El juez rechaza que Pedro Sánchez declare por escrito sobre el caso Begoña Gómez y mantiene la citación en La Moncloa

"Ha de mantenerse la toma de la declaración en los mismo términos y condiciones en que fue acordada por la providencia de fecha 19 de julio del presente año", zanja el juez.

Se desplazará a la residencia del presidente del Gobierno el martes 30 de julio para interrogarlo.

La petición de Begoña Gómez de archivar su causa se estudiará el 30 de septiembre

Pedro Sánchez con su mujer Begoña Gómez
Pedro Sánchez con su mujer Begoña Gómez / EFE

El juez Carlos del Valle -en sustitución del juez Juan Carlos Peinado- ha rechazado que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, declare como testigo por escrito en la investigación que se dirige contra su esposa, Begoña Gómez, por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, según consta en una providencia dictada este mismo viernes.

"Ha de mantenerse la toma de la declaración en los mismo términos y condiciones en que fue acordada por la providencia de fecha 19 de julio del presente año", ha zanjado el juez.

Así las cosas, se mantiene que el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid se trasladará a La Moncloa el martes 30 de julio para tomar declaración al jefe del Ejecutivo toda vez que, como ya apuntó en su citación, considera que su comparecencia no se enmarca en hechos de los que tendría conocimiento "por su razón de cargo".

Le responde así a la carta que envió Sánchez al juzgado esta misma semana alegando que tenía derecho a declarar por escrito. Se amparó en el punto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) que diferencia entre la declaración de un presidente por hechos de los que tenga conocimiento por "razón de su cargo" o por hechos ajenos a su ejercicio como mandatario. En el primer caso, la norma da la posibilidad de declarar por escrito; en el segundo, no.

En este sentido, Sánchez insistió en que para "garantizar el estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico", y dadas las cuestiones que se investigan en la causa, su declaración debía producirse "conforme a lo establecido en el artículo 412.2 de la LeCrim"; es decir, por escrito.

Eventual declaración adicional por escrito

En la providencia de este viernes, el juez Del Valle indica que es "obvio" que el juez Peinado "ha tenido en consideración el carácter en el que debe ser prestada la declaración del testigo" e insiste en que se mantiene la decisión de ir de forma presencial a La Moncloa a interrogarle.

"Lo anterior no obsta a que, si el testigo cree que puede colaborar eficazmente con la Administración de Justicia, tal y como manifiesta en su escrito, participando al instructor hechos relevantes de los que ha tenido conocimiento por razón de su cargo, lo ponga de relieve en dicha declaración a fin de que se realice una nueva concerniente a esos hechos y esta vez por escrito", añade.

Cabe recordar que la defensa de Begoña Gómez recurrió la decisión del juez de citar a Sánchez como testigo. De momento, no ha trascendido respuesta alguna del juzgado. 

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