El TC rechaza restituir cautelarmente el escaño al exdiputado catalán Juvillà
Argumenta que se pide la suspensión de un acto ya ejecutado y haberse agotado sus efectos
Madrid/El Tribunal Constitucional ha rechazado restituir de forma cautelar el escaño que la secretaría general del Parlament catalán retiró al exdiputado de la CUP Pau Juvillà, condenado a inhabilitación por no retirar unos lazos amarillos de la fachada del Ayuntamiento de Lleida en período electoral.
La sala segunda del tribunal de garantías ha dictado un auto, al que ha tenido acceso Efe, en el que deniega la suspensión cautelar del acuerdo que derivó en la retirada del escaño al exdiputado, mientras resuelve sobre su recurso de amparo.
El tribunal aclara que la privación de la condición de diputado autonómico de Juvillà deriva de una decisión de la Junta Electoral Central que actualmente está examinando la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Por tanto, "la sola suspensión del acuerdo" de la secretaría general del Parlament no permitiría devolverle el escaño, dado que dicho acuerdo, tal y como señaló la Fiscalía, se limitó a materializar lo que ordenó la Junta Electoral Central el pasado mes de enero.
Con todo, dice el TC, la pretensión de Juvillà se refiere "a un acto que ya ha sido ejecutado. Por tanto, es una decisión de un órgano parlamentario respecto de la que no cabe acordar su suspensión, al haber sido ya ejecutada plenamente y haberse agotado sus efectos".
Juvillà fue cesado como diputado por orden de la Junta Electoral después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña le condenase a seis meses de inhabilitación por desobediencia por haberse negado a retirar unos lazos amarillos de la fachada del Ayuntamiento de Lleida en período electoral. La sentencia aún no es firme.
El exdiputado autonómico recurrió ante el TC contra la retirada del acta de parlamentario e hizo lo mismo ante el Tribunal Supremo en relación al acuerdo de la Junta Electoral.
En el marco de este recurso, también solicitó la suspensión cautelar de esta resolución, si bien el Supremo lo rechazó.
Juvillà sostiene que su cese se produjo "sin el dictado de una resolución parlamentaria motivada", de forma que no pudo "tener tutela jurisdiccional previa" y vio sus derechos fundamentales afectados.
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