El pleno del CGPJ decidirá sobre la suspensión de Garzón
El presidente del órgano de gobierno de los jueces acuerda que la cuestión no la dirima la Comisión Permanente. El pleno abordará el asunto el 22 de abril si para entonces ha recibido ya el auto del Supremo.
Madrid/El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Dívar, ha acordado que sea el pleno de este órgano y no la Comisión Permanente el que decida sobre la suspensión cautelar del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, según han informado fuentes del órgano de gobierno de los jueces.
El pleno del Consejo tiene previsto tratar este asunto el próximo 22 de abril si para entonces ya ha recibido el auto del magistrado del Tribunal Supremo (TS) Luciano Varela, en el que anticipa que abrirá juicio oral a Garzón por prevaricación por declararse competente para investigar las desapariciones durante el franquismo.
Las fuentes consultadas ven probable que el presidente de la Sala de lo Penal del TS, Juan Saavedra, remita dicho auto al CGPJ antes de la citada fecha, ya que así lo ha venido haciendo con ocasión de las resoluciones anteriores dictadas por Varela, aún no siendo firmes. En otras ocasiones ha sido la Comisión Permanente la que ha adoptado la citada medida cautelar contra un juez, aunque ésta siempre debe ser ratificada por el pleno (integrado por veinte vocales más el presidente), pero ahora la suspensión de Garzón será valorada en sesión plenaria por "voluntad expresa" de Dívar.
El Consejo está actuando conforme a la legalidad en la tramitación de la suspensión cautelar del juez y "en ningún momento Dívar la está retrasando" ni el expediente ha estado paralizado, han explicado las mismas fuentes, que han añadido que el pleno tendrá que valorar si es necesario que el auto de Varela sea firme para acordar la medida cautelar.
El pleno, no obstante, antes de resolver sobre el fondo de esta cuestión tendrá que pronunciarse sobre la recusación de la vocal Gemma Gallego planteada por Garzón para que no interviniera en la tramitación de su suspensión y la abstención que el vocal José Manuel Gómez Benítez planteó en la sesión plenaria del pasado 24 de marzo. Gómez Benítez ha ejercido como abogado de Garzón, por lo que siempre se abstiene de decidir sobre asuntos relacionados con el juez de la Audiencia Nacional, mientras que Gallego ha rechazado abstenerse al considerar que no tiene una "enemistad manifiesta" hacia el juez.
El pasado 24 de marzo el pleno aceptó por unanimidad las abstenciones planteadas por el vicepresidente del órgano de gobierno de los jueces, Fernando de Rosa, y la vocal Margarita Robles -que se abstuvieron tras conocer que Garzón también les había recusado- "para salvaguardar la apariencia de objetividad". Según establece el artículo 383.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), la suspensión de los jueces y magistrados tendrá lugar, entre otros casos, "cuando se hubiere declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones".
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