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Anticorrupción pide cuatro años y medio para un empresario de Jerez por una ayuda ERE de 25.000 euros

Caso ERE

El juicio se celebra este lunes en la Audiencia de Sevilla y todo apunta a que se resolverá con un acuerdo de conformidad entre la acusación y el investigado, administrador de Carpintería Pérez y Fuentes

El juez cierra una pieza de los ERE con diez procesados por las ayudas de 100 millones a Santana Motor

El caso será juzgado por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla. / D.S.

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla va a enjuiciar este lunes al antiguo administrador de Carpintería Pérez&Fuentes, una empresa domiciliada en Jerez de la Frontera (Cádiz), por una ayuda de 25.000 euros que le concedió la Junta de Andalucía en 2009. Se trata de una más de las múltiples piezas separadas de la macrocausa de los ERE y, al igual que ha ocurrido en algunas muy recientes, salvo sorpresa se va a resolver con un acuerdo entre la Fiscalía Anticorrupción y el único encausado que se traducirá en una reducción de la pena inicialmente pedida por la acusación pública, que es de cuatro años y medio por un delito de prevaricación y otro de malversación supuestamente cometidos en calidad no de autor sino de cooperador necesario.

En esta pieza separada también fueron procesados el consejero de Empleo Antonio Fernández, el viceconsejero Agustín Barberá y el director general de Trabajo Juan Márquez, pero ninguno se sentará en el banquillo. Todos fueron excluidos en aplicación del principio non bis in ídem, que prohíbe juzgar dos veces a una persona por los mismos hechos. Así lo estableció la Audiencia y así se procede con todos los ex altos cargos que fueron enjuiciados en la pieza política.

Según relata Anticorrupción en su escrito de calificación provisional, Carpintería Pérez&Fuentes se constituyó en 2006 y se dedicaba a la fabricación de estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción. Su socio único, "sabedor" de que la Dirección General de Trabajo "podía otorgarles fondos públicos para obtener liquidez inmediata al margen de los procedimientos legalmente establecidos", consiguió que Márquez "beneficiara a su empresa" con 25.000 euros. Esa gestión fue canalizada a través del secretario general de la Unión Local de CCOO en Jerez, quien "de forma habitual, debido a su relación con el entonces consejero, favorecía el contacto para la concesión de este tipo de ayudas en la zona".

En la memoria justificativa figuraba que la ayuda podía catalogarse como "excepcional" porque "la empresa permanecerá viable tras el apoyo a sus trabajadores". En la plantilla había 29 empleados. "Sin embargo, de la citada memoria no se desprende el motivo por el que la concesión de la subvención no se instrumentó a través de la normativa reguladora a la que pudiera acogerse", argumenta Anticorrupción.

El 7 de agosto de 2009, Márquez firmó la resolución de concesión de la ayuda sociolaboral con cargo a la famosa partida presupuestaria 31-L. El montante total se ingresó en la cuenta de la empresa en dos pagos, uno de 18.750 euros el 11 de agosto y otro de 6.250 el 22 de diciembre.

Ya en 2012, el consejero acordó iniciar la revisión de oficio de esta ayuda, que en febrero de 2014 fue declarada nula por el secretario general de Empleo. En su resolución se instaba a Carpintería Pérez&Fuentes a reintegrar los 25.000 euros.

"No consta en el expediente la existencia de ningún análisis económico realizado por la Junta que ponga de manifiesto si estas ayudas, en sí mismas, eran procedentes", expone la Fiscalía, que resalta la "ausencia de capacidad económica" de la mercantil "para hacer frente a las obligaciones asumidas" por la Administración, que por su parte "prescindió total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido".

Anticorrupción, como es habitual en sus escritos de los ERE, también recalca que la Dirección General de Trabajo "carecía de competencia" para conceder ese dinero, que además no fue fiscalizado previamente por los interventores públicos. Y además "no se aplicaron los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad y no se acreditó el carácter excepcional" de la ayuda.

Además de la pena de prisión, el Ministerio Público pide inicialmente ocho años de inhabilitación absoluta para el acusado y que restituya a la Junta los 25.000 euros.

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