La juez que liberó con cargos a 34 detenidos del 25-S ve delito contra el Estado
La magistrada, en contra del criterio de la Audiencia Nacional, aprecia que hubo "atentado, resistencia y delito contra las instituciones del Estado". La Fiscalía de Madrid apoya que algunos detenidos pasen a la Audiencia Nacional.
La juez de guardia de Madrid que puso la noche del jueves en libertad con cargos a 34 de los detenidos el pasado martes en los incidentes del 25-S ha apreciado la posible comisión de delito contra las instituciones del Estado, en contra del criterio expresado poco antes por un juez de la Audiencia Nacional. Fuentes jurídicas han explicado que en el auto de puesta de libertad, la titular del juzgado de instrucción número 8 de Madrid, en funciones de guardia de detenidos, ve en los hechos ocurridos el martes en la protesta Rodea el Congreso la posible comisión de delitos de "atentado, resistencia y delito contra las instituciones del Estado". Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) informó de que los 34 detenidos que habían quedado en libertad se enfrentaban únicamente a la imputación de la posible comisión de atentado y desórdenes públicos, "según el caso".
Además, según un comunicado del TSJM, la magistrada acordó la prisión provisional, eludible bajo fianza de 1.000 euros, de un detenido más en relación con estos hechos y sobre el cual recae una imputación de la supuesta comisión de dos delitos de atentados y de desórdenes públicos. El imputado menor de edad está a cargo de la Fiscalía de Menores, según está regulado en la Ley de Responsabilidad Penal de Menor, ha explicado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El traslado de los arrestados a los juzgados de la plaza de Castilla se produjo finalmente en la tarde del jueves en cumplimiento de la providencia dictada poco antes por el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz y después de que el Ministerio Fiscal no presentara ninguna acusación. El magistrado de la Audiencia Nacional había informado a la Policía Nacional de que los delitos que imputan a los detenidos no son competencia de este tribunal, por lo que le instó a que actuase "en consecuencia".
En la providencia dirigida al comisario jefe de la Brigada Provincial de Información, Pedraz se dio por enterado de la detención de las 35 personas, a quienes se acusa de delitos de atentado, lesiones, resistencia a la autoridad y desobediencia y desórdenes públicos, "ninguno de ellos competencia de la Audiencia Nacional". Por ello el magistrado, que se encuentra de guardia esta semana, concluía que "la unidad policial deberá actuar en consecuencia respecto de los mismos" (delitos). La decisión de Pedraz se produjo después de que el miércoles fuentes de Interior informaran de que a los 35 arrestados se les imputaría un delito tipificado en el artículo 494 del Código Penal, que se refiere a la promoción de manifestaciones ante la sede de organismos legislativos.
La Fiscalía de Madrid apoya que algunos detenidos el 25-S pasen a la Audiencia Nacional
La Fiscalía de Madrid ve más que probable que alguno de los detenidos el 25-S haya incurrido en un delito contra las instituciones del Estado y apoya la tesis de que la causa sea asumida por la Audiencia Nacional. Así lo han informado fuentes jurídicas después de que la juez de guardia haya apreciado la posible comisión de un delito contra las instituciones del Estado, en contra del criterio expresado horas antes por un juez de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz.
A partir del lunes la titular del juzgado de instrucción número 8 de Madrid decidirá cómo continúa la tramitación de la causa. La juez de guardia tiene tres opciones: asumir ella misma las diligencias previas ya abiertas, inhibirse en el caso de que considere que los delitos son competencia de la Audiencia Nacional o remitir a decanato la causa para que proceda a su reparto al juzgado al que por turno corresponda.
Por otra parte, fuentes del TSJM han lamentado la "incorrección" de la nota emitida la noche del jueves, en la que informó de que los 33 detenidos que habían quedado en libertad se enfrentaban únicamente a la imputación de la posible comisión de atentado y desórdenes públicos, "según el caso". Un error que ha atribuido a un malentendido en la comunicación con el juzgado.
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