La aldaba
Carlos Navarro Antolín
La lección de Manu Sánchez
Ley de Memoria Democrática
La hermandad de la Macarena, tal como anunció, ha cumplido con la Ley de Memoria Democrática, en vigor desde el pasado 19 de octubre. Los restos mortales de los generales Gonzalo Queipo de Llano y Francisco Bohórquez fueron exhumados durante la madrugada de este jueves de manera discreta, sin avisar a nadie, salvo a la familia de los militares, para evitar cualquier espectáculo mediático o altercado. En menos de cinco horas y media se puso fin a años de polémica y debate sobre la exhumación de los restos de los dos generales, cuestión que se ha dilatado en el tiempo hasta que la ley lo ha permitido.
Ahora se abre un nuevo debate: ¿qué pasa con los restos de José Antonio Primo de Rivera y otros falangistas, golpistas o franquistas enterrados en lugares preeminentes de acceso público? ¿La ley de Memoria Democrática obliga a su exhumación?
Según el artículo 38.3 del citado texto legal, "Los restos mortales de dirigentes del golpe militar de 1936 no podrán ser ni permanecer inhumados en un lugar preeminente de acceso público, distinto a un cementerio, que pueda favorecer la realización de actos públicos de exaltación, enaltecimiento o conmemoración de las violaciones de derechos humanos cometidas durante la Guerra o la Dictadura".
Las lápidas de Bohórquez, Queipo y su mujer eran accesibles para todos en la Basílica de la Macarena y se encontraban en un lugar destacado dentro del templo, de ahí que la Secretaría de Estado de Memoria Democrática exigiera, a través de una carta a la Hermandad de la Macarena, que se cumpliera con la ley. Sin embargo, los casos de José Antonio Primo de Rivera y de otros franquistas como los militares Jaime Milans del Bosch y Ussía y José Moscardó son distintos y podrían eludir la ley.
El fundador de la Falange Española, José Antonio Primo de Rivera, está enterrado desde 1959 en el Valle de los Caídos. Fue el propio Franco quien ordenó trasladar sus restos a este lugar. Inicialmente, el cuerpo fue enterrado en una fosa del cementerio alicantino de Nuestra Señora del Remedio en 1936. Después, en 1939, sus restos se trasladaron a pie desde Alicante por un cortejo de falangistas al monasterio de San Lorenzo de El Escorial, en Madrid. Y, en 1959, por orden del dictador, los restos fueron exhumados y depositados en un sepulcro habilitado a los pies del altar mayor de la cripta del Valle de los Caídos, donde han permanecido desde entonces.
El artículo 54.4 de la nueva ley obliga a reubicar cualquier resto mortal que ocupe un "lugar preeminente" en el Valle de los Caídos, renombrado ahora como Valle de Cuelgamuros. Es por ello que, cumpliendo con este punto, los restos de José Antonio deben ser trasladados a un lugar menos destacado de Cuelgamuros con el resto de civiles que están enterrados en el lugar. La ley no obliga a trasladar los restos a otro lugar porque a Primo de Rivera, fusilado el 20 de noviembre de 1936, se le considera una víctima de la guerra, pero sí que éste descanse en un lugar menos destacado.
Por otro lado, tras la publicación en el BOE de la Ley de Memoria Democrática, el templo ha pasado a ser un lugar de enterramiento civil, dejando de ser considerado sagrado. Por este motivo, los descendientes de Primo de Rivera han solicitado inhumar los restos de José Antonio Primo de Rivera en un cementerio católico, tal y como dejó escrito el político en su testamento.
Según un comunicado de los descendientes del fundador de la Falange Española, "el proceso de exhumación debe permanecer y permanecerá dentro de la estricta intimidad familiar, sin que pueda convertirse en una exhibición pública propensa a confrontaciones de ninguna clase entre españoles".
La familia señala que se considera "obligada" a cumplir "la voluntad" de Primo de Rivera y "llevar a cabo la exhumación y correspondiente inhumación de sus restos mortales en un cementerio sagrado de acuerdo con el rito católico", pero no especifica en qué camposanto será enterrado ni cuándo.
Las asociaciones de memoria histórica también llevan años pidiendo la exhumación del general José Moscardó y el teniente coronel Jaime Milans del Bosch, ambos enterrados en la cripta del Alcázar de Toledo junto a otros militares y civiles que defendieron el Alcázar durante el asedio que se llevó a cabo del 21 de julio al 27 de septiembre de 1936.
La controversia radica en que el Alcázar de Toledo acoge hoy el Museo del Ejército, dependiente del Ministerio de Defensa. Se trata de un lugar público y los restos descansan en un espacio visible, pero cerrado al público. Sólo los familiares de los difuntos pueden visitar la cripta con autorización previa, es decir, el acceso no es público y, estrictamente, los restos mortales de los militares tampoco se encuentran en un lugar destacado.
Todo depende de quién interprete la ley. El artículo 38.3 de la Ley de Memoria Democrática señala que "los restos mortales de dirigentes del golpe militar de 1936 no podrán ser ni permanecer inhumados en un lugar preeminente de acceso público, distinto a un cementerio". La cripta del Alcázar de Toledo no es accesible para el público del Museo del Ejército, pero éste sí puede pararse a verla desde el exterior, tal como se quejan las asociaciones de memoria histórica. De momento, no hay voluntad política para acabar con esta cuestión.
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