La Audiencia excluye a Daniel Alberto Rivera de la pieza por las ayudas al "tándem" de la Sierra Norte

El tribunal considera que se han superado los plazos de instrucción en relación con la investigación al ex director de Trabajo de la Junta

El curioso caso del ex director de Trabajo Daniel Alberto Rivera

Daniel Alberto Rivera pasa el control de seguridad de los juzgados del Prado, en una imagen de archivo.
Daniel Alberto Rivera pasa el control de seguridad de los juzgados del Prado, en una imagen de archivo. / Juan Carlos Muñoz

La Audiencia de Sevilla ha excluido al ex director de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera de una de las piezas principales de la macrocausa del caso de los ERE que quedan por ser juzgadas, la que se refiere a las ayudas de 34.264.273 euros concedidas al denominado "tándem" de la Sierra Norte, compuesto por los empresarios José Enrique Rosendo -fallecido en 2016- y José María Sayago, y en la que la Fiscalía Anticorrupción había solicitado una condena de dos años de cárcel para el ex alto cargo de la Junta.

En un auto dictado el pasado 11 de abril, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla estima el recurso de apelación presentado por la defensa de Daniel Alberto González Rivera contra un auto del juez de refuerzo de Instrucción número 6 de Sevilla José Ignacio Vilaplana, al considerar que se han superado los plazos legales de investigación previstos en el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Según el tribunal, el plazo legal para llamar al proceso a Rivera expiró 14 de octubre de 2017, por lo que ordenó el archivo de la causa contra el ex director de Trabajo.

El caso de Daniel Alberto Rivera es paradójico dentro de la macrocausa de los ERE, por cuanto la decisión inicial de la Audiencia de exculparlo en el juicio por el denominado "procedimiento específico" o “pieza política” de los ERE ha provocado que sea investigado en varias decenas de piezas separadas, por lo que tendrá que enfrentarse a muchos juicios y peticiones de condena que pueden llegar hasta los 300 años de cárcel.

El juez de refuerzo José Ignacio Vilaplana acordó en mayo de 2021 la apertura de juicio oral contra el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera y otras cuatro personas investigadas en esta relevante pieza separada del caso ERE, en la que se han investigado presuntas irregularidades en las ayudas concedidas por la Administración autonómica por un importe total de 34.264.273 euros al “entramado empresarial” radicado en la Sierra Norte de Sevilla.

El magistrado abrió juicio oral contra el ex alto cargo de la Junta y otros tres investigados por delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos, mientras que contra el quinto de los investigados acuerda la apertura de juicio oral por delitos de prevaricación, malversación y, alternativamente, delitos de estafa o de apropiación indebida. Ahora, tras la decisión de la Audiencia, Vilaplana ha excluido a Rivera de esta pieza, acordando el archivo de las actuaciones contra el mismo.

En su escrito de acusación, el Ministerio Público había solicitado para el ex director de Trabajo de la Junta dos años de cárcel y seis años de inhabilitación especial para empleo y cargo público por un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación, mientras que, por estos mismos delitos, pide para otros tres acusados cinco años de prisión y doce años de inhabilitación absoluta, y para Sayago seis años de cárcel y quince años de inhabilitación absoluta.

La Junta exculpaba a Rivera

La acusación que ejerce la Junta no ejercitó pretensión de condena frente al ex alto cargo de la Junta investigado en esta pieza separada y solicitó para dos de los encausados cinco años de prisión y seis años de inhabilitación absoluta por un delito continuado de malversación, y siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito continuado de prevaricación.

Asimismo, la Junta pide para los otros dos acusados tres años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito de prevaricación, y tres años de cárcel y cinco años de inhabilitación absoluta por el delito de malversación, así como que los cuatro investigados indemnicen a la propia Administración autonómica con distintas cantidades.

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