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Alaya ordena imputar al notario que intervino en las operaciones relacionadas con la ayuda de Serrano

Fraude de subvenciones

Acuerda asimismo que el arquitecto municipal de Niebla elabore un informe pericial sobre el estado de construcción de la nave donde se iban a fabricar los pellets

Rechaza que se impute por alzamiento de bienes al ex líder de Vox, a su mujer y a su hija, con independencia de que esta investigación pueda solicitarse en otro proceso distinto

La Fiscalía ya había apreciado la posibilidad de un delito de falsedad documental en la actuación del notario

Francisco Serrano, en el Parlamento andaluz. / Raúl Caro / Efe

La Audiencia de Sevilla, en un auto cuya ponencia ha correspondido a la juez Mercedes Alaya, ha ordenado al juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla que tome declaración como investigado por presunta falsedad en documento público al notario A. S. F., que intervino en las operaciones relacionadas con la petición de una ayuda de 2,5 millones al ex líder de Vox Francisco Serrano para la construcción de una fábrica de pellets en Niebla.

La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha estimado parcialmente un recurso presentado por la acusación popular que ejerce el secretario general de Facua Rubén Sánchez, representado por el abogado Francisco Tejado, y ha ordenado que se tome declaración como investigado al notario A. S. F., así como que se elabore un informe pericial por el arquitecto municipal de la localidad de Niebla sobre el estado de construcción de la nave donde se iban a fabricar los pellets de la sociedad Bio Wood Niebla.

Asimismo, Alaya ha ordenado que se libre oficio a la Agencia Tributaria para que informe sobre el estado del procedimiento de apremio relativo al reintegro del préstamo concedido por el Ministerio de Industria y si en su caso "resulta necesaria la adopción de alguna medida cautelar por el riesgo de demora del presente procedimiento".

Sobre la imputación del notario A. S. F., el auto de la Audiencia señala que en la escritura de constitución de sociedad Bio Wood Nieblade 30 de marzo de 2016"pudo faltar a la verdad en la narración de los hechos al afirmar que de la aportación no dineraria realizada por la entidad Serrano Abogados de Familia, S.L.P. consistente en un secadero rotativo valorado en 742.800 euros se aportaba factura unida a esta matriz, cuando lo cierto es que no se trataba de una factura, sino de un mero presupuesto o vulgarmente llamado factura proforma".

Dice la Audiencia que esa factura proforma "carece de validez legal y tampoco estaba unida a la escritura matriz,siendo así que según la documentación relativa a la concesión del préstamo dicha mención en la escritura tuvo decisiva importancia para la tramitación y posterior otorgamiento del préstamo al reflejar a la sociedad con solvencia suficiente para realizar el proyecto (fabricación de pellets) de la que carecía".

En cuanto a la pericial del arquitecto municipal de Niebla, la Sala considera que su práctica es "importante a los efectos de la ejecución del proyecto", para "valorar en qué fase de replanteo o construcción en su caso se encontraba la nave donde se iban a a fabricar los pellets por parte de la sociedad de los investigados Bio Wood Niebla, para cuya construcción iba destinada una parte del préstamo concedido·.

Rechaza ampliar la causa por alzamiento de bienes

De otro lado, la Audiencia ha rechazado la práctica del resto de diligencias solicitadas por esta acusación popular, entre ellas la declaración como investigados de Serrado de su esposa y su hija por un delito de insolvencia punible. Así, el auto explica que no considera que que "exista base suficiente para ampliar la investigación en el presente procedimiento por un presunto delito de insolvencia punible, que no es delito conexo de conformidad con el artículo 17.2 de la lecrim, sin perjuicio de que pueda iniciarse procedimiento por esta causa,si se llegara a perfilar la investigación, en otras actuaciones diferentes, donde podrán recabarse, a través de la Policía, la documentación relativa al régimen económico matrimonial del investigado con su esposa y sobre la compraventa del referido vehículo", en alusión a la transmisión de un turismo Mercedes a su hija.

La Audiencia también ha considerado que no es necesario practicar un careo entre los tres investigados, Serrano y sus dos ex socios, dada la "escasa eficacia de este tipo de diligencias en el esclarecimiento de los hechos, según nos demuestra reiteradamente la práctica forense".

La acusación popular también había solicitado que se indagara si las facturas proforma pudieron ser utilizadas para solicitar otras ayudas, pero la Audiencia considera que esta prueba "resulta claramente prospectiva", en alusión a "la investigación sobre si la documentación relativa a las facturas proforma del secadero y granuladoras, pudo servir para la obtención de otro tipo de ayudas, con independencia del trasiego de aumentos y reducciones de capital que a cuenta de las mismas los investigados realizaban en sus sociedades Bio Wood Andalucía y Bio Wood Niebla, sin perjuicio de lo cual resulta claro que si hubiesen obtenido alguna ayuda fraudulenta, la Agencia Tributaria tendría conocimiento de la misma al encargarse de la ejecución del procedimiento de reintegro", concluye.

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