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Un segundo informe de los letrados del Congreso incide en las dudas sobre la Constitucionalidad de la ley de amnistía

Las letradas de la Comisión de Justicia aseguran que debería ser articulada a través de un proceso de reforma de la Carta Magna

Los letrados del Congreso permiten la tramitación de la ley de amnistía

Miriam Nogueras, este miércoles a su llegada a una reunión entre PSOE y Junts en el Congreso / Fernando Sánchez / Ep

Un nuevo informe de los letrados del Congreso, pertenecientes a la Comisión de Justicia que debe tramitar la ley de amnistía, muestra dudas de que la proposición de ley tenga cabida en la Constitución y señala que debería ser articulada a través del procedimiento de reforma constitucional.

Según el texto de este informe, presentado a los ponentes de la Comisión de Justicia que ayer admitió a trámite las enmienda parciales registradas por los partidos políticos, la proposición de ley adolece de falta de determinación en el ámbito de su aplicación tanto en cuanto a los delitos amnistiados como en el plazo en el que se cometieron.

En este sentido, los letrados recuerdan que esto no se corresponde con el "carácter excepcional de una extinción de responsabilidad ni con las exigencias de una ley singular, lo que puede afectar al principio constitucional de seguridad jurídica y dificultar la aplicación unívoca de la Ley".

Además, inciden en que la indeterminación de los delitos comprendidos en la amnistía podría lesionar el principio de seguridad jurídica y recuerda que la determinación de supuestos y destinatarios ha de ser especialmente precisa en las leyes singulares.

Los letrados también llaman la atención en el artículo referido a los numerosos actos y acciones enumerados que pueden ser amnistiados y sobre todo avisan sobre los actos que hubieran consistido en la aprobación de leyes, "cuya competencia no corresponde a autoridades o funcionarios públicos sino a órganos parlamentarios".

En cuanto al marco de aplicación de la ley también advierten de que se queda abierto a acciones que para ser amnistiadas no precisan encontrarse "directamente relacionadas con estas consultas" y pueden haber "sido realizadas con posterioridad a su respectiva celebración".

Según los nuevos letrados, aunque el primer informe jurídico que emitió el secretario general del Congreso afirmaba que la iniciativa no entraba en una contradicción palmaria con la Constitución y se admitió a trámite para posibilitar el debate parlamentario, no se debe excluir una eventual inconstitucionalidad.

Incluso ven dudas de que se pueda deducir que la amnistía, como figura jurídica, esté permitida por la Constitución, ya que está abierta al ámbito de decisión del legislador.

El documento, que consta de 13 páginas realiza observaciones a cada uno de los artículos del proposición de ley y a parte de señalar una exposición de motivos extensa ve contradicciones con algún apartado de la iniciativa.

Se refiere al que indica que sólo podrá entenderse amnistiado un acto determinante de responsabilidad cuando así haya sido declarado por resolución firme dictada por el órgano competente y al que declara que los recursos contra las decisiones que se adopten en cumplimiento de la ley no tendrán efectos suspensivos.

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