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Ley Trans
El Ministerio de Igualdad lleva este lunes la ley trans al Consejo de Ministros en segunda vuelta con algunas modificaciones técnicas y "sin grandes cambios" con respecto al texto inicial, con lo que reconoce la libre determinación del género y deja de considerar enfermas a las personastrans.
Así, el Gobierno aprobará esta norma en la víspera del Orgullo LGTBI y un año después de que ya diera luz verde al anteproyecto tras unas largas y difíciles negociaciones dentro del Gobierno de coalición.
Fuentes del departamento que dirige Irene Montero han asegurado que el texto que será remitido al Congreso para que comience ya su tramitación parlamentaria no establece "grandes cambios" respecto al anteproyecto; incluye modificaciones de mejora, pero no varían el espíritu de la ley.
El Consejo de Estado aprobó el pasado jueves su informe del anteproyecto que se hará público cuando la ley se envíe a las Cortes; además Igualdad cuenta desde finales de abril con el del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que pidió elevar a 18 años la posibilidad de cambiar de sexo en el Registro sin aval judicial.
El texto de Igualdad establece que el cambio de sexo registral se podrá realizar a partir de los 12 años: entre 12 y 14 años se necesitará aprobación judicial; entre 14 y 16, la asistencia de padres o tutores; y a partir de los 16 no habrá limitación alguna.
El órgano de gobierno de los jueces consideró loable la finalidad de la ley, evitar la discriminación de los colectivos trans y LGTBI, pero alertó de que, si no se precisaba, las mujeres podrían salir perjudicadas en ciertos ámbitos, como el deportivo o las pruebas físicas para acceder a determinadas profesiones.
La ley 'despatologiza' a las personas trans, de forma que la voluntad de la persona será el único requisito para el cambio, acabando así con los informes médicos y la necesidad de tutelas médicas y legales. Además prohíbe las terapias de conversión.
Modifica el Código Civil para que las mujeres lesbianas y bisexuales puedan proceder a la filiación de sus hijos sin necesidad de estar casadas y, entre otras cosas, contempla un régimen de infracciones y sanciones que invierte las reglas relativas a la carga de la prueba cuando se trate de discriminación al colectivo LGTBI.
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