Cuál es la multa por vender un perro o gato desde ahora
Las multas también se aplican a la compraventa de otros animales, como los hurones, ya que estas tres especies son tipificadas como animales de compañía
Adiós a la venta de mascotas en tiendas: nueva era para el bienestar animal en España
El pasado 29 de marzo de 2023 entró en vigor la Ley de Bienestar Animal (o Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, según su nombre oficial), después de su publicación en el BOE. Muchas de sus medidas comenzaron a aplicarse casi medio año más tarde, el 29 de septiembre, entre ellas la prohibición de venta de ciertos animales a través de tiendas y de personas no autorizadas. Esta última medida, por otra parte, contaba también con otro plazo tras el cuál la aplicación comenzaba a ser efectiva: las tiendas que vendían animales contaban con un total de doce meses tras la entrada en vigor “para finalizar su actividad de venta de estas especies”, según la disposición transitoria cuarta de la ley. Los animales que ya no pueden comercializarse en tiendas son gatos, perros y hurones.
El plazo de un año determinado por la ley se cumplió el domingo 29 de septiembre de 2024, por lo que desde ese momento está prohibida la compraventa de estos animales en tiendas y solo podrán hacerlo a través de criadores que tengan los permisos adecuados para ello y entregando a los animales “en buen estado sanitario y con los tratamientos obligatorios por edad y especie”, según establece el artículo 55. El mismo indica que las ventas también deben informarse al Registro de Animales de Compañía en el plazo de tiempo que existe para ello, de tres días hábiles tras llevarse a cabo.
Además, aquellas personas que quieran comprar un perro, un gato o un hurón deberán hacerlo por ley a través de la persona criadora registrada y no deberán participar intermediarios en el proceso, según lo establecido también en su artículo 55.
¿Cuál es la multa por la compraventa de estos animales?
Con el fin del plazo que da paso a la prohibición total de la venta en tiendas de hurones, perros y gatos en tiendas y de aquellos vendedores que no cuenten con los permisos necesarios para llevar a cabo esta actividad se enfrentarán a multas elevadas, con cuantías que van desde los 50.001 a los 200.000 euros. Este rango de precios de las multas se debe a que “la cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales” son cuestiones consideradas como infracciones muy graves en la Ley de Bienestar Animal según su artículo 75.
Además, no solo es su venta la que se ve afectada, sino que mediante esta ley se prohíbe también la exhibición y exposición al público con fines comerciales de estas tres especies de animales, según el artículo 27 que regula también la prohibición en tiendas.
A nivel legal, el texto establece también ciertos límites en cuanto a las ventas legales, así como las cesiones y las adopciones de estos animales. En primer lugar, no se pueden comprar o vender perros o gatos menores a los dos meses de edad. La edad de estos animales en cuestiones de cesiones o adopciones queda establecida en las ocho semanas en la misma ley. En este último caso, los animales que vayan a ser adoptados deberán estar esterilizados o deberá haber un compromiso de esterilización en caso de que no hayan alcanzado la edad suficiente para someterse a la cirugía para ello.
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