La defensa de Ángel Rodríguez de la Borbolla recuerda que la Junta de Andalucía decidió "no aplicar la ley de subvenciones a estas ayudas"

Tercer juicio de los ERE/ Empresas del corcho

Las defensas de Ángel Rodríguez de la Borbolla, Sotero Martín y Rogelio Becerra, acusados como cooperadores necesarios, aluden a la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla al no haber sido condenados los "actores principales"

El galimatías jurídicos de los ERE

Una imagen del tercer juicio de los ERE, que se celebra en la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla.
Una imagen del tercer juicio de los ERE, que se celebra en la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla. / José Ángel García

El letrado de Ángel Rodríguez de la Borbolla ha solicitado la absolución de su defendido por los delitos de malversación y prevaricación por los ocho millones de euros de ayuda concendida a varias empresas de corcho de la Sierra Norte de Sevilla. De forma alternativa, pide una pena de un año, un mes y quince días, en el caso de que el tribunal considere culpable al ex alcalde de Cazalla de la Sierra.

Tanto la defensa de Rodríguez del Borbolla, como el letrado de Sotero Martín y Rogelio Becerra recordaron que los hechos que se les imputan a sus defendidos "provienen de la Administración que ejerce la acusación, en este caso la Junta de Andalucía". En este sentido, Adolfo Cuéllar, letrado del ex alcalde de Cazalla, recordó que "ni la Administración, ni la agencia Idea, ni bancos o entidades financiera" señalaron ningún atisbo de ilegalidad en el procedimiento. "Plantear que la Administración Pública va a exigir unas condiciones ilegales es inconcebible. Precisamente la experiencia de Rodríguez de la Borbolla le hace conocedor de que es imposible que un organismo público dicte resoluciones ilegales porque conoce todos los filtros de control existentes", añadió.

En este sentido, recordó que en las declaraciones realizadas entonces por el ex director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, fallecido en octubre de 2020, reconoce que la ley de subvenciones no se aplicó para estas ayudas "por decisión de la Junta de Andalucía". Por tanto, continuó el letrado, "la Junta decidió no adoptar los planes de control necesarios para este tipo de ayudas". En su informe, Cuéllar insiste en que se cumplieron los fines para los que se recibieron los ocho millones de euros: "salvar a empresas en crisis".

El letrado recordó acerca de la falta de altos cargos en el juicio y el hecho de que los delitos imputados a los acusados hayan sido como cooperadores necesarios, que el Supremo expuso que era "imposible enjuiciar a un partícipe si no se enjuicia al autor del delito". En este punto hizo referencia a la sentencia de la Sección Tercera que condenó a Juan Márquez y Antonio Fernández a cuatro y siete años de cárcel respectivamente por las ayudas a Acyco. Según el abogado, la solución es la absolución de los acusados.

Un argumento similar es el de la defensa de Sotero Martín y Rogelio Becerra quien, además recuerda que la relación del actual alcalde de Cazalla con la empresa de corcho fue como trabajador. Respecto a Rogelio Becerra señaló que participó en el Consejo de Administración como representante de Corcho de Cazalla y no como miembro del Consejo. Asimismo, indicó que ninguno de sus defendidos reconoce su firma en la documentación exhibida durante su declaración en la vista oral.

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