el PP-A, Venture Invercaria y la agencia Idea.
El juez ha acordado, de otro lado, el archivo de la investigación por la ayuda de 300.000 euros que Invercaria concedió a la discográfica “El pescador de Estrellas”, al entender que de la investigación practicada no ha quedado “debidamente justificada” la perpetración de ningún delito de malversación de caudales públicos, ni de prevaricación, tráfico de influencias, o falsedad documental.
En un auto fechado el 5 de agosto, el instructor explica que El pescador de Estrellas es una sociedad mercantil que se creó el 11 de enero de 2008 en Sevilla para la edición de obras musicales y producción musical en todas sus facetas, además de que su objeto social también incluía la compra venta y arrendamiento de inmuebles y el asesoramiento comercial e inmobiliario.
La empresa recibió un préstamo de 300.000 euros de Invercaria después de que se realizara un análisis por parte de la sociedad andaluza de capital riesgo. Dice el juez que hubo un “estudio de mercado”, previsiones financieras del promotor y una propuesta de inversión, lo que “demuestra que existió un análisis financiero y que la entidad cumplió su propio protocolo en orden a la consecución de las ayudas”.
También hubo seguimiento e informes de control, y cuando el préstamo se dejó de pagar, se presentó una demanda por la que se han recuperado hasta el momento 12.009,37 euros, por lo que concluye en que Invercaria “siguió el procedimiento establecido en orden a una decisión para la concesión de las ayudas”.
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