¿Qué pasaría si Pedro Sánchez dimite el lunes?
Ante la imposibilidad de disolver las Cortes Generales antes de renunciar, la Constitución prevé un proceso de investidura idéntico al que se produce tras unas elecciones legislativas
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Sevilla/Pedro Sánchez dejó este miércoles la posibilidad abierta a que el próximo lunes 29 de abril renuncie a su cargo de presidente del Gobierno, para el que fue reelegido el pasado noviembre por el Congreso de los Diputados.
¿Qué pasaría si su decisión es que no le merece la pena y dimite el lunes? El 29 de abril habrán pasado 11 meses exactos de la sorpresiva disolución de las Cortes Generales que el propio Sánchez hizo el 29 de mayo de 2023, al día siguiente del varapalo electoral que supuso para él y para el PSOE las elecciones de la víspera, municipales en toda España y autonómicas en todas las comunidades excepto Andalucía, Galicia, País Vasco, Cataluña y Castilla y León (que adelantó las elecciones y su Estatuto no le obligaba a coincidir de nuevo con las municipales).
El dato es muy relevante, porque al no haberse cumplido un año del 30 de mayo, fecha en la que las Cortes quedaron disueltas y se convocaron las elecciones del pasado 23 de julio, la Constitución impide que Sánchez pueda usar de nuevo la prerrogativa y convocar otros comicios legislativos. Así lo prevé el apartado tercero del artículo 115 de la Carta Magna.
Esto supone que si Sánchez, tras sus cuatro días de reflexión, decide que “no merece la pena” y renuncia al cargo ante el Rey, que es quien le nombra tras obtener la confianza del Congreso de los Diputados, se procederá tal y como prevé el artículo 99 de la Constitución, que es el que regula la elección de los presidentes del Gobierno.
Esto es, el Gobierno queda en funciones hasta que se elija otro presidente siguiendo el procedimiento constitucional.El Rey convocará una ronda de consultas a los grupos parlamentarios y propondrá un nuevo candidato a presidir el Ejecutivo. El candidato tendrá que someterse a un debate de investidura y solicitar la confianza de la Cám ara baja. Necesitaría para ello la mayoría absoluta en la primera votación (176 votos) o la mayoría simple en la segunda votación, que se celebraría 48 horas después de la anterior. Si no es elegido, se abre un plazo de dos meses desde la primera votación en el Congreso. En ese periodo pueden producirse tantas sesiones de investidura como sea posible. Si transcurridos esos dos meses no ha sido elegido un nuevo jefe del Gobierno, el Rey convocará elecciones inmediatamente. De llegarse a ese extremo, los españoles estarían llamados a votar en el mes de septiembre.
La dimisión implicaría que todas las leyes de trámite se paralizarían, pero no la de amnistía, al ser una proposición de ley que el PSOE presentó para conseguir los votos necesarios para que Sánchez fuese investido en noviembre pasado.
¿Y si no dimite?
Si Sánchez opta por no dimitir, tanto él como su Gobierno conservarán todos los poderes y el abanico de posibilidades se abre.
El presidente podría esperar a que el 30 de mayo ya fuese posible disolver las Cortes de nuevo, probablemente con la ley de amnistía en vigor ya, porque el Senado tiene que devolverla, seguramente con su veto, el 16 de mayo. De producirse ese itinerario, las elecciones volverían a ser en julio, como en 2023.
También cabe que el presidente se someta a una moción de confianza, para que el Congreso le revalide como presidente del Gobierno.
El artículo 172 de la Constitución que regula este procedimiento establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados. El debate se desarrolla con el mismo formato que las investiduras.
Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del Rey y un nuevo debate de investidura.
Lógicamente, el PP también tendría abierta la posibilidad de presentar una moción de censura ante la insólita situación creada por el anuncio de un amago de dimisión hecho por el presidente.
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