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La minoría del Supremo cree plausible que las tesis de ETA hayan sido derrotadas

Siete magistrados del Alto Tribunal expresan en un voto particular su discrepancia con la decisión de prohibir la inscripción de Sortu.

Efe

01 de abril 2011 - 17:45

Madrid/Siete magistrados del Tribunal Supremo creen "plausible" la hipótesis de que las tesis de ETA hayan sido derrotadas tras un "fuerte debate interno" en la izquierda abertzale (IA) y que la banda no haya tenido más remedio que asumir los "nuevos criterios políticos", incluido el rechazo de la violencia. Así lo asegura el voto particular discrepante con la decisión de la mayoría de la Sala del 61 de prohibir la inscripción de Sortu como partido político, firmado por los magistrados Juan Antonio Xiol Ríos, Gonzalo Moliner Tamborero, José manuel Sieira Míguez, José Luis Calvo Cabello, Alberto Jorge Barreiro, Rafael Gimeno-Bayón Cobos y Manuel Ramón Alarcón Caracuel.

Un "apartamiento" de ETA por parte de la izquierda abertzale y una "sumisión" de la banda a los nuevos criterios políticos, aunque "sin descartar la posible vuelta a las armas ante una nueva coyuntura", es una explicación "más plausible" que la existencia de una estrategia impuesta por la organización terrorista al conjunto de la IA que sostiene la mayoría de la sala, dicen los magistrados. Así, la minoría asegura que cabe pensar que el nacimiento de Sortu es la consecuencia de "un intenso debate sobre el abandono de la violencia en el seno de la izquierda abertzale, en contra de los propósitos de ETA", cuya ponencia -llamada Mugarri y que apostaba por continuar con el terrorismo- "no se discutió porque los dirigentes de Batasuna se negaron a ello".

En su lugar, se sometió a debate -"pero no por voluntad de la banda terrorista"- la ponencia Clarificando la fase política y la estrategia, en la que no se hablaba de la violencia y que fue seguida poco después por el documento de Alsasua, que ya contiene "un rechazo explícito de la misma". El resultado final del debate se plasmó en un documento llamado Zutik Euskal Herria, en el que "se califican de 'únicos' los procedimientos políticos como instrumentos de acción de la izquierda abertzale".

El voto particular añade que no ha quedado probado que el rechazo de la violencia tenga "un mero valor instrumental o aparente", como dice la mayoría, que basa su conclusión en un documento de la banda llamado "Criterios para el discurso y la postura que debe adoptar Batasuna ante las acciones de ETA" en el que se ordenaba a la izquierda abertzale que no condenara los atentados terroristas. Los magistrados discrepantes recuerdan, sin embargo, que la mayoría también otorga un valor fundamental a otro documento intervenido a ETA -llamado Proceso Democrático- en el que se propone que la coalición en la que debe integrarse la izquierda abertzale condene esos atentados.

Para la minoría, la conclusión de la mayoría a partir de esos dos documentos "contraviene las reglas de la lógica", ya que si la izquierda abertzale condena la violencia se dice que lo hace siguiendo instrucciones de ETA, cuando "este argumento sería igualmente válido invirtiendo su sentido: si no existieran manifestaciones de rechazo (...) sería por imposición de la banda". Los siete discrepantes combaten también la afirmación de la sala de que los comunicados hechos públicos por ETA en los últimos meses -a favor de los documentos de Alsasua y Zutik Euskal Herria y anunciando un alto el fuego- no suponen más que la aprobación de la banda de la "línea política" impuesta por ella misma al conjunto de la izquierda abertzale.

"Resulta más plausible otra explicación (que tampoco puede considerarse probada), en el sentido de que la presión hacia el abandono de la violencia pudo generar en la banda terrorista un temor a la pérdida de influencia que quiso ser contrarrestada mediante comunicados de adhesión o aceptación", dicen. De hecho, los firmantes del voto particular creen que el alto el fuego anunciado por la banda "obedeció a una presión sobre la organización terrorista" y subrayan que "no fue proclamado en los mismos términos que en ocasiones anteriores, pues, en contra de lo que aquella parecía dispuesta a aceptar, se estableció que tendría carácter verificable", aunque sin entrega de las armas.

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