La Audiencia de Sevilla mantiene al asesino de Rocío Caíz en la cárcel para que no se fugue antes del juicio
Crimen de Estepa
Rechaza la petición de libertad provisional de Adrian N., que estranguló a la joven en Estepa en junio de 2021, y prorroga la prisión preventiva a la espera de que el TSJA decida si también es juzgado por violación
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Adrian N., que confesó haber matado y descuartizado a Rocío Caíz, la joven de 17 años con quien había tenido un hijo y cuya relación acabó poco antes del suceso, va a seguir en prisión preventiva otros dos años más. Así lo ha decidido la Audiencia de Sevilla para garantizar que el autor confeso del crimen, ocurrido en Estepa el 2 de junio de 2021, no se fugue antes de que se celebre el juicio con jurado popular en el que se dirimirá si cometió un asesinato, como sostiene la familia de la víctima, o un homicidio, como defiende la Fiscalía, que no cierra la puerta a modificar su calificación en función de las pruebas que se practiquen durante la vista oral.
Aunque el Juzgado de Instrucción número 1 de Estepa decretó la prisión provisional comunicada y sin fianza el 13 de junio, el plazo a efectos de contabilizar el periodo en ese régimen carcelario empezó el 10, cuando fue detenido. Como la ley establece un tope de dos años para crímenes castigados con penas superiores a tres años, el margen estaba a punto de expirar, de ahí que el pasado 3 de mayo se celebrara una vista en la Audiencia para tomar una decisión al respecto. Todas las acusaciones solicitaron la prórroga de la prisión preventiva, mientras que la defensa pidió que fuese puesto en libertad provisional.
En un auto fechado el 8 de mayo, la magistrada que presidirá el enjuiciamiento reconoce que “en el presente caso, la celebración del juicio oral no es posible antes del transcurso del plazo de dos años” porque todavía está “pendiente de resolución” el recurso de apelación que los familiares de Rocío presentaron contra otro auto, este del 13 de enero de 2023, en el que la Justicia rechazaba su pretensión de que Adrian N. también fuese juzgado por agresión sexual, maltrato habitual y usurpación de identidad.
El juez que investigó el caso no contempló ese delito ni en el auto de procesamiento ni en el de apertura de juicio oral, así los familiares recurrieron y llegaron hasta el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Esa apelación aún no ha sido contestada y por eso la Audiencia de Sevilla no ha podido fijar todavía la fecha en que se celebrará el juicio. Lo hará cuando el alto tribunal andaluz establezca si estima la solicitud de la familia o la vuelve a rechazar.
A la espera de que el TSJA resuelva, la magistrada-presidenta del Tribunal del Jurado de Sevilla considera que “a día de hoy subsisten la razones que justifican el mantenimiento” de la prisión provisional para Adrian N.. La principal de esas razones es “el riesgo de fuga” debido a “la extraordinaria gravedad de los hechos imputados al acusado y la elevada pena de prisión que se solicita”. En concreto, la Fiscalía pide 18 años de cárcel por un delito de homicidio y otro de profanación de cadáver, mientras que las acusaciones particulares quieren prisión permanente revisable por un delito de asesinato cometido después de una agresión sexual.
“Aunque se le reconociera el arraigo en nuestro país, la extrema gravedad de los delitos” y de la posible condena implica “un riesgo considerable” de que quiera “sustraerse a la acción de la Justicia”, prosigue el auto, que considera “necesaria” la prórroga de la prisión preventiva “para conjurar” ese peligro y “asegurar su presencia en el juicio”.
Así pues, el Tribunal del Jurado acuerda proseguir con la prisión provisional, comunicada y sin fianza de Adrian N. hasta un máximo de otros dos años a computar desde el 10 de junio de 2021. Es decir, hasta el mismo día de 2025. La resolución, que no es firme y admite recurso de súplica ante la misma magistrada, será trasladada ahora tanto al centro penitenciario donde está ingresado el homicida confeso como al presidente del TSJA.
Adrian, de 23 años y nacionalidad rumana, y Rocío, de 17 años y natural de Martín de la Jara, habían sido novios e incluso habían tenido un hijo cuatro meses antes, aunque en el momento de los hechos ya no eran pareja. El joven, de 23 años entonces, la mató, descuartizó el cadáver y lo repartió en varios contenedores de Estepa. Tras proclamar su inocencia durante los primeros días de la investigación, acabó confesando el crimen una semana después.
Al conocer el escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía, la familia de Rocío expresó su sorpresa e indignación. La razón por la que el Ministerio Público no ve asesinato (por ahora) es que, según el forense que realizó la autopsia, había heridas indicativas de que ella se había defendido, lo que elimina la posible alevosía en la conducta del homicida. Y si no hay alevosía (atacar a la víctima por sorpresa y no darle ninguna posibilidad de defenderse), no hay asesinato.
La familia de Rocío y la acusación popular ejercida por la Junta de Andalucía, en cambio, reclaman la condena máxima, la prisión permanente revisable, por un delito de asesinato. Los familiares también exigen que el acusado sea enjuiciado por agresión sexual.
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