Absuelto un cabo de Tablada de un delito de simulación para eximirse del servicio
Tribunal Supremo
El Tribunal Militar Territorial Segundo le condenó el pasado 8 de marzo a cinco meses de prisión por un delito de simulación para eximirse del servicio y a otros cinco meses por el delito de abandono de destino, que sí ha sido confirmado por el Supremo
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha absuelto a un cabo del acuartelamiento de Tablada que fue condenado el pasado 8 de marzo a cinco meses de prisión por un delito de simulación para eximirse del servicio y otros tantos por un delito de abandono de destino, que sí ha sido confirmado por el Supremo.
El cabo no se presentó el 28 de octubre de 2019 y cuando fue requerido por su Unidad para que remitiera la justificación médica, ésta fue enviada el 11 de noviembre, donde había una propuesta inicial de baja el 5 de noviembre por una fascitis plantar, además de "presuntas asistencias" en un centro hospitalario los días 28,29,30 y 31 de octubre y de 4 de noviembre "sin que quedara acreditada grado de afectación de la misma y baja médica por dicha enfermedad".
Según los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar, el 28 de noviembre de 2019 dejó de remitir las renovaciones de baja o alta de las mismas y se presentó en su Unidad el 4 de diciembre de 2019 "sin aportar informe de especialista que justificara la dolencia alegada, siendo requerido para su aportación el 13 de diciembre de 2019, fecha en la que no aporta documentación médica. Citado nuevamente para el 23 de diciembre de 2019, el procesado no se presenta en la Unidad.El 10 de enero de 2020, el procesado se presentó en la Unidad adjuntando bajas de fecha 28 de diciembre de 2019, siendo citado para el 14 de enero de 2020 tampoco acude en esa fecha, presentándose en su Unidad el 5 de febrero de 2020, fecha en la que aporta el informe del especialista, dos bajas de continuidad de fechas anteriores y propuesta de alta médica para el 6 de febrero de 2020".
Ante esta situación el Tribunal Militar Territorial Segundo le condenó a cinco meses de prisión como responsable en concepto de autor de un delito consumado de simulación para eximirse del servicio y de un delito de abandono del destino por el que le condenaron a otros cinco meses de prisión.
Ante esta sentencia, el cabo recurrió y el Supremo ha anulado la condena de cinco meses de prisión impuesta al recurrente por el delito de simulación para eximirse del servicio. Respecto al delito de abandono del destino, el Supremo considera que el acusado, "quebró sus deberes de presencia y disponibilidad respecto de sus mandos y tal conducta excede del mero incumplimiento formal de la disposición reglamentaria que obliga a tramitar debidamente los partes de baja, pues supone, en definitiva, desatender la orden recibida y no someterse al debido control de sus Jefes, en concreto, al preceptivo control médico por las Unidades de los enfermos que tienen concedida la baja para el servicio".
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