El Supremo pregunta a la Fiscalía si debe investigar a Puigdemont por terrorismo

Una investigada en 'Tsunami' recurre la personación de un policía que sufrió lesiones en los disturbios

El PP denuncia en la Eurocámara el “señalamiento” a García Castellón

El ex 'president' de la Generalitat y eurodiputado de Junts, Carles Puigdemont.
El ex 'president' de la Generalitat y eurodiputado de Junts, Carles Puigdemont. / EP

Madrid/El Tribunal Supremo ha dado traslado a la Fiscalía para que informe sobre si debe asumir la investigación por un delito de terrorismo en la causa de Tsunami Democràtic al expresidente de la Generalitat y eurodiputado Carles Puigdemont, a la dirigente de ERC Marta Rovira y a otras diez personas.

En concreto, la Sala de lo Penal ha dictado una providencia para que el Ministerio Fiscal valore sobre competencia y contenido de la exposición razonada remitida por el juez Manuel García Castellón, titular del juzgado de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, al tiempo que designa como ponente al magistrado Juan Ramón Berdugo que deberá proponer a la Sala si procede o no su admisión.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ya recurrió el auto en el que el juez dirigía la investigación por terrorismo contra Puigdemont y el resto.

El juez García-Castellón elevó al Supremo esa exposición razonada hace dos meses, el 21 de noviembre de 2023, pero el Supremo no ha dado traslado al ministerio público hasta este momento.

La pasada semana, el propio juez rechazó un recurso de la Fiscalía y se reafirmó en la tesis de que el Supremo debe investigar a Puigdemont por terrorismo porque las últimas diligencias que ha llevado a cabo en la investigación han afianzado su tesis inicial de que los hechos podrían constituir ese tipo de delitos.

En concreto, la documentación que ha ido solicitando para esclarecer la muerte por un paro cardíaco de un turista francés el 14 de octubre de 2019 en el aeropuerto de El Prat, sede de algunos de los disturbios que se investigan.

En ese escrito, el juez insistió en "la gravedad de los delitos que, en este momento, se vislumbran", la "clara afectación" que tuvieron los "intereses generales", las "estructuras económicas esenciales del Estado" y los daños y lesiones que se causaron en las protestas.

Y se quejó de tener que "insistir" ante la Fiscalía "sobre la contundencia, cantidad y nitidez de los indicios que permiten sostener la calificación inicial por delito de terrorismo".

Ese escrito despertó las críticas del Gobierno, dos de cuyos ministros (Teresa Ribera y Óscar Puente) arremetieron contra la presunta implicación política de las decisiones del magistrado, antes de que desde Moncloa se les rectificara y se reconociera la independencia judicial y la separación de poderes.

Recurso por la personación de un policía

Por otro lado, Marta Molina, una de la investigadas en la causa abierta en la Audiencia Nacional para investigar los disturbios supuestamente orquestados por 'Tsunami Democrátic' en el otoño de 2019 en respuesta a la sentencia del procés, ha solicitado al juez instructor que rechace la personación de uno de los agentes de la Policía Nacional herido en los disturbios y que consta como perjudicado.

En un escrito al que ha tenido acceso Europa Press, la representación legal de la imputada recuerda que ese agente, Iván Álvarez, interpuso denuncia en un juzgado de instrucción de Barcelona para posteriormente renunciar a la vía penal y optar por el procedimiento contencioso-administrativo.

"Habiendo renunciado el agente al ejercicio de acciones penales y habiendo ejercitado ya las civiles en otra jurisdicción no procede admitir su personación en el presente procedimiento en calidad de acusación particular", recoge el escrito presentado contra la providencia del juez Manuel García Castellón que el 21 de noviembre de 2023 aceptó la personación del agente.

A esa primera alegación, la defensa de Molina suma una segunda, y es que sostiene que las resoluciones judiciales e informes policiales "ponen de manifiesto que no existe indicio alguno de las lesiones que manifiesta el agente" y que se puedan atribuir a los investigados "ni en general a Tsunami Democràtic".

En este sentido, menciona un auto del juez de 28 de abril de 2021 y resalta que en él se hace un repaso de las acciones achacadas a esa plataforma y en el mismo no se recoge nada relacionado con hechos acaecidos el 18 de octubre de 2019.

A esto suma que el informe de la Guardia Civil que recoge las acciones achacadas a 'Tsunami', y que es de 28 de abril de 2023, habla de la convocatoria de huelga de octubre de 2019 en Cataluña y no explicita quién la convoca, indicando que la plataforma hizo un llamamiento para sumarse. "Resulta inverosímil desde el punto de vista de la imputación objetiva que pueda atribuirse a ninguno de los investigados una participación en los altercados (...) y menos aun en las lesiones que pretende reclamar el agente", apunta.

Además, recuerda que el auto del juez de noviembre de 2023 por el que acordaba recabar información sobre un agente herido en los altercados del 18 de octubre de 2019 ha sido recurrido en apelación por lo que a día de hoy "no existe indicio alguno" que vincule los hechos a los investigados.

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