El TS absuelve al ex jefe del 'comando Vizcaya' por el intento de atentado en Getxo

Los magistrados han concluido que "no está ratificado ni corroborado" que el acusado transportase en 2008 el barril de cerveza hallado con los explosivos.

El TS absuelve al ex jefe del 'comando Vizcaya' por el intento de atentado en Getxo
El TS absuelve al ex jefe del 'comando Vizcaya' por el intento de atentado en Getxo
EFE

13 de julio 2012 - 13:07

El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto al ex jefe del comando Vizcaya de ETA Arkaitz Goikoetxea y al miembro de este grupo Aitor Cotano por intentar atentar contra el club marítimo de Getxo en 2008, hechos por los que la Audiencia Nacional les había impuesto ocho años de cárcel. La sentencia de la Sala de lo Penal del Supremo absuelve a ambos acusados del delito de estragos terroristas en grado de tentativa, aunque había sido solo Cotano el que había recurrido en casación ante el Supremo.

Los magistrados del alto tribunal han explicado que la sentencia de la Audiencia Nacional de noviembre de 2011 da valor a las declaraciones prestadas por Cotano ante la Guardia Civil pero no explica cómo el tribunal ha llegado a la conclusión de que él transportó un barril de cerveza con explosivos al lugar en que fue encontrado cuando no consta que lo declarara ante los agentes. Esa información, según el TS, no está ratificada en presencia judicial ni corroborada, y los acusados se retractaron en ulteriores declaraciones.

Los magistrados del alto tribunal recuerdan en su escrito, del que ha sido ponente el magistrado Francisco Monterde, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) que dice que las declaraciones prestadas en fase sumarial son prueba de cargo si se dan unos requisitos pero no ocurre en este caso. La sentencia recurrida no mencionó "otras pruebas de cargo válidas e independientes" y, según el TS, la prueba es "inadmisible e inhábil" de acuerdo con la doctrina del TC. Además, esa declaración autoinculpatoria en sede policial fue "la única" tomada en cuenta por la resolución y era "esencial" para la conclusión incriminatoria, por lo que el TS considera que se ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia de Cotano y, subsidiariamente, de Goikoetxea.

La sentencia desestima por contra el recurso planteado también por Aitor Cotano sobre que había sufrido malos tratos y torturas por parte de la Guardia Civil para obtener información para construir su imputación. La sentencia de la Audiencia Nacional, que absolvió a otro procesado por los supuestos hechos, Iñigo Gutiérrez, relataba que los tres formaban en 2008 un comando -denominado sucesivamente Askatasun Haizea, Txikitze y Hegoa-, que disponía de armas y explosivos que otros miembros de ETA les hacía llegar desde Francia y que almacenaban y ocultaban para utilizarlos en atentados.

El 31 de enero de 2008, unos vecinos de Getxo encontraron un barril de cerveza, de 50 litros de capacidad, en el que se halló una carga de 30 kilos de amonal, y que se encontraba montado a falta del detonador y del sistema de iniciación. El artefacto, "de gran potencial destructivo", había sido confeccionado, según la Audiencia Nacional, por Goikoetxea, Cotano y otro individuo no enjuiciado con parte del material trasladado desde Francia en un piso alquilado en la localidad de Ezcaray y "con la finalidad de ser transportado por ellos dos días después a las inmediaciones del Real Club Marítimo de Getxo". El atentado se vio truncado al ser hallado el bidón de cerveza.

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